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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (25/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 10

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G32/G35/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 25 de abril de 2004 de Traductores del Perú, ubicada en la Calle Tarata 269, Of.207, Miraflores, de 09.00 h a 19.00 h. 10. La Comisión Evaluadora publicará los resultados finales del proceso de selección (evaluación curricular y elexamen de traducción) en el Diario Oficial El Peruano, a los diez días hábiles de haberse aprobado mediante Acta (21 de junio de 2004). 11. Para ser nombrados Traductores Públicos Juramen- tados, los postulantes que hubiesen obtenido resultados aprobatorios en la evaluación curricular y el examen detraducción deberán aprobar el previsto Curso de Capacita- ción. 12. Los resultados de los exámenes de evaluación cu- rricular y de traducción son inapelables. 13. Previo a la Ceremonia de Juramentación, todo Tra- ductor Público depositará en el Banco de la Nación un Fon-do de Garantía, destinado exclusivamente a cubrir embar- gos por responsabilidad derivada del ejercicio de las fun- ciones de Traductor Público Juramentado; por una sumaequivalente a diez (10) remuneraciones mínimas vitales vigentes. 14. Los postulantes que aprobaren la Evaluación Curri- cular, el Examen de Traducción y el Curso de Capacita- ción, accederán al cargo de Traductores Públicos Juramen- tados de conformidad con los artículos 11º, 12º, 13º, 14º y16º del Decreto Supremo Nº 126-2003-RE de 11 de no- viembre de 2003. 15. La Juramentación de los nuevos Traductores Públi- cos se llevará a cabo en la fecha y hora que fije el Ministe- rio de Relaciones Exteriores. 07884 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO /G4F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G53/G65/G6D/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G22/G54/G72/G61/G62/G61/G6A/G6F/G20/G79 /G45/G6D/G70/G6C/G65/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/G54/G72/G61/G74/G61/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G62/G72/G65/G20/G43/G6F/G6D/G65/G72/G2D/G63/G69/G6F/G22/G2C/G20/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G73/G65/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G73/G65/G64/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G65/G63/G72/G65/G2D/G74/G61/G72/GED/G61/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G64/G61/G64/G20/G41/G6E/G64/G69/G6E/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 103-2004-TR Lima, 22 de abril de 2004 VISTO: El escrito de fecha 14 de abril de 2004, del Pre- sidente de la Sociedad Peruana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27711, se aprueba la nueva Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, estable- ciendo entre sus finalidades, fomentar un sistema demo-crático de relaciones laborales y previsionales dentro del diálogo social, la concertación y el tripartismo, coadyuvan- do con las organizaciones representativas de los sujetossociales involucrados; Que, en mérito a lo expuesto, la Sociedad Peruana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social y la Secreta-ría General de la Comunidad Andina, han estimado conve- niente organizar el Seminario "Trabajo y Empleo en los Tra- tados de Libre Comercio", que se realizará en la sede de laSecretaría General de la Comunidad Andina, del 28 al 30 de abril de 2004; Que, el citado evento tiene por objeto contribuir al aná- lisis y debate público, sobre el Trabajo y Empleo en el Tra- tado de Libre Comercio (TLC), y contará con la participa- ción de profesores, especialistas, representantes de gre-mios empresariales, laborales, Congresistas de la Repú- blica, Ministros de Estado y dos expertos que presentarán la experiencia de la negociación de los Tratados de LibreComercio (TLC) en Chile y México; Que, por el documento de visto y los considerandos expuestos, es necesario emitir el acto administrativo queapruebe dicho evento; Con la visación del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, En uso de las facultades conferidas en el artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; elliteral c) del artículo 4º de la Ley Nº 27711, Ley del Ministe- rio de Trabajo y Promoción del Empleo y el literal d) del artículo 12º de su Reglamento de Organización y Funcio- nes aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Oficializar el Seminario "Trabajo y Empleo en los Tratados de Libre Comercio", organizado por la So- ciedad Peruana de Derecho del Trabajo y de la SeguridadSocial y la Secretaría General de la Comunidad Andina, que se llevará a cabo en la sede de la Secretaría General de la Comunidad Andina, los días 28, 29 y 30 de abril de2004. Artículo 2º.- La realización del citado evento no irroga- rá gastos al Pliego Institucional del Ministerio de Trabajo yPromoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER NEVES MUJICA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 07961 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G4A/G55/G44/G49/G43/G49/G41/G4C CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL /G43/G72/G65/G61/G6E/G20/G6A/G75/G7A/G67/G61/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G7A/G20/G65/G6E/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G6F/G73/G20/G50/G6F/G2D /G62/G6C/G61/G64/G6F/G73/G20/G4D/G65/G6E/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G63/G6F/G70/G61/G6D/G61/G79/G61/G2C/G20/G4A/G6F/G72/G67/G65 /G43/G68/GE1/G76/G65/G7A/G20/G44/G61/G72/G74/G6E/G65/G6C/G6C/G20/G79/G20/G43/G61/G72/G72/G69/G7A/G61/G6C RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 052-2004-CE-PJ Lima, 31 de marzo del 2004VISTOS: El Oficio Nº 154-2002-P-CSJPU/PJ, del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Puno y el Informe Nº 225- 2002-SEP-GP-GG, de la Gerencia General del Poder Ju-dicial; y, CONSIDERANDO:Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Puno remite este Órgano de Gobierno la propuesta de crea-ción de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Menor de Ccopamaya, distrito de Acora, provincia, departamento y Distrito Judicial de Puno, solicitada por el Alcalde y las au-toridades del referido centro poblado; Que, la solicitud de creación se fundamenta en tener población aproximada de 1928 habitantes conjuntamentecon las Comunidades Campesinas de Ccopamaya, Hua- ñuscuro, Huantacachi, Huilasipe, e Isla Iscata, así como en la necesidad de contar con una autoridad judicial, te-niendo en cuenta que el Juzgado de Paz más cercano se encuentra ubicado a 8 kilómetros de distancia, lo que re- presenta para los pobladores media hora de camino, porcuya razón no tienen acceso oportuno y eficaz servicio de administración de justicia; Que, el Informe Nº 225-2002-SEP-GP-GG, de la Ge- rencia General del Poder Judicial, concluye que es factible la creación del Juzgado de Paz en el Centro Poblado Me- nor de Ccopamaya, distrito de Acora, provincia, departa-mento y Distrito Judicial de Puno; Que, por el número de habitantes a los que beneficiaría el Juzgado de Paz, entre los que se presentan conflictosde naturaleza Civil: Transacciones, inspecciones judicia- les, exhortos; Penal: actas de demanda, documentación de parcelas; Familia: Violencia familiar, alimentos, abando-no de hogar; Laboral: jornales de trabajo y Notarial: legali- zaciones; y siendo objetivo principal de este Poder del Es- tado el de administrar justicia en forma rápida y eficaz, re-sulta atendible la petición que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo esta-