Norma Legal Oficial del día 25 de abril del año 2004 (25/04/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 25 de MORDAZA de 2004

de Traductores del Peru, ubicada en la MORDAZA Tarata 269, Of.207, Miraflores, de 09.00 h a 19.00 h. 10. La Comision Evaluadora publicara los resultados finales del MORDAZA de seleccion (evaluacion curricular y el examen de traduccion) en el Diario Oficial El Peruano, a los diez dias habiles de haberse aprobado mediante Acta (21 de junio de 2004). 11. Para ser nombrados Traductores Publicos Juramentados, los postulantes que hubiesen obtenido resultados aprobatorios en la evaluacion curricular y el examen de traduccion deberan aprobar el previsto Curso de Capacitacion. 12. Los resultados de los examenes de evaluacion curricular y de traduccion son inapelables. 13. Previo a la Ceremonia de Juramentacion, todo Traductor Publico depositara en el Banco de la Nacion un Fondo de Garantia, destinado exclusivamente a cubrir embargos por responsabilidad derivada del ejercicio de las funciones de Traductor Publico Juramentado; por una suma equivalente a diez (10) remuneraciones minimas vitales vigentes. 14. Los postulantes que aprobaren la Evaluacion Curricular, el Examen de Traduccion y el Curso de Capacitacion, accederan al cargo de Traductores Publicos Juramentados de conformidad con los articulos 11º, 12º, 13º, 14º y 16º del Decreto Supremo Nº 126-2003-RE de 11 de noviembre de 2003. 15. La Juramentacion de los nuevos Traductores Publicos se llevara a cabo en la fecha y hora que fije el Ministerio de Relaciones Exteriores. 07884

literal c) del articulo 4º de la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo y el literal d) del articulo 12º de su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Oficializar el MORDAZA "Trabajo y Empleo en los Tratados de Libre Comercio", organizado por la Sociedad Peruana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social y la Secretaria General de la Comunidad MORDAZA, que se llevara a cabo en la sede de la Secretaria General de la Comunidad MORDAZA, los dias 28, 29 y 30 de MORDAZA de 2004. Articulo 2º.- La realizacion del citado evento no irrogara gastos al Pliego Institucional del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NEVES MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 07961

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Crean juzgados de paz en Centros Poblados Menores de Ccopamaya, MORDAZA MORDAZA Dartnell y Carrizal
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 052-2004-CE-PJ MORDAZA, 31 de marzo del 2004 VISTOS: El Oficio Nº 154-2002-P-CSJPU/PJ, del Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y el Informe Nº 2252002-SEP-GP-GG, de la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA remite este Organo de Gobierno la propuesta de creacion de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Menor de Ccopamaya, distrito de Acora, provincia, departamento y Distrito Judicial de MORDAZA, solicitada por el MORDAZA y las autoridades del referido centro poblado; Que, la solicitud de creacion se fundamenta en tener poblacion aproximada de 1928 habitantes conjuntamente con las Comunidades Campesinas de Ccopamaya, Huanuscuro, Huantacachi, Huilasipe, e MORDAZA Iscata, asi como en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz mas cercano se encuentra ubicado a 8 kilometros de distancia, lo que representa para los pobladores media hora de MORDAZA, por cuya razon no tienen acceso oportuno y eficaz servicio de administracion de justicia; Que, el Informe Nº 225-2002-SEP-GP-GG, de la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que es factible la creacion del Juzgado de Paz en el Centro Poblado Menor de Ccopamaya, distrito de Acora, provincia, departamento y Distrito Judicial de Puno; Que, por el numero de habitantes a los que beneficiaria el Juzgado de Paz, entre los que se presentan conflictos de naturaleza Civil: Transacciones, inspecciones judiciales, exhortos; Penal: actas de demanda, documentacion de parcelas; Familia: Violencia familiar, alimentos, abandono de hogar; Laboral: jornales de trabajo y Notarial: legalizaciones; y siendo objetivo principal de este Poder del Estado el de administrar justicia en forma rapida y eficaz, resulta atendible la peticion que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo esta-

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Oficializan el MORDAZA "Trabajo y Empleo en los Tratados de Libre Comercio", a realizarse en la sede de la Secretaria General de la Comunidad MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 103-2004-TR MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2004 VISTO: El escrito de fecha 14 de MORDAZA de 2004, del Presidente de la Sociedad Peruana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27711, se aprueba la nueva Ley del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, estableciendo entre sus finalidades, fomentar un sistema democratico de relaciones laborales y previsionales dentro del dialogo social, la concertacion y el tripartismo, coadyuvando con las organizaciones representativas de los sujetos sociales involucrados; Que, en merito a lo expuesto, la Sociedad Peruana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social y la Secretaria General de la Comunidad MORDAZA, han estimado conveniente organizar el MORDAZA "Trabajo y Empleo en los Tratados de Libre Comercio", que se realizara en la sede de la Secretaria General de la Comunidad MORDAZA, del 28 al 30 de MORDAZA de 2004; Que, el citado evento tiene por objeto contribuir al analisis y debate publico, sobre el Trabajo y Empleo en el Tratado de Libre Comercio (TLC), y contara con la participacion de profesores, especialistas, representantes de gremios empresariales, laborales, Congresistas de la Republica, Ministros de Estado y dos expertos que presentaran la experiencia de la negociacion de los Tratados de Libre Comercio (TLC) en MORDAZA y Mexico; Que, por el documento de visto y los considerandos expuestos, es necesario emitir el acto administrativo que apruebe dicho evento; Con la visacion del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica; y, En uso de las facultades conferidas en el articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; el

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