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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (25/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 7

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G32/G34/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 25 de abril de 2004 CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 4º de la Ley Nº 27790, el Mi- nisterio de Comercio Exterior y Turismo, tiene, entre otrosobjetivos, promover el desarrollo de la actividad turística como un medio para contribuir al crecimiento económico y al desarrollo social del país; Que, para el mejor cumplimiento de dicho objetivo y dada su importancia en el logro de las metas trazadas para el incremento del turismo receptivo e interno, es convenienteconstituir un grupo de trabajo que coadyuve en la formula- ción de las estrategias a implementar para propiciar las condiciones más favorables para el desarrollo de la inicia-tiva privada en el sector turismo; Que, para tal efecto, resulta de interés convocar a em- presarios y profesionales especializados, que aúnen es-fuerzos y puedan contribuir al logro del objetivo previsto; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5º del Decreto Ley Nº 21292 y los artículos 2º y 4º de la Ley Nº27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Constituir el Consejo para el Desarrollo Turístico, el cual estará integrado por las siguientes perso- nas: - Doctor Alfredo Ferrero Diez Canseco, quien lo presi- dirá. - Señor Arturo Rubio Feijóo.- Ingeniero Enrique Luis Alejandro Agois Banchero. - Señor Hugo Baumann Samanez. - Señora Inés Temple Arciniega.- Señor Jorge Guillermo Von Wedemeyer Knigge. - Señor Juan Ernesto Stoessel Florez. - Señor Juan Francisco Helguero Gonsalez.- Señora María Cecilia Raffo de Leigh. - Señora Marie Michele Lettersten Golidman. - Doctora Ruth Shady Solís.- Doctor Walter Leonel Alva Alva. - Doctor Javier Pérez Rodríguez. Artículo 2º.- El Consejo tendrá como función analizar las condiciones del producto y mercado turístico y reco- mendar al Ministro las estrategias a implementar para pro-piciar las condiciones más favorables para el desarrollo de la iniciativa privada en el Sector Turismo. Artículo 3º.- Los miembros del Consejo desarrollarán sus funciones en forma Ad Honórem. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 07995 ECONOMÍA Y FINANZAS /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G61/G73/G65/G73/G6F/G72/G61/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G20/G64/G65 /G50/G52/G4F/G49/G4E/G56/G45/G52/G53/G49/GD3/G4E/G20/G61/G20/G43/G6F/G6C/G6F/G6D/G62/G69/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G2D/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G22/G43/G75/G72/G73/G6F/G20/G49/G6E/G74/G65/G6E/G73/G69/G76/G6F/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G53/G6F/G6C/G75/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G6F/G76/G65/G72/G73/G69/G61/G73/G20/G49/G6E/G76/G65/G72/G73/G69/G6F/G6E/G69/G73/G74/G61/G20/G2D/G45/G73/G74/G61/G64/G6F/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 221-2004-EF/10 Lima, 23 de abril de 2004 CONSIDERANDO: Que, entre los días 26 al 28 de abril de 2004, se llevará a cabo en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, el"Curso Intensivo sobre Solución de Controversias Inver- sionista - Estado", organizado por la Unidad de Comercio de la Organización de Estados Americanos (OEA); Que, los temas relacionados a la solución de con- troversias Inversionista - Estado forman parte de la nego- ciación de los convenios bilaterales de promoción y pro-tección de inversiones;Que, la coordinación y negociación de los convenios internacionales de inversión es función de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN; Que, los organizadores han convenido en sufragar los gastos que irrogue la participación de un representante de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (PROIN- VERSIÓN) en el evento antes señalado; Que, se ha considerado conveniente acreditar como participante en el evento antes mencionado a la señorita Ana Ampuero Miranda, Asesora Legal de PROINVERSIÓN,quien viene apoyando la labor de la Comisión Negociadora de Convenios Bilaterales de Promoción y Protección de Inversiones constituida por la Resolución Suprema Nº 007-2003-EF. Que preside un representante de PROINVER- SIÓN; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28128, la Ley Nº 27619 y su reglamento aprobado por Decreto Su- premo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señorita Ana Am- puero Miranda, Asesora Legal de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (PROINVERSIÓN), a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, entre los días 25 al 29 deabril de 2004 para los fines expuestos en la parte conside- rativa de la presente resolución. Artículo 2º.- El viaje antes señalado no irrogará gasto alguno al Estado peruano. Artículo 3º.- La funcionaria antes mencionada, en el plazo de quince (15) días calendario contados a partir desu retorno al país, deberá elaborar un informe al Ministro de Economía y Finanzas y titular del sector al cual se en- cuentra adscrita PROINVERSIÓN, en el cual describirá lasactividades desarrolladas en el viaje que por la presente resolución se aprueba. Artículo 4º.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cua- lesquiera fuese su clase o denominación. Regístrese y comuníquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas Encargado de la Cartera de Economía y Finanzas 07992 MIMDES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G44/G65/G66/G65/G6E/G73/G6F/G72/GED/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G4E/G69/GF1/G6F/G20/G79/G20/G65/G6C /G41/G64/G6F/G6C/G65/G73/G63/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 /G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G54/G61/G72/G6D/G61/G20/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G20/G63/G6F/G6E/G63/G69/G2D /G6C/G69/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G20/G54/GED/G74/G75/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G6D/G61/G74/G65/G72/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G61/G6C/G69/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G2C/G20/G72/GE9/G67/G69/G6D/G65/G6E/G20/G64/G65/G20/G76/G69/G73/G69/G2D/G74/G61/G73/G20/G79/G20/G74/G65/G6E/G65/G6E/G63/G69/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 237-2004-MIMDES Lima, 22 de abril de 2004 Vistos, la solicitud del Alcalde de la Municipalidad Pro- vincial de Tarma de fecha de recepción 1 de septiembre de 2003, a fin que su Defensoría del Niño y el Adolescente sea autorizada para realizar Conciliaciones Extrajudicia-les con Título de Ejecución; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27007, se facultó a las Defenso- rías del Niño y del Adolescente autorizadas a realizar con-ciliaciones extrajudiciales con Título de Ejecución, estable- ciéndose en su Artículo 4º que el entonces Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PRO-MUDEH, hoy Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, autorizará, supervisará y llevará el registro de funcionamiento de las Defensorías que tengan las faculta-des señaladas en la citada Ley; Que, la Municipalidad Provincial de Tarma, es una insti- tución promotora del Servicio de Defensoría del Niño y elAdolescente, la misma que tiene como uno de sus objeti-