Norma Legal Oficial del día 25 de abril del año 2004 (25/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, MORDAZA 25 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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veinticinco mil cuatrocientos y 00/100 nuevos soles). Sin embargo, a la fecha, al no haber sido convocado oportunamente dicho MORDAZA, la Entidad no tiene vigente un contrato de servicio de transporte de carga; Que, en efecto, al no haber efectuado una oportuna convocatoria al concurso publico para la contratacion de los indicados servicios, en consideracion a los plazos establecidos en la normatividad vigente, que disponen que se requiere de aproximadamente cuarenta y cinco (45) dias utiles para que la Entidad realice el Concurso Publico, se otorgue la Buena Pro, se complete la suscripcion del MORDAZA contrato y se cuente con un MORDAZA prestador de servicio, a la fecha la Entidad no cuenta con un contrato de servicios de transporte de carga vigente para el ejercicio 2004; Que, en la situacion descrita y atendiendo a que es imprescindible que la Entidad cuente con un contrato de servicio de transporte terrestre vigente, y que es una medida de caracter temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, se configuran los presupuestos legales para declarar en situacion de urgencia la contratacion del servicio de transporte terrestre de carga, por el tiempo de sesenta (60) dias, siendo el valor referencial hasta por la suma de S/. 120,000.00 (Ciento veinte mil y 00/100 nuevos soles), exonerando a la contratacion de dicho servicio, del MORDAZA de seleccion por concurso publico, de conformidad con lo establecido en el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, en concordancia con lo establecido en el articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 0132001-PCM; Que, en consecuencia, segun lo dispuesto por el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, la contratacion del servicio de transporte terrestre que se realice mediante exoneracion por situacion de urgencia se efectuara mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, que se llevara a cabo mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion, por cualquier medio de comunicacion de cotizaciones que cumplan los requisitos establecidos en las Bases con autorizacion expresa del Titular del Pliego o de la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda, precisandose que, de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el contrato que se celebre como consecuencia de la indicada exoneracion debera cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades y garantias, contempladas en el Titulo III, de las Normas de Contratacion y Ejecucion de Contratos, del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 0132001-PCM; Que, asimismo, de conformidad con el Comunicado Nº 002-2003 (PRE), expedido por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, que senala que, "la omision de una oportuna convocatoria a los procesos de seleccion que obliguen, en los casos de actividades esenciales de la Entidad, a la declaracion de una situacion de urgencia y posterior exoneracion del MORDAZA de seleccion respectivo, supone necesariamente la determinacion de las responsabilidades que correspondan"; se debera determinar las responsabilidades funcionales que correspondan por la omision en convocar con la debida antelacion el respectivo MORDAZA de seleccion, conforme a lo establecido en los articulos 24º y 47º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 0122001-PCM; Que, de conformidad con los Informes Tecnico y Legal de la Direccion Nacional de Logistica y de la Oficina de Asesoria Juridica, respectivamente, y contando con la disponibilidad presupuestal correspondiente segun el Informe de Disponibilidad Presupuestaria Nº 219-2004/INDECI/4.0 de la Oficina de Planificacion y Presupuesto, de fecha 7ABR.04, corresponde emitir el resolutivo correspondiente; De conformidad en los articulos 19º y 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y 105º, 108º y 113º al 116º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo

Nº 013-2001-PCM, en uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decretro Supremo Nº 059-2001-PCM y modificado por Decreto Supremo Nº 005-2003-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR en situacion de urgencia la contratacion del servicio de transporte terrestre de carga, por el tiempo de sesenta (60) dias, de acuerdo a las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- EXONERAR del MORDAZA de seleccion por concurso publico la contratacion del servicio de transporte terrestre de carga y autorizar a la Direccion Nacional de Logistica para que proceda a contratar mediante el MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia el servicio MORDAZA mencionado, por un valor referencial hasta por la suma de S/. 120,000.00 (Ciento veinte mil con 00/100 nuevos soles). Articulo Tercero.- DISPONER la determinacion de responsabilidades de los funcionarios y/o servidores involucrados en una oportuna convocatoria al MORDAZA de seleccion para la contratacion del servicio de transporte terrestre de carga. Articulo Cuarto.- DISPONER que la Direccion Nacional de Logistica se encargue de realizar la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web del INDECI, asi como la remision de una MORDAZA a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a su expedicion. Articulo Quinto.- DISPONER que la Secretaria General ingrese la presente Resolucion en el Archivo General Institucional y notifique a la Subjefatura, a la Direccion Nacional de Logistica, a la Oficina de Planificacion y Presupuesto, a la Oficina de Administracion, a la Oficina de Asesoria Juridica y a la Oficina de Estadistica y Telematica, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PODESTA LLOSA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 07942

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES
Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno Regional Tumbes para el ejercicio presupuestal 2004
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 0094-2004/GOBIERNO REGIONAL TUMBES- P Tumbes, 20 de febrero de 2004 VISTO: El Informe Nº 113-2004/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-ORAJ-OR de fecha 2 de marzo del 2004, e Informe Nº 018 -2004/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-ORA-OA, de fecha 20 de febrero del 2004 emitido por la Oficina de Abastecimiento. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que cada entidad elaborara un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, que prevea los bienes, servicios y obras que se requieran durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido;

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