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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (29/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 6

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G37/G34/G37/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 29 de abril de 2004 Media Medio y Bajo Piura, San Media Lorenzo, Chira, Alto Piura- Huancabamba, Jequetepe- que, Moche - Virú - Chao, Motupe - Ol- mos - La Leche, Chancay - Huaral, Huau- ra, Chincha - Pisco, Palpa - Nasca, Chiliy Acarí -Yauca - Puquio. Máxima Chancay - Lambayeque, Baja Zaña, Chicama, Nepeña - Casma - Huarmey, Chillón - Rímac - Lurín, Ica, Moquegua, Locum- ba - Sama y Tacna. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Ministro de Agricultura y entrará en vi- gencia al día siguiente de su publicación en el DiarioOficial El Peruano. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintio- cho días del mes de abril del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JOSÉ LEÓN RIVERA Ministro de Agricultura 08227 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G6E/G6F/G73/G20/G64/G69/G67/G69/G74/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G74/G69/G65/G2D /G72/G72/G61/G73/G20/G65/G72/G69/G61/G7A/G61/G73/G20/G63/G6F/G6E/G20/G61/G70/G74/G69/G74/G75/G64/G20/G61/G67/G72/G6F/G70/G65/G63/G75/G61/G72/G69/G61 /G75/G62/G69/G63/G61/G64/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 /G65/G20/G49/G63/G61 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 009-2004-AG Lima, 28 de abril de 2004 VISTO: El expediente procesado por el Proyecto Especial Ti- tulación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura, sobre incorporación al dominio del Estado de 286.0388 ha de tierras eriazas con aptitud agropecua-ria, ubicadas en el sector Pampa de Cordero, distrito de San José de los Molinos, provincia y departamento de Ica. CONSIDERANDO: Que, a solicitud de la empresa DIFERCA S.R.L., el Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura, ha seguido el trámite deidentificación de tierras eriazas de libre disponibilidad sobre 286.0388 ha de tierras eriazas con aptitud agrope- cuaria, identificadas con Código Catastral Nº8_4258450_90009, ubicadas en el sector Pampa de Cordero, del distrito de San José de los Molinos, provin- cia y departamento de Ica, con arreglo al procedimientoestablecido en la Resolución Ministerial Nº 518-97-AG, para su incorporación al dominio del Estado y transfe- rencia al sector privado, según el plano digitalizado defojas 176; Que, hecho de conocimiento público el referido trámite, a través de las publicaciones efectuadas en elDiario Oficial El Peruano y en el diario “La Opinión” de Ica, no se ha presentado oposición alguna al procedi- miento; Que, de la información alcanzada a fojas 155, por la Oficina Registral de Ica; a fojas 168-169, por el Ins- tituto Nacional de Cultura y a fojas 51, por la Munici-palidad Distrital de San José de Los Molinos, se esta- blece que el predio materia de procedimiento no esta inscrito en los Registros Públicos, no tienen restosarqueológicos y se encuentran fuera de la zona de expansión urbana;Que, en consecuencia, debe procederse a la aproba- ción del plano digitalizado elaborado por el ProyectoEspecial Titulación de Tierras y Catastro Rural, incorpo- rándose el predio al dominio del Estado y poniéndolo a disposición de la Agencia de Promoción de la InversiónPrivada - PROINVERSION para su venta o concesión en subasta pública, de acuerdo al artículo 13º del Regla- mento de la Ley Nº 26505, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 011-97-AG; De conformidad con la Ley del Poder Ejecutivo, dada por Decreto Legislativo Nº 560, la Ley Orgánica delMinisterio de Agricultura, dada por Decreto Ley Nº 25902 y la Resolución Ministerial Nº 518-97-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el plano digitalizado de la superficie de 286.0388 ha (Doscientos Ochenta y seis Hectáreas Trescientos Ochenta y ocho Metros Cuadra- dos), de tierras eriazas, identificadas con CódigoCatastral Nº 8_4258450_90009, ubicadas en el sector Pampa de Cordero, del distrito de San José de los Molinos, provincia y departamento de Ica, levantadopor el Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catas- tro Rural, el mismo que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Incorporar al dominio del Estado el te- rreno indicado en el artículo anterior, disponiéndose que la Oficina PETT de Ejecución Regional Ica, gestione suinscripción en los Registros Públicos de la jurisdicción a nombre del Ministerio de Agricultura. Artículo 3º.- Poner el mencionado terreno a dispo- sición de la Agencia de Promoción de la Inversión Priva- da-PROINVERSION, para su inclusión en el proceso de venta o concesión de acuerdo a ley, remitiéndosele contal fin el expediente respectivo una vez efectuada la ins- cripción registral. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JOSÉ LEÓN RIVERA Ministro de Agricultura 08233 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 010-2004-AG Lima, 28 de abril de 2004 VISTO: El Expediente Nº 21227-2001, procesado por el Pro- yecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura, sobre incorporación al do- minio del Estado de 2.4019 ha y 2.7878 ha de tierraseriazas con aptitud agropecuaria, ubicadas en el sec- tor Huachinpuquio, del distrito de Santa Rosa de Qui- ves, provincia de Canta, departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, a solicitud de Orlando Agustín y Diego Martín Burin Matasa, el Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura, ha segui-do el trámite de identificación de tierras eriazas con apti- tud agropecuaria de libre disponibilidad sobre 2.4019 ha y 2.7878 ha de tierras eriazas con aptitud agropecuaria,identificadas con Códigos Catastrales números: 8_2858700_90522 y 8_2858700_90523, respectivamen- te, ubicadas en el sector Huanchipuquio, del distrito deSanta Rosa de Quives, provincia de Canta, departamento de Lima, con arreglo al procedimiento establecido en la