Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2004 (29/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, jueves 29 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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Que asimismo el articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2001-PCM establece que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que la Direccion General de Salud de las Personas mediante Memorandum Nº 945/04-2004-DGSP/MINSA presento un requerimiento para la compra de medicamentos estrategicos para las intervenciones sanitarias de las cuales se preve un desabastecimiento inmediato; Que el Informe Tecnico Nº 005-2004-DA/PAAG/MINSA emitido por la Direccion de Administracion del Programa de Administracion de Acuerdos expone la necesidad tecnica de adquirir medicamentos para el tratamiento de Bartonelosis Aguda Grave, Malaria, Tuberculosis y enfermedades de transmision sexual, sustentando la extraordinariedad e imprevisibilidad en los indicadores, tendencia epidemiologica y los reportes de stock del SISMED, que permiten prever desabastecimiento inmediato de algunos medicamentos para estas intervenciones sanitarias, lo que generaria el riesgo de proliferacion de enfermedades de transmision rapida en la poblacion; Que el requerimiento de medicamentos tiene como destino cubrir el periodo que demore la recepcion de los medicamentos provenientes del MORDAZA regular de adquisicion, canalizado a traves de la Compra Nacional de Medicamentos-2004 establecida por el Ministerio de Salud, proyectada para octubre de 2004, con lo cual el requerimiento de urgencia cubrira la atencion por un plazo de 180 dias por el periodo comprendido entre MORDAZA a setiembre de 2004; Que el Memorandum PAAG N° 295-CG/2004 suscrito por el Coordinador General del Programa de Administracion de Acuerdos de Gestion, indica que existe disponibilidad presupuestal para la presente adquisicion, asimismo el Memorandum N° 0298-2004-OGPE-OEP/MINSA emitido por la Direccion General de Planeamiento Estrategico senala la fuente de financiamiento para la realizacion de la adquisicion; Estando a lo informado por la Oficina General de Asesoria Juridica mediante Informe N° 448-2004-OGAJ; Con la visacion de la Direccion General de Salud de las Personas, el Programa de Administracion de Acuerdos de Gestion y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Salud; y, De conformidad con el T.U.O de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 013-2001-PCM y a lo establecido en el literal l) del articulo 8° de la Ley N° 27657Ley del Ministerio de Salud, SE RESUELVE: Articulo 1°.- Exonerar, por situacion de urgencia, del MORDAZA de licitacion publica la adquisicion de medicamentos detallados en el Anexo 1 el cual forma parte integrante de la presente resolucion, para el tratamiento de Bartonelosis Aguda Grave, Malaria, Tuberculosis y enfermedades de transmision sexual, por un valor referencial total de hasta S/. 2 134 926,13 (Dos millones ciento treinta y cuatro mil novecientos veintiseis y 13/100 Nuevos Soles). Articulo 2°.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 dias habiles de su emision, asi como la remision a la Contraloria General de la Republica de MORDAZA de la misma y de los documentos de vistos que la sustentan, dentro de los 10 dias calendario siguientes a la fecha de aprobacion. Articulo 3º.- Disponer que la Direccion de Administracion del Programa de Administracion de Acuerdos de Gestion se encargue de realizar la adquisicion exonerada por la presente resolucion con cargo a la fuente de

financiamiento de Recursos Ordinarios del Programa de Administracion de Acuerdos de Gestion, conforme a lo dispuesto en el articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud
Anexo 1
Nº Nombre DCI Concentracion Unidad de medida Frascoampolla Tableta Cantidad Precio Unitario referencial 22.40 0.11 Valor

1 2

Ciprofloxacino Cloroquina (como fosfato o sulfato) Primaquina (como fosfato) Primaquina (como fosfato) Etionamida

200 mg 150 mg

15,778 600,000

353 427,20 66 000,00

3 4 5 6

15 mg 7.5 mg 250 mg

Tableta Tableta Tableta

1,070,656 414,485 1,165,500 28,082

0.13 0.09 1.20 5.00

139 185,28 37 303,65 1 398 600,00 140410,00

Benzatina 2,400,000 Inyectable bencilpenicilina UI c/diluyente

08112

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Autorizan viaje de profesional de ESSALUD a MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 012-2004-TR MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2004 VISTO: El Oficio Nº 209-PE-ESSALUD-2004, del Presidente Ejecutivo del Seguro Social de Salud (ESSALUD); y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Gerencia de Servicios Hospitalarios Nº 062-GSH-GDP-ESSALUD-2003, se autoriza la realizacion de examenes de diagnostico especializados a la MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en un Centro Asistencial altamente especializado del extranjero; siendo para el presente caso, el Hospital Clinico de la Universidad de MORDAZA, en el cual dicha asegurada tiene una asistencia medica programada para el dia 28 de MORDAZA del presente ano; Que, la citada Resolucion se sustenta en el Informe de la Junta Medica Unica, conformada por medicos especialistas del Hospital Nacional MORDAZA Almenara Irigoyen y Hospital Nacional MORDAZA Rebagliati Martins, que ha emitido el diagnostico siguiente: "Principal: TUMOR APUD VS. HIPERPLASIA SECRETORA DE VIP (PEPTIDO INTESTINAL VASOACTIVO). ALTAMENTE GASTRINA Y SEROTONINA. (TUMOR NEUROENDOCRINO) NO LOCALIZADO. Secundario: ESPONDILITIS SERONEGATIVA. HEPATITIS VIRAL C. Estudios y analisis incompletos. Tratamiento, conocido. Patologia curable. Recomendando examen diagnostico: (1) OctreoScan Indio 111 y (2) Ecoendoscopia Alta, a ser realizada

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