Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE AGOSTO DEL AÑO 2004 (11/08/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 54

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G34/G32/G34/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 11 de agosto de 2004 Las publicaciones indicadas se realizaron el 17 de marzo de 2004, dando cumplimiento a lo señalado en el literal “g” del Anexo A de la norma “Procedimientos para Fijación de Precios Regulados”. Para los cálculos de las Tarifas en Barra, en esta etapa, se tomaron los costos al 31 de enero de 2004. Cuadro Nº 1.4 Propuesta de Tarifas en Barra en la Etapa de Prepublicación (OSINERG) TARIFAS UnidadesVigente al 31 Ene 2004OSINERG Incremento Precio Promedio de la Energíactm S/./kWh 8,64 8,61 -0,4% Precio de la PotenciaS/./kW-mes 18,81 16,55 -12,0% Peaje por ConexiónS/./kW-mes 13,21 15,32 16,0% Precio Promedio Total (*)ctm S/./kWh 16,55 16,48 -0,4% (**) Se asume Factor de Carga = 56,3% y % Energía en Horas Punta = 25,1% 1.6. Segunda Audiencia Pública El Consejo Directivo del OSINERG dispuso la reali- zación de una segunda audiencia pública, la misma quese llevó a cabo el 24 de marzo de 2004, en la cual la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria del OSINERG expuso los criterios, metodología y modelos económi-cos utilizados en la presente regulación tarifaria, así como el sustento del proyecto de resolución que fija las Tarifas en Barra para el período mayo - octubre 2004. La realización de esta audiencia pública se produjo de manera descentralizada y simultáneamente en tres ciudades del país: Ayacucho, Arequipa y Lima, a tra-vés de un sistema de multivideoconferencia. En esta audiencia pública, los consumidores, las em- presas concesionarias, la Defensoría del Pueblo, las aso-ciaciones de usuarios y demás personas interesadas en la regulación de las Tarifas en Barra pudieron dar a cono- cer sus puntos de vista sobre el procedimiento en ejecu-ción y su resultado tarifario. Las opiniones y comentarios vertidos durante dicha audiencia han sido analizados por el OSINERG. 1.7. Opiniones y Sugerencias de los Interesados El 29 de marzo de 2004 fue la fecha de cierre para que los interesados en la regulación tarifaria presentaran sus opiniones y sugerencias sobre el Proyecto de Reso- lución que fija las Tarifas en Barra. El OSINERG ha recibido las opiniones y sugerencias al Proyecto de Resolución presentadas por las empresas EDEGEL, ETEVENSA, TRANSMANTARO, REP, REDE-SUR y ETESELVA; las cuales se publicaron en la página WEB del OSINERG. Cabe mencionar que TRANSMANTARO presentó sus observaciones, vía correo electrónico, el 29 de marzo del presente, regularizando la entrega física de las mismas el día 30 de marzo, de conformidad con lo establecido enel artículo 123º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimien- to Administrativo General (LPAG), que señala que cuan- do se emplean medios de transmisión de datos a distan-cia, debe presentarse físicamente dentro del tercer día el escrito respectivo, con cuyo cumplimiento se le entende- rá recibido en la fecha de envío del correo electrónico ofacsímil. 1.8. Fijación de Tarifas en Barra El OSINERG evaluó las premisas y cálculos efectua- dos por el COES-SINAC tanto en su estudio inicial, como en el informe remitido en respuesta a las observacionesformuladas a su Estudio Técnico Económico para la fija- ción de las Tarifas en Barra. Asimismo, tomó en cuenta las opiniones y sugerencias recibidas de los interesadosrespecto del proyecto de resolución que fuera prepubli- cado. A raíz del análisis que se indica, se elaboró el informe OSINERG-GART/DGT Nº 028A-2004, que sustentó la Resolución OSINERG Nº 069-2004-OS/CD, que fijó las Tarifas en Barra y sus formulas de reajuste para el perío-do mayo - octubre 2004.Para los cálculos de las Tarifas en Barra, en esta etapa, se tomaron los costos al 31 de marzo de 2004, de confor- midad con lo requerido por la LCE. El siguiente cuadro resume los precios determinados por el OSINERG después del análisis efectuado: Cuadro Nº 1.5 Fijación de Tarifas en Barra (OSINERG) TARIFAS UnidadesVigente al 31 Mar 2004OSINERGIncremento Propuesto Precio Promedio de la Ener gíactm S/./kWh 8,64 8,66 0,1% Precio de la PotenciaS/./kW-mes 18,81 16,09 -14,4% Peaje por ConexiónS/./kW-mes 13,21 15,11 14,4% Precio Promedio Total (*)ctm S/./kWh 16,55 16,36 -1,2% (**) Se asume Factor de Carga = 56,3% y % Energía en Horas Punta = 25,1% La Resolución OSINERG Nº 069-2004-OS/CD, se pu- blicó en el Diario Oficial El Peruano el 15 de abril de 2004. Complementariamente, se consignó, conjuntamente con el informe OSINERG-GART/DGT Nº 028A-2004, en lapágina WEB del OSINERG. 1.9. Recursos de ReconsideraciónDe acuerdo con lo dispuesto por el numeral 5 del Ar- tículo 3º de la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Sim-plificación de los Procedimientos Regulatorios de Tari- fas, y el item k) del anexo A de la Resolución OSINERG Nº 0001-2003-OS/CD, los interesados podrán presentarRecurso de Reconsideración contra las resoluciones que expida el OSINERG. Con fecha 11 de enero de 2003, la referida resolución fue publicada en el Diario Oficial El Peruano, la misma que, de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplificación de los Procedimien-tos Regulatorios de Tarifas, dispuso que los nuevos pla- zos para la presentación de recursos y solución de los mismos se extendieran a 15 y 30 días hábiles, respecti-vamente. El COES-SINAC y las empresas ETESELVA, REP, RE- DESUR, TRANSMANTARO, ETEVENSA, EDEGEL yELECTRO ORIENTE, presentaron recursos de reconsi- deración contra la Resolución OSINERG Nº 069-2004- OS/CD el 6 de mayo de 2004. El OSINERG dispuso la publicación, en la página WEB del OSINERG, de los recursos de reconsideración indi- cados con el propósito de que los agentes del mercado einteresados tuvieran acceso a los mismos y contaran con la información necesaria que les permitiera expresar sus observaciones y/o comentarios relacionados con dichasreconsideraciones, no habiéndose recibido opinión algu- na. 1.10. Tercera Audiencia Pública El Consejo Directivo del OSINERG convocó a una ter- cera audiencia pública para el 18 de mayo de 2004 con la finalidad que las personas jurídicas que interpusieron recursos de reconsideración contra la Resolución OSI-NERG Nº 069-2004-OS/CD pudieran presentar el sus- tento de sus respectivas reconsideraciones. 1.11. Tarifas en Barra Definitivas El OSINERG evaluó los recursos de reconsideración presentados y elaboró los Informes Técnicos OSINERG- GART/DGT Nº 038-2004, OSINERG-GART/DGT Nº 039- 2004, OSINERG-GART/DGT Nº 040-2004, OSINERG-GART/DGT Nº 041-2004, OSINERG-GART/DGT Nº 042- 2004, OSINERG-GART/DGT Nº 043-2004, OSINERG- GART/DGT Nº 044-2004, OSINERG-GART/DGT Nº 045-2004 y OSINERG-GART/DGT Nº 055-2004; los mismos que contienen el resultado de los análisis realizados to- mando en cuenta toda la información obtenida en la revi-sión de los recursos interpuestos. Como resultado de la revisión de los informes se dis- puso, mediante resoluciones del Consejo Directivo delOSINERG, modificar las Tarifas en Barra y sus fórmulas de actualización, modificaciones que se consignaron me- diante la Resolución OSINERG Nº 140-2004-OS/CD.