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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE AGOSTO DEL AÑO 2004 (19/08/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 63

PÆg. 274857 NORMAS LEGALES Lima, jueves 19 de agosto de 2004 Que, las adquisiciones previstas para los meses de mayo, junio y julio del 2004 deberán redistribuirse en loque resta de tal manera de no incurrir en las disposicioneslegales prohibitivas emitidas por el Concejo Superior deContrataciones del Estado (CONSUCODE), la Contraloríaatribuciones contenidas en el artículo 9º de Ley Generalde la República, Poder Ejecutivo y/o Poder Legislativo; Que, es necesario adoptar acciones para determinar la responsabilidad de los funcionarios y/o servidores, que poracción u omisión hayan provocado la no oportuna convo-catoria al proceso de selección correspondiente; y, Por las consideraciones expuestas y estando a lo orde- nado en los artículos 19º y 21º del D.S. Nº 012-2001-PCM(Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado); y, en uso de la Ley Nº 27972, (Ley Orgánica de Municipalidades), con dispensa de lectura yaprobación de acta de los señores miembros del ConcejoMunicipal; por unanimidad acordaron lo siguiente: ACUERDO:Artículo Primero.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE URGENCIA en mérito a lo expuesto en la parte de los con-siderandos antes expuestos la adquisición de los produc-tos que componen la Canasta Alimenticia de los Beneficia-rios del Programa Complementario de Apoyo Alimentariode la provincia de Huaral, los cuales se detallan a conti-nuación:PRODUCTOS PRECIO/TM MAYO JUNIO JULIO (REFERENCIAL) TM S/. TM S/. TM S/. CEREAL (ARROZ) 2,020.000 8.90 17,986.08 8.90 17,986.08 8.90 17,986.08 MENESTRA 1,980.000 1.70 3,358.08 1.70 3,358.08 1.70 3,358.08 PAPA 600 3.82 2,671.20 0.00 0.00 3.82 2,671.20 CAMOTE 600 0.00 0.00 3.82 2,671.20 0.00 0.00 ACEITE 4,520.000 0.85 3,832.96 0.85 3,832.96 0.85 3,832.96 P.O.A 4,480.000 1.70 7,598.08 1.70 7,598.08 1.70 7,598.08 TOTAL 16.96 35,446.40 16.96 35,446.40 16.96 35,446.40 PRODUCTOS PRECIO/TM MAYO JUNIO JULIO (REFERENCIAL) TM S/. TM S/. TM S/. CEREAL (ARROZ) 2,020.000 8.90 17,986.08 8.90 17,986.08 8.90 17,986.08 MENESTRA 1,980.000 1.70 3,358.08 1.70 3,358.08 1.70 3,358.08 PAPA 600 3.82 2,671.20 0.00 0.00 3.82 2,671.20 CAMOTE 600 0.00 0.00 3.82 2,671.20 0.00 0.00 ACEITE 4,520.000 0.85 3,832.96 0.85 3,832.96 0.85 3,832.96 P.O.A 4,480.000 1.70 7,598.08 1.70 7,598.08 1.70 7,598.08 TOTAL 16.96 35,446.40 16.96 35,446.40 16.96 35,446.40 Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Gerente Munici- pal realizar las acciones necesarias para determinar lasresponsabilidades del comité encargado de la compra delos Productos Alimenticios, por la no oportuna convocato-ria al proceso de selección correspondiente, otorgándose-le un plazo de 15 días hábiles para emitir su informe aldespacho de Alcaldía, bajo responsabilidad funcional. Artículo Tercero.- DISPONER su publicación en el Dia- rio Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- HACER de conocimiento el Presen- te Acuerdo al Consejo Superior de Contrataciones de delEstado y a la Contraloría General para su conocimiento y fines. Artículo Quinto.- ENCARGAR a secretaría general, gerencia municipal de su cumplimiento. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.JAIME URIBE OCHOA Alcalde 15021 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAZ Autorizan contratación de empresa especializada en fiscalización tributaria GOBIERNO PROVINCIAL DE HUARAZ ACUERDO DE CONCEJO Nº 079-2004-GPH Huaraz, 5 de agosto del 2004 EL CONCEJO DEL GOBIERNO PROVINCIAL DE HUARAZ; por cuanto en su Sesión Extraordinaria Nº022-2004-GPH de fecha 5 de agosto del 2004, el Pleno analizó el Informe Legal Nº 348-04-GPH-GAJ y el In- forme Técnico Nº 01-2004-GPH-GATyR/G suscrito porel Gerente de Administración Tributaria y Rentas, so- bre posibilidad de contratación directa de una empresa especializada en fiscalización tributaria, con la finali-dad de que se pueda realizar un proceso de cobranza de tributos generados en la jurisdicción de este Gobier-no Provincial; y, CONSIDERANDO:Que, conforme lo señala el Artículo 194º de la Consti- tución Política del Estado concordante con el Art. II del Tí-tulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Muni- cipalidades, las entidades ediles son órganos de gobierno local que emanan de la voluntad popular, tienen autonomíaeconómica, política y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, con fechas 27 de noviembre del 2003 y 9 de enero del 2004 se convocó a un proceso de Concurso Público, con la finalidad de poder seleccionar a la perso- na natural o jurídica que pueda realizar un proceso defiscalización de deudas tributarias y no tributarias que se hayan generado como consecuencia de actividades realizadas por diversas empresas sin la correspondientelicencia municipal, otorgándosele la buena pro a la Em- presa Richard Tarrillo Gonzales SAC, suscribiéndose el contrato correspondiente el 27 de febrero del año encurso; el mismo que ha sido resuelto, por cuanto la refe- rida empresa no acreditó con la documentación necesa-