Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2004 (19/08/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 19 de agosto de 2004

En el presente caso, el asiento c-1 ha sido materia de rectificacion, extendiendose en el asiento c-6. En consecuencia, lo solicitado por la apelante implica un cuestionamiento a lo resuelto por el registrador que realizo dicha rectificacion, y por consiguiente, acceder a la misma implicaria dejarla sin efecto. En razon a ello, no procede lo solicitado, por lo que debe confirmarse la tacha formulada por el Registrador Publico, por tratarse de un defecto insubsanable. 7. Respecto a la solicitud de rectificacion del asiento D 00002 de la partida electronica del inmueble, debe indicarse que este constituye un traslado de los asientos c-7 y c8, en merito a los cuales se inscribio la transaccion judicial de fecha 16 de MORDAZA de 1996. El recurrente indica que la transaccion no se encuentra referida a un reconocimiento de saldo de precio ni de aclaracion de transferencia sujeta a condicion, por lo que debe rectificarse dicho extremo. De la revision del titulo archivado que le dio merito (titulo Nº 5642 del 21 de noviembre de 1996), se tiene que dicho titulo contiene una transaccion del 16 de MORDAZA de 1996, aprobada judicialmente mediante la resolucion 9 del 23 de MORDAZA de 1996, y mediante el cual las partes en litigio ponen fin al MORDAZA iniciado sobre nulidad de escrituras de compraventa y otros, seguido ante el 2do. Juzgado en lo Civil de Huancayo. En dicha transaccion se reconoce la titularidad de los demandantes y demandados sobre el terreno inscrito en la ficha Nº 18766 del Registro de Predios de Huancayo, estipulandose la venta de la parte que corresponde a los demandantes en favor de los demandados, asi como la forma de pago del precio. En consecuencia, al versar dicho titulo sobre la titularidad del inmueble registrado en la ficha Nº 18766, debe de constar registrado en el rubro de dominio, y no de cargas y gravamenes. En consecuencia, no procede la rectificacion en el sentido senalado por la apelante, debiendo mas bien disponerse, de oficio, su traslado al rubro C de domino en merito a lo senalado en el literal c) del Art. 81º del Reglamento General de los Registros Publicos. Estando a lo acordado por unanimidad; VII. RESOLUCION 1. CONFIRMAR la tacha formulada por el Registrador Publico del Registro de Predios de Huancayo a la inscripcion del titulo presentado, por los fundamentos expresados en la presente resolucion. 2. Disponer el traslado del asiento D 00002 del la partida electronica Nº 2010781, al rubro C, en el sentido expuesto en numeral 7 de la presente resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente (e) de la Primera Sala del Tribunal Registral FREDY MORDAZA VILLAJUAN Vocal del Tribunal Registral MORDAZA MORDAZA TRONCOS Vocal del Tribunal Registral 14961

acreditacion, remate, donacion, destino o destruccion de los bienes en infraccion; Que mediante Resolucion de Superintendencia Nº 1572004/SUNAT se reglamento la aplicacion de la sancion de comiso de bienes senalada en el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario; Que la Intendencia Regional MORDAZA, mediante la Resolucion de Intendencia Nº 094250000571 de fecha 30 de marzo de 2004, declaro en abandono los bienes comisados mediante Acta Probatoria Nº 090060000009903 de fecha 10 de noviembre de 2003, al haber transcurrido el plazo que otorga el Articulo 184º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario sin que el infractor cumpla con identificarse y acreditar la propiedad de dichos bienes; Que de acuerdo a lo senalado en el Informe Nº 0292004-2N0100 de la Intendencia Regional MORDAZA, se propone efectuar la donacion de los bienes declarados en abandono que se detallan en el Anexo de la presente Resolucion, al Programa Nacional de Asistencia Alimentaria PRONAA (Gerencia Local Cusco), quien se MORDAZA cargo de la distribucion en la MORDAZA de nuestra serrania que esta afectada por el friaje; Que la Resolucion de Superintendencia Nº 157-2004/ SUNAT, establece que la donacion de bienes comisados, se efectuara a los sujetos comprendidos en la Relacion de Beneficiarios que apruebe la SUNAT, salvo cuando sea necesario atender los requerimientos en casos de emergencia o urgencia o necesidad nacional o sea autorizada por el Superintendente Nacional de Administracion Tributaria; Que mediante Decreto Supremo Nº 055-2004-PCM, se ha declarado el Estado de Emergencia por desastres naturales, por el plazo de sesenta (60) dias naturales, en diversas provincias altoandinas de los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica y Puno; Que en tal sentido, corresponde al Superintendente Nacional de Administracion Tributaria autorizar la presente donacion de bienes comisados, asi como la seleccion de los beneficiarios de la misma; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 25º del Reglamento de Sancion de Comiso de Bienes, aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 157-2004/SUNAT; y en uso de las facultades conferidas por el inciso u) del Articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM: SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la donacion de los bienes comisados declarados en abandono por la Intendencia Regional MORDAZA, mediante la Resolucion de Intendencia Nº 094250000571, a favor del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria -PRONAA (Gerencia Local Cusco), conforme se detalla en el Anexo de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El responsable de la Intendencia Regional MORDAZA, designado mediante Resolucion de Superintendencia Nº 089-2002/SUNAT, es el encargado de ejecutar y dar cumplimiento a la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Superintendente Nacional

SUNAT
Autorizan donacion de bienes comisados declarados en abandono
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 187-2004/SUNAT
MORDAZA, 17 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que el Articulo 184º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificatorias, dispone que la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT establecera el procedimiento para la realizacion del comiso,
Orden Cantidad 1 49

ANEXO A LA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL Nº 187-2004/SUNAT
Unidad Sacos x 50 kilos aprox. Detalle Beneficiario Arroz Extra- Programa Nacional de Asistencia Don MORDAZA Alimentaria - PRONAA (Gerencia Local Cusco)

15064

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 188-2004/SUNAT
MORDAZA, 17 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que el Articulo 184º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo

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