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PÆg. 274841 NORMAS LEGALES Lima, jueves 19 de agosto de 2004 para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- El cumplimiento de la presente resolución no irrogará gasto alguno al Estado, ni dará derecho de exo-neración o liberación de impuestos y/o derechos aduane-ros, cualesquiera fuese su denominación o clase a favordel funcionario cuyo viaje se autoriza. Artículo 3º.- El funcionario antes mencionado, deberá presentar a la institución un informe detallado de las activi-dades realizadas en su viaje dentro de los quince (15) díascalendario siguientes de efectuado el viaje. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDWIN SAN ROMÁN ZUBIZARRETA Presidente del Consejo Directivo 14953 Incluyen procesos de adjudicaciones directas selectiva y pœblica en el Plan Anual de Adquisiciones y Contra- taciones para el ejercicio presupuestal2004 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 370-2004-GG/OSIPTEL Lima, 16 de agosto de 2004 EXPEDIENTE Nº 008-2004-GAF/PAA y Nº 005-2004-GAF MATERIA PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES VISTO: Los memorandos Nº 116-RRHH/2004, de fecha 11 de agosto de 2004 del Área de Recursos Humanos y Nº 041-LOG-GAF/2004 de fecha 12 de agosto de 2004 del Áreade Logística, respecto a la inclusión de la contratación deuna consultora especializada en la elaboración del manualde perfiles de competencias de OSIPTEL y la contrataciónde Servicio de Desarrollo y Mantenimiento del SAI. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 054-2004-GG/OSIPTEL de fecha 27 de enero de 2004, la máxima autoridad administrativaaprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones delOrganismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunica-ciones - OSIPTEL, para el ejercicio presupuestal 2004; Que, el artículo 8º del Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por DecretoSupremo Nº 013-2001-PCM, establece que las inclusiones yexclusiones de los procesos de selección en el Plan Anual deAdquisiciones y Contrataciones deberán ser aprobados porel Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa de laEntidad y serán comunicadas a la Comisión de Promociónde la Pequeña y Microempresa -PROMPYME dentro de losdiez (10) días hábiles siguientes a dicha aprobación; Que, conforme a lo dispuesto en los artículos 88º y 89º del Reglamento de OSIPTEL, aprobado mediante DecretoSupremo Nº 008-2001-PCM, la Gerencia General es el ór-gano ejecutivo responsable de la marcha administrativa dela Institución y de la ejecución de los acuerdos del Conse-jo Directivo y del Presidente de OSIPTEL; Que, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de OSIPTEL, para el ejercicio presupuestal 2004, no se hanincluido los procesos de selección que corresponden a laAdjudicación Directa Selectiva de una consultoría especiali-zada en la elaboración del manual de perfiles de competenciasde OSIPTEL y a la Adjudicación Directa Pública para la con-tratación de servicio de desarrollo y mantenimiento del SAI; Que, es necesario incluir en el Plan Anual de Adquisi- ciones 2004 la Adjudicación Directa Selectiva para la con-tratación de una consultora especializada en la elabora-ción del manual de perfiles de competencias de OSIPTELy la Adjudicación Directa Pública para la contratación deservicio de desarrollo y mantenimiento del SAI; Con la opinión favorable de la Gerencia de Adminis- tración y Finanzas y la Gerencia Legal;SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inclusión del proceso de Adjudicación Directa Selectiva para la contratación de unaconsultora especializada en la elaboración del manual deperfiles de competencias de OSIPTEL y la AdjudicaciónDirecta Pública para la contratación de servicio de desa-rrollo y mantenimiento del SAI, en el Plan Anual de Adqui-siciones y Contrataciones del Organismo Supervisor deInversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL co-rrespondiente al ejercicio presupuestal 2004. Artículo Segundo.- Autorizar a la Gerencia de Admi- nistración y Finanzas se encargue de la implementaciónde la contratación de una consultora especializada en laelaboración del manual de perfiles de competencias deOSIPTEL y la contratación de servicios de desarrollo ymantenimiento del SAI, que se incluyen en el Plan Anualde Adquisiciones y Contrataciones para el ejercicio 2004,así como de la afectación de los montos programados y laejecución del gasto correspondiente. Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia de Adminis- tración y Finanzas, dentro de los diez (10) días hábiles si-guientes a su emisión, comunique al Consejo Superior deContrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE,la inclusión de los procesos a través de los mecanismos con-templados en el numeral 7 de las Disposiciones especificasde la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE Plan Anualde Adquisiciones y Contrataciones y a la Comisión de Pro-moción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez(10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese.LILIANA RUIZ V. DE ALONSO Gerente General 15009 SUNARP Conforman Comisión encargada de elaborar disposiciones para la incorporación de inscripciones de vehículos menores efectuadas por lasmunicipalidades al Sistema Nacionalde los Registros Pœblicos RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 359-2004-SUNARP/SN Lima, 13 de agosto de 2004 CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 26366 se creó el Sistema Na- cional de los Registros Públicos, el cual comprende comointegrante del Registro de Bienes Muebles al Registro dePropiedad Vehicular; Que, el artículo 33º de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, establece que todo vehícu-lo para circular debe inscribirse en el Registro de Propie-dad Vehicular; Que, adicionalmente, la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley Nº 27181 establece que la SUNARP queda en-cargada de dictar las normas necesarias para sanear eltracto interrumpido en el Registro de Propiedad Vehicular,incluyendo disposiciones que establezcan excepciones alo previsto en el artículo 2015º del Código Civil; Que, la Ley Nº 28325, en adelante la Ley, regula el tras- lado de las inscripciones de vehículos menores y su acer-vo documentario de las Municipalidades a la SUNARP; Que, de acuerdo al numeral 1.1 del artículo 1º de la Ley, todas las inscripciones realizadas por las Municipa-lidades provinciales y distritales relativas a los vehículosmenores se trasladarán conjuntamente con su acervo do-cumentario al Registro de Propiedad Vehicular de la ZonaRegistral competente, en el plazo de seis (6) meses conta-dos a partir de la vigencia de la Ley; Que, la Segunda Disposición Complementaria y Final de la Ley faculta a la SUNARP a emitir las disposiciones en ma-