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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE AGOSTO DEL AÑO 2004 (19/08/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 59

PÆg. 274853 NORMAS LEGALES Lima, jueves 19 de agosto de 2004 el Reglamento Interno de este Concejo hasta con 6 meses de SUSPENSIÓN; Que, el inciso c) del Artículo 47º del Reglamento Inter- no del Concejo (RIC), aprobado por la Ordenanza Nº 059- MDSMP, modificado por la Ordenanza Nº 105 establece que "Se considera falta grave que pueda ser sancionadocon suspensión en el cargo, con un mínimo de treinta (30) días y hasta por seis (6) meses; inciso c) del artículo 47º (RIC), las previstas en los Artículos 25º y 26º del presenteReglamento, incluyendo los actos de violencia y/o falta- miento de palabra a los funcionarios y/o trabajadores mu- nicipales"; Que, de conformidad con el Artículo 46º Reglamento Interno del Concejo (RIC) al señor Regidor se le concedió el uso de la palabra por el tiempo que fue necesario paraque ejerza su derecho de defensa e incluso con el derecho de réplica a fin de llegar a un acuerdo dentro de la legali- dad, transparencia y debido proceso, principios fundamen-tales que se encuentran consagrados en nuestra Carta Magna así como en las normas aprobadas por el Concejo, habiendo manifestado que son falsas las imputaciones ver-tidas contra su persona; Que, los hechos denunciados y la conducta del Re- gidor Jesús Álvaro Veliz Duarte configuran falta gravepues se produce contra un trabajador y un funcionario de la Municipalidad de San Martín de Porres, a quienes el citado Regidor ha amenazado directamente por ir encontra de sus intereses personales, por lo que se puede concluir de los hechos y de la defensa ejercida por el Regidor JESÚS ALVARO VÉLIZ DUARTE no ha desvir-tuado las acusaciones en su contra, apreciándose que su actuar se encuentra enmarcado dentro de la figura de faltamiento de palabra a los funcionarios y/o trabaja-dores municipales, la misma que constituye falta grave, de conformidad con el artículo 47º literal c) del Regla- mento Interno de Concejo prevista y sancionada por elReglamento Interno de este Concejo, hasta con seis (6) meses de SUSPENSIÓN; Que, asimismo la señora regidora Hilda Ofelia Ferrer Ramírez presentó ante el Pleno del Concejo copia del Atestado Policial Nº 146-JSC-Oeste-CSMP-DEINPOL- MP en mérito a la denuncia penal presentada ante elMinisterio Público en contra del señor Regidor Jesús Álvaro Véliz Duarte, siendo la conclusión del citado ates- tado: "De las investigaciones realizadas se ha llegado adeterminar que Jesús Álvaro Véliz Duarte Teniente Al- calde de la Municipalidad de San Martín de Porres y Rosa María López Calla, son presuntos autores del delito con-tra el Patrimonio-Extorsión en la modalidad de Chantaje y contra la Paz Pública en la modalidad de Asociación Ilícita para Delinquir, en agravio de Carlos Horacio Bus-tamante Bazán; al haberse establecido que éstos con- certaron con la finalidad de lograr que el denunciante aceptara firmar una Declaración Jurada, mediante la cualse autoinculpaba de un Delito de Concusión en que se encontraba inmerso, y a su vez incriminaría a Lucio Cam- pos Huayta Alcalde del distrito de San Martín de Po-rres...", de lo que se infiere que la conducta del referido regidor es proclive a la Comisión de estos actos atenta- torios contra de la honorabilidad de las personas; he-chos que si bien es cierto fueron realizados con anterio- ridad también es cierto que éstos reflejan la actitud del citado regidor; En uso de las facultades conferidas en el numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal integrado por el Alcaldeseñor Lucio Campos Huayta y con el voto por mayoría sim- ple de los señores Regidores, Johnny Alberto Ruiz Ruiz, Hilda Ofelia Ferrer Ramírez, María Zulema CrisóstomoCastañeda, Roger Hernán Paz Puelles, Carlos Alcedo De La Cruz Martínez, María Guadalupe García Barrionuevo, Carlos Alberto Castillo Vidalón, Gloria Luz Santillán Ríos,y con el voto en contra de los señores regidores Luis Ca- ballero Sabino, Pedro Carlos Casanova Saavedra, Carlos Enrique Calderón Carvajal, Roberto Asunción Castillo Pau-lino y con la abstención del señor Regidor Jesús Álvaro Veliz Duarte, y con dispensa del trámite de lectura y apro- bación del acta; ACUERDA: Artículo Único.- Que, los hechos denunciados y la conducta del Regidor Jesús Álvaro Veliz Duarte presen- tadas ante el Concejo Municipal CONSTITUYEN falta gra-ve de conformidad con el inciso c) del Artículo 47º del Re-glamento Interno del Concejo (RIC), aprobado por la Or- denanza Nº 059-MDSMP, modificado por la Ordenanza Nº 105-MDSMP. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUCIO CAMPOS HUAYTA Alcalde 15058 ACUERDO DE CONCEJO Nº 085-2004 San Martín de Porres, 11 de agosto de 2004 VISTO: en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, las denuncias presentadas ante el Concejo Municipal encontra del señor Regidor JESUS ALVARO VELIZ DUARTElas cuales mediante Acuerdo de Concejo Nº084-2004, seacordó considerarlas falta grave de conformidad al Regla-mento Interno vigente, por lo que se debe someter a vota-ción para acordar el tiempo de suspensión; CONSIDERANDO:Que, los Artículos 194º y 195º numeral 4) de la Consti- tución Política del Estado, en concordancia con el artículoII del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica deMunicipalidades, establecen que los gobiernos locales go-zan de autonomía política, económica y administrativa enlos asuntos de su competencia; Que, de conformidad con el inciso 4) del Artículo 25º de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que "Elejercicio del cargo de alcalde o regidor se suspende poracuerdo de concejo por sanción impuesta por falta gravede acuerdo al reglamento interno del concejo municipal"; Que, el Reglamento Interno del Concejo (RIC), aproba- do por la Ordenanza Nº 059-MDSMP, se publica en el Dia-rio Oficial El Peruano, el día 7 de setiembre del 2003, lamisma que fuera modificada por la Ordenanza Nº 105-MDSMP, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el día 4de agosto del 2004; de esta manera se cumple con el re-quisito de Tipicidad previsto en el artículo 230º numeral 4ºde la Ley Nº 27444- Ley del Procedimiento AdministrativoGeneral; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 084-2004 se consideró "Que, los hechos denunciados y la conducta delRegidor Jesús Álvaro Veliz Duarte presentadas ante elConcejo Municipal CONSTITUYEN falta grave de confor-midad con el inciso c) del Artículo 47º del Reglamento In-terno del Concejo (RIC), aprobado por la Ordenanza Nº059-MDSMP, modificado por la Ordenanza Nº 105-MDSMP"; Que, en estricta aplicación del principio de razonabili- dad contemplado en el numeral 3) de la Ley Nº 27444- Leydel Procedimiento Administrativo General, el Concejo hadecidido determinar una sanción que considere básica-mente criterios como la existencia de intencionalidad, elperjuicio causado y las circunstancias de la comisión de lainfracción; Que, el artículo 1º de la Constitución Política del Esta- do señala que ¨la defensa de la persona humana y el res-peto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y delEstado"; Que, asimismo los incisos 1) y 7) del artículo 2º de la Carta Magna señalan que "toda persona tiene derecho asu integridad moral y psíquica así como al honor y a labuena reputación"; Que, es propósito del Concejo Municipal Distrital de San Martín de Porres hacer prevalecer las normas legales yconstitucionales así como los derechos fundamentales detoda persona; Que, el Artículo 47º del Reglamento Interno del Conce- jo (RIC), aprobado por la Ordenanza Nº 059-MDSMP, mo-dificado por la Ordenanza Nº 105-MDSMP, establece quelas faltas graves se sancionan con suspensión en el cargo,con un mínimo de treinta (30) días y hasta por seis (6)meses; En uso de las facultades conferidas en el numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, LeyNº27972, el Concejo Municipal integrado por el Alcaldeseñor Lucio Campos Huayta y con el voto por mayoría sim-ple de los señores Regidores, Johnny Alberto Ruiz Ruiz,Hilda Ofelia Ferrer Ramírez, María Zulema CrisóstomoCastañeda, Carlos Alcedo De La Cruz Martínez, María