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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G35/G31/G31/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 24 de agosto de 2004 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G45/G4A/G45/G43/G55/G54/G49/G56/G4F ECONOMÍA Y FINANZAS /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G61/G72/G74/GED/G63/G75/G6C/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G73/G74/G61/G74/G75/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C /G42/G61/G6E/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4E/G61/G63/G69/GF3/G6E DECRETO SUPREMO Nº 118-2004-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto de Urgencia Nº 081-2001 se faculta al Poder Ejecutivo a modificar la composición del Directo-rio del Banco de la Nación mediante Decreto Supremo, re-frendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, es necesario modificar la composición del Direc- torio del Banco de la Nación; De conformidad con el numeral 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, Decreto Legislativo Nº 560 -Ley del Poder Ejecutivo y el Decreto de Urgencia Nº 081-2001; DECRETA: Artículo 1º.- Modificación del Estatuto Modifíquense los artículos 13º, 16º y 32º del Estatuto del Banco de la Nación aprobado por Decreto Supremo Nº07-94-EF, sustituido por el Decreto Supremo Nº 191-2001-EF, de acuerdo al siguiente texto: "Artículo 13º.- El Banco es dirigido por un Directorio de 5 miembros, integrado por: - El Presidente Ejecutivo, designado mediante Resolu- ción Ministerial del Ministro de Economía y Finanzas, quienejercerá la Presidencia del Directorio; - Un representante del Ministerio de Economía y Finan- zas, designado mediante Resolución Ministerial del Minis-tro de Economía y Finanzas; y, - Tres representantes del Poder Ejecutivo, designados mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministrode Economía y Finanzas." "Artículo 16º.- El Directorio es la más alta autoridad ins- titucional y determina las políticas a seguir en el Bancosiendo responsable general de las actividades de éste.Salvo el Presidente, los demás Directores no ejercen car-go o función ejecutiva.""Artículo 32º.- El Presidente del Directorio ejerce fun- ciones ejecutivas y tiene las siguientes facultades y atribu-ciones: a) Convocar y presidir las sesiones de Directorio y del Comité Ejecutivo. b) Integrar como miembro nato las Comisiones Espe- ciales que el Directorio nombre. Cuando asista a las re-uniones de las referidas Comisiones, las presidirá con votodirimente. c) Someter a consideración del Directorio y del Comité Ejecutivo cualquier asunto que estime conveniente. d) Cumplir y hacer cumplir las resoluciones del Direc- torio, del Comité Ejecutivo y las Comisiones Especiales. e) Proponer al Directorio, previas las formalidades de Ley, a los representantes del Banco en las Juntas de Ac-cionistas de empresas en las cuales la Institución tengaparticipación accionaria y las personas que tales repre-sentantes propondrán para integrar los Directorios de es-tas empresas. f) Adoptar en coordinación con el Gerente General las medidas de orden interno que juzgue convenientes para labuena marcha del Banco. g) Representar legalmente por sí mismo o conjuntamen- te con el Gerente General al Banco ante toda clase de au-toridades o entidades públicas o privadas nacionales oextranjeras. h) Suscribir conjuntamente con un Director, el Gerente General y los demás funcionarios que corresponda, losestados financieros. i) Ejercer las demás atribuciones que le otorgue el Di- rectorio mediante poder especial." Artículo 2º.- Derogación Deróguese el artículo 14º del Estatuto del Banco de la Nación, aprobado por Decreto Supremo Nº 07-94-EF. Artículo 3º.- Refrendo y Vigencia El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y rige a partir de la fechade su publicación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de agosto del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 15363GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Ordenanza Nº 014-2004-CR/GOB.REG.TACNA.- Modifican la Ordenanza Regional Nº 003-2004-CR/GOB.REG.TACNA, que declara de interés público la ejecución del Programa deVivienda "Vivienda Regional" 275143 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Res. Nº 001-2004-MML/CEPRI LIMA.- Adjudican conce- sión de la ejecución de la infraestructura de plantas de revisio-nes técnicas y explotación del servicio de revisiones técnicas vehiculares al Consorcio IVESUR S.A. - LIDERCON SL. 275144 MUNICIPALIDAD DE ATE R.A. Nº 1092.- Rectifican la R.A. Nº 0672, sobre designación de Ejecutor y Auxiliares Coactivos 275145MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Ordenanza Nº 022-MDPP.- Aprueban Reglamento Interno del Concejo 275146 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Ordenanza Nº 084-MSI.- Derogan numerales de artículo 3º del Reglamento Interno del Concejo 275150 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ILO Acuerdo Nº 53-2004-MPI.- Aclaran Acuerdo de Concejo Nº 25-2004-MPI, que declaró en situación de urgencia la adquisi- ción de insumos para el Programa Vaso de Leche 275150