Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2004 (24/08/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 24 de agosto de 2004

los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion, y demas actuados; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27491 se autorizo, para el ano 2002, la realizacion del Concurso Publico para Nombramientos de Docentes a nivel nacional; Que, con tal finalidad, en el Centro Educativo "Santa MORDAZA de Viterbo" de MORDAZA, se designo al Comite Especial de Evaluacion integrado, entre otras personas, por Luz MORDAZA Manchego MORDAZA, Directora del Centro Educativo y hermana de la MORDAZA de la postulante a una Plaza Vacante en el mismo Centro Educativo, Zarela MORDAZA MORDAZA Manchego, configurandose la relacion de parentesco por consanguinidad en linea colateral previsto en el Art. 236º del Codigo Civil; Que, por Oficio Nº 009/DCPSRV/DUSE/AN/2002, de fecha 18 de febrero de 2002, la Directora del Centro Educativo "Santa MORDAZA de Viterbo" de MORDAZA, elevo la propuesta de nombramiento de la docente Zarela MORDAZA MORDAZA Manchego en la Plaza Vacante en el Nivel Inicial en dicho Colegio Parroquial; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 3384, de fecha 17 de MORDAZA de 2002, emitida por la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA, se nombro a partir del 27 de marzo de 2002, a Zarela MORDAZA MORDAZA Manchego, como profesora de Aula, modalidad Inicial en el Centro Educativo "Santa MORDAZA de Viterbo" de MORDAZA, en aplicacion de la Ley Nº 27491; Que, por disposicion del Articulo 1º. de la Ley Nº 26771, concordado con el Decreto Supremo Nº 021-2000-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 017-2002-PCM, Reglamento de la Ley Nº 26771, existe la prohibicion de ejercer la facultad de nombramiento y contratacion de personal en el Sector Publico en los casos de parentesco, no solamente cuando existe presuncion de nepotismo, sino tambien cuando existiera injerencia indirecta para el nombramiento, lo que ha ocurrido en el presente caso; Que, por otro lado, el Art. 173º del Decreto Supremo. Nº 019-90-ED, Reglamento de la Ley del Profesorado, dispone que no pueden integrar el Comite de Evaluacion, los parientes del evaluado hasta el MORDAZA grado de afinidad y MORDAZA de consanguinidad, en estos casos deben inhibirse; Que, en tal sentido, la Resolucion Directoral Nº 3384, de fecha 17 de MORDAZA de 2002, se ha emitido en contravencion a la Ley Nº 26771, y a su Reglamento (D.S. Nº 021-2000-PCM, modificado por D.S. Nº 017-2002-PCM), por lo que dicha resolucion deviene en nula, conforme a lo prescrito en el Inc. 1) del Art. 10º de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444; Con lo opinado por la Oficina de Asesoria Juridica, mediante el Informe Nº 1030-2004-ME/SG-OAJ; y, De conformidad con el Art. 47º de la Constitucion Politica del Estado y el Art. 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico, Encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion, para que interponga las acciones judiciales correspondientes que determinen la declaracion de Nulidad de la Resolucion Directoral Nº 3384, de fecha 17 de MORDAZA de 2002, emitida por la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA, que nombro a Zarela MORDAZA MORDAZA Manchego, en el cargo de profesora de Aula, modalidad Inicial en el Centro Educativo "Santa MORDAZA de Viterbo" de Arequipa; sin perjuicio de las medidas cautelares que la Ley le faculta y que posibiliten el aseguramiento del pago de la reparacion civil. Articulo 2º.- Remitir a la Procuraduria Publica del Sector, los antecedentes de la presente Resolucion, para su conocimiento y fines consiguientes. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Oficina de Control Institucional del Ministerio de Educacion, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 15334

JUSTICIA
Designan representante del Ministro de Justicia ante el Consejo Nacional de Derechos Humanos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 393-2004-JUS MORDAZA, 23 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 015-2001-JUS de fecha 27 de MORDAZA de 2001 se aprobo el Reglamento del Consejo Nacional de Derechos Humanos, organismo del Estado encargado de promover, coordinar y difundir la tutela y vigencia de los derechos fundamentales de la persona, y de asesorar al Poder Ejecutivo en dicha materia; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 6º del indicado Reglamento, el Consejo Nacional de Derechos Humanos esta integrado entre otros, por el Ministro de Justicia o su representante, quien lo presidira; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 175-2004-JUS, de fecha 26 de marzo de 2004, se designa al senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Justicia, como representante del Ministro de Justicia; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 194-2004-JUS publicada el 21 de agosto de 2004 se resolvio aceptar, la renuncia formulada por el senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Viceministro de Justicia; Que, es conveniente designar al funcionario que en representacion del Ministro de Justicia, presida el Consejo Nacional de Derechos Humanos; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, y el Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 015-2001-JUS, Reglamento de Organizacion y Funciones del Consejo Nacional de Derechos Humanos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 175-2004-JUS. Articulo 2º.- Designar a partir de la fecha, a la senora abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA Macchiavello Casabonne, Viceministra de Justicia, como Representante del Ministro de Justicia ante el Consejo Nacional de Derechos Humanos, quien como tal ejercera su presidencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Ministro de Justicia 15355

Designan representante del Sector ante el Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 394-2004-JUS MORDAZA, 23 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 057-2001-PCM, de fecha 21 de MORDAZA de 2001, se creo el Consejo Nacional de Desarrollo de Fronteras, encargado de proponer la politica de Estado en materia de desarrollo fronterizo y de promover, coordinar y evaluar su cumplimiento; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 3º, del mencionado Decreto Supremo, el Consejo estara integrado por un Viceministro de cada Sector del Poder Ejecutivo, quienes seran nombrados por Resolucion Ministerial del Sector que representan;

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