Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2004 (24/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, martes 24 de agosto de 2004

NORMAS LEGALES

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Aprueban operacion de endeudamiento externo a ser acordada con el Gobierno de EE.UU., destinada a financiar la adquisicion de trigo
DECRETO SUPREMO Nº 119-2004-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 20º de la Ley Nº 28130, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, se autoriza al Gobierno Nacional a acordar o garantizar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto equivalente a US$ 2 282 000 000,00 (DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS); Que, en el MORDAZA de la citada autorizacion, la Republica del Peru acordara una operacion de endeudamiento externo con el Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA, hasta por US$ 6 000 000,00 (SEIS MILLONES Y 00/ 100 DOLARES AMERICANOS), destinada a financiar la Adquisicion de Trigo, bajo el Programa PL-480 de los Estados Unidos de MORDAZA y de acuerdo con los terminos y condiciones previstos en el Convenio para la Venta de Productos Agricolas a ser suscrito entre las partes; Que, tal endeudamiento se efectuara con cargo al literal b) del articulo 20º de la Ley Nº 28130, Subprograma "Sectores Sociales"; Que, la indicada operacion de endeudamiento externo ha cumplido con los requisitos establecidos en el articulo 7º de la Ley Nº 28130; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion General de Credito Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, asimismo, la Contraloria General de la Republica ha informado previamente sobre la citada operacion de endeudamiento externo, en aplicacion del literal l) del articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28130; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion y condiciones de la operacion Apruebase la operacion de endeudamiento externo a ser acordada entre la Republica del Peru y el Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA, a traves del Commodity Credit Corporation, hasta por US$ 6 000 000,00 (SEIS MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), destinadas a financiar la Adquisicion de Trigo, bajo el Programa PL-480 de los Estados Unidos de MORDAZA y de acuerdo con los terminos y condiciones previstos en el Convenio para la Venta de Productos Agricolas a ser suscrito entre las partes. La operacion de endeudamiento externo sera cancelada en veintiseis (26) cuotas anuales, aproximadamente iguales, venciendo la primera cuota de amortizacion cinco (5) anos despues de la fecha de la MORDAZA entrega de productos en cada ano calendario, devengando una tasa de interes del 1% anual. Articulo 2º.- Unidad ejecutora La Unidad Especial PL-480, dependiente del Ministerio de Economia y Finanzas, se encargara del manejo economico, financiero y administrativo de la importacion de alimentos bajo el Programa PL-480 de los Estados Unidos de MORDAZA, de acuerdo con los terminos y condiciones previstos en el Convenio para la Venta de Productos Agricolas a ser suscrito entre las partes. Articulo 3º.- Aranceles e impuestos Todos los aranceles e impuestos que deban pagarse por la importacion del trigo cuya adquisicion se financia en el MORDAZA de la operacion de endeudamiento externo objeto del presente Decreto Supremo, seran depositados conjun-

tamente con los recursos que se generen por la comercializacion del citado producto en la cuenta especial que para tal efecto MORDAZA la Direccion General del Tesoro Publico, y seran utilizados para los fines del Convenio para la Venta de Productos Agricolas a ser suscrito entre las partes. Articulo 4º.- Suscripcion de documentos Autorizase al Ministro de Economia y Finanzas o a quien el designe, a suscribir, en representacion de la Republica del Peru, el Convenio para la Venta de Productos Agricolas que incorpora la operacion de endeudamiento externo que se aprueba en el articulo 1º de esta MORDAZA legal; asi como al Director General de Credito Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir los documentos que se requieran para implementar la citada operacion. Articulo 5º.- Servicio de la deuda El servicio de amortizacion, intereses, comisiones y demas gastos que ocasione la presente operacion de endeudamiento externo que se aprueba mediante el articulo 1º de la presente MORDAZA legal, sera atendido por el Ministerio de Economia y Finanzas con cargo a las previsiones presupuestales para el servicio de la deuda publica. Articulo 6º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de agosto del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 15362

Designan Viceministro de Hacienda
RESOLUCION SUPREMA Nº 078-2004-EF MORDAZA, 23 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Suprema Nº 402-2001EF del 1 de agosto de 2001 se designo al senor MORDAZA Burneo MORDAZA, en el cargo de Viceministro de Hacienda del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, el mencionado funcionario ha formulado renuncia al cargo que venia desempenando; Que, en tal sentido es necesario aceptar su renuncia y designar al funcionario encargado de reemplazarlo; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 1º de la Ley Nº 27594; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el senor MORDAZA Burneo MORDAZA, al cargo de Viceministro de Hacienda del Ministerio de Economia y Finanzas, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados al Estado. Articulo 2º.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ugarte, en el cargo de Viceministro de Hacienda del Ministerio de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 15364

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