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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (03/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 50

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G31/G35/G39/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 3 de diciembre de 2004 Que, en razón de lo anterior, la Comisión Nacional de la Juventud CNJ, ha visto necesaria la realización de una Reunión de Trabajo denominada "Insumos para la construcción de lineamientos de trabajo de la Organiza- ción Iberoamericana de Juventud OIJ, del 2005 al 2006", a llevarse a cabo durante los días 3 y 4 de diciembre del presente en la ciudad del Cusco, evento que tiene finali- dad de recopilar los insumos necesarios para formular las líneas de acción que deberá seguir la Organización Iberoamericana de Juventud (OIJ), durante el período antes mencionado. Que, debido a la referida reunión de trabajo ha de convocar a los distintos Representantes Iberoamericanos de los Estados Miembros de la Organización Iberoame- ricana de Juventud (OIJ), es menester el brindar el re- conocimiento respectivo al citado evento internacional; De conformidad con los artículos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2001-RE, así como el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Oficializar la Reunión de Trabajo de los Ministros de Juventud de Iberoamérica "Insumos para la Construcción de Lineamientos de Trabajo de la Orga- nización Iberoamericana de Juventud (OIJ), del 2005 al 2006", a realizarse en la ciudad de Cusco, los días 3 y 4 de diciembre de 2004. Artículo 2º.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relacio- nes Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 21940 SALUD /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G20/G64/G65 /G72/G65/G6D/G69/G74/G69/G72/G20/G6F/G66/G65/G72/G74/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G65/G6D/G70/G6C/G65/G6F/G20/G61/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61 /G52/G65/G64/G20/G43/G49/G4C/G20/G50/G72/G6F/G65/G6D/G70/G6C/G65/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1126-2004/MINSA Lima, 24 de noviembre del 2004CONSIDERANDO:Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 012-2004-TR, Reglamento de la Ley Nº 27736, todo Organismo Público y Empresa del Estado está obligado a remitir al Programa Red CIL Proe- mpleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo las ofertas de puestos públicos que tengan previsto con- cursar, con excepción de las relativas a puestos clasifi- cados como de confianza, a efecto de que dichas ofer- tas de puestos públicos se difundan bajo el mecanismo que señala la referida norma; Que de acuerdo a lo establecido en el citado Regla- mento, mediante resolución del titular de la entidad públi- ca correspondiente, debe designarse al funcionario res- ponsable de remitir la información correspondiente al mencionado programa del Ministerio de Trabajo y Pro- moción del Empleo; Estando a las visaciones de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos y Oficina General de Asesoría Jurídica; Con la visación del Viceministro de Salud; y, De conformidad con la Ley Nº 27736, Decreto Supre- mo Nº 012-2004-TR y literal l) del Artículo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Administración de Recursos Huma- nos de la Oficina General de Gestión de Recursos Hu-manos, como responsable de remitir, cuando corres- ponda, las ofertas de empleo al Programa Red CIL Proe- mpleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese y comuníquese.PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 21834 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G65/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65 /G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G71/G75/G69/G70/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G63/GF3/G6D/G2D /G70/G75/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 302-2004-TR Lima, 29 de noviembre de 2004VISTOS: El Oficio Nº 1653-2004-MTPE/SG/OA, del 29 de noviembre de 2004, el Informe Nº 094-2004-OEI- OINF, del 26 de noviembre de 2004, el Informe Nº 271- 2004-OPP-OPRE, del 29 de noviembre de 2004, y el Informe Nº 073-2004-MTPE/OAJ, de la Oficina de Ase- soría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Informe Nº 094-2004-OEI-OINF, del 26 de noviembre de 2004, expedido por la Oficina de Estadís- tica e Informática, establece con relación al requerimien- to de sistemas operativos para computadoras, el soft- ware del Sistema Operativo Microsoft Windows, con un total de 89 Licencias Open Gobierno OLP de Microsoft Windows XP Profesional en Español con 2 Medias Mag- néticas (CD) de Instalación; Que, se consigna en el citado informe que el perso- nal de la Entidad se encuentra familiarizado con el uso del Sistema Operativo Microsoft Windows, además de encontrase estandarizado su uso dentro del Ministerio de Trabajo y P.E., por lo consideran que éstas corres- ponden a bienes que no admiten sustitutos; Que, en ese orden, este informe indica que el uso del sistema operativo Microsoft Windows permitirá que los equipos de computo del Ministerio de Trabajo y Promo- ción del Empleo cuenten con las licencias de uso co- rrespondientes; Que, en el Informe Nº 094-2004-OEI-OINF se esta- blecen consideraciones de carácter técnico que sus- tentarían la necesidad de utilizar el referido sistema ope- rativo para computadoras; Que, las licencias de Microsoft Windows (i) asegu- ran la compatibilidad de los ficheros actualmente en uso y (ii) limitan los costos en capacitaciones suplementa- rias, atendiendo a su uso generalizado en el Sector Pú- blico; Que, de otra parte, mediante Informe Nº 271-2004- OPP-OPRE, la Oficina de Presupuesto establece que dicha adquisición cuenta con disponibilidad presupues- tal, la misma que asciende al monto máximo de S/. 91 128,00 (Noventa y Un Mil Ciento Veintiocho y 00/100 Nuevos Soles), en la Fuente de Financiamiento: Recur- sos Ordinarios y/o Recursos Directamente Recauda- dos, correspondiente al mes de noviembre; Que, el artículo 19º inciso f) del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, prescribe que están exonerados de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se reali- cen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos, sin establecer un requisito adicional sino que éstos ten- ga esta calidad, la que tiene que ser determinada por el área usuaria u órgano técnico especializado de la Enti-