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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G31/G36/G30/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 3 de diciembre de 2004 vo de cotizaciones y acta de otorgamiento de la buena pro, con el objeto de regularizar la compra efectuada almargen de las disposiciones referentes a Adquisiciones y Contrataciones Estatales; hechos que constituyen in- dicios razonables que hacen presumir la comisión deldelito de Falsificación Ideológica, previsto y penado por el Artículo 428º del Código Penal vigente; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del Art. 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, cons- tituye atribución de este Organismo Superior de Control,disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que la ejecución directa de una acción decontrol se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contralo-ría General de la República, el inicio de las acciones legales respectivas contra los responsables compren- didos en el Informe de Visto, y; De conformidad con lo establecido en el literal d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Siste- ma Nacional de Control y de la Contraloría General de laRepública, el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Pú- blico a cargo de los asuntos judiciales de la ContraloríaGeneral de la República, para que en nombre y en representación del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntosresponsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndose para el efecto los antecedentes correspon- dientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 21901 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G61/G67/G72/G61/G76/G69/G6F/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G2D /G79/G6C/G6C/G6F/G6D/G61 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 490-2004-CG Lima, 30 de noviembre de 2004 VISTO, el Informe Especial Nº 232-2004-CG/ORAR, resultante del Examen Especial practicado a la Munici-palidad Provincial de Caylloma, por el período compren- dido del 01.Ene.01 al 31.Dic.02; y, CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de su Plan Anual de Control para el ejercicio 2003, la Oficina Regional de Control de Arequipa de la Contraloría General de la República, efec- tuó una Acción de Control a la Municipalidad Provincialde Caylloma a través del Oficio Nº 2125-2003-CG/DC de fecha 24.Nov.03; Que, como resultado de la acción de control practica- da, la Comisión Auditora ha determinado que en el pro- ceso de contratación del proveedor para la edificación del techo con estructura metálica de la obra “Construc-ción del Terminal Terrestre de la ciudad de Chivay”, se omitió llevar a cabo el proceso de selección correspon- diente; se firmó un mismo contrato dos veces modifican-do el valor inicialmente pactado, se otorgaron adelantos sin exigir la presentación de la garantía correspondien- te; asimismo, no obstante que la obra sufrió un atraso de57 días hábiles sin justificación, no se aplicó la penalidad correspondiente por S/. 7 279,76, que ameritaba la reso- lución del contrato suscrito; se procedió a pagar unasuma mayor al citado proveedor respecto a la determi- nada en la valorización por S/. 26 087,64; constituyendolos hechos expuestos indicios razonables que hacen presumir la comisión de los delitos de Colusión Ilegal y Abuso de Autoridad en la modalidad de Incumplimientode Funciones, previstos en los artículos 384º y 377º del Código Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del artículo 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, cons- tituye atribución de este Organismo Superior de Control,disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que la ejecución directa de una acción decontrol se encuentre presunción de ilícito penal, corres- pondiendo autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de laRepública, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con lo establecido en el literal d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Siste- ma Nacional de Control y de la Contraloría General de laRepública, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modifi- catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Pú- blico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y repre- sentación del Estado, inicie las acciones legales por loshechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndose para tal efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, publíquese y archívese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 21899 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G20/G70/G65/G72/G6A/G75/G69/G63/G69/G6F/G65/G63/G6F/G6E/GF3/G6D/G69/G63/G6F/G20/G6F/G63/G61/G73/G69/G6F/G6E/G61/G64/G6F/G20/G61/G6C/G20/G43/G54/G41/G52/G20/G41/G79/G61/G63/G75/G2D/G63/G68/G6F/G20/G79/G20/G61/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G54/G61/G63/G6E/G61 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 494-2004-CG Lima, 30 de noviembre de 2004 VISTO; el Informe Especial Nº 236-2004-CG/ZN, re- sultante del Examen Especial practicado al Consejo Tran- sitorio de Administración Regional Ayacucho - CTAR Aya-cucho, por el período comprendido de enero del 2002 a diciembre del 2002, incluyendo operaciones anteriores y posteriores al período citado; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República, en cum- plimiento del Plan Anual de Control del 2003 de la enton-ces Gerencia de Gobiernos Regionales, dispuso la eje- cución de una acción de control en el Consejo Transi- torio de Administración Regional Ayacucho - CTARAyacucho, orientado a determinar si los recursos finan- cieros y patrimoniales fueron utilizados adecuadamente en concordancia con los objetivos de la entidad y deacuerdo a la normativa aplicable, siendo uno de los obje- tivos específicos de la acción de control, evaluar la im- plementación de mecanismos adecuados de control, conel fin de salvaguardar los bienes de la entidad; Que, como resultado de la acción de control practica- da, la Comisión Auditora ha determinado que el accionarnegligente por parte de ex funcionarios y funcionarios de la Dirección Regional de Agricultura - Ayacucho, ocasio- naron que un vehículo otorgado a través de Conveniode Cesión en Uso al Comando Político Militar Ayacucho,