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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (03/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 67

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G31/G36/G30/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 3 de diciembre de 2004 sea devuelto en estado de chatarra, al no velar por el cumplimiento de las disposiciones establecidas en elconvenio celebrado, así como, al suscribir su prórroga cuando el vehículo se encontraba siniestrado, sin que se verifique dicha situación; hechos antes expuestosque han ocasionado perjuicio económico a la entidad, hasta por el monto de S/. 16 025,91, el cual debe ser resarcido, de conformidad con el artículo 1321º del Có-digo Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica delSistema Nacional de Control y de la Contraloría Gene- ral de la República, constituye atribución de este Orga- nismo Superior de Control, disponer el inicio de las ac-ciones legales pertinentes en forma inmediata, por par- te del Procurador Público, en los casos que en la ejecu- ción directa de una acción de control se encuentre dañoeconómico o presunción de ilícito penal, correspondien- do autorizar al Procurador Público a cargo de los asun- tos judiciales de la Contraloría General de la República,el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con lo establecido en el literal d) del artículo 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República - LeyNº 27785, los Decretos Leyes Nº 17537 y sus modifi- catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Pú- blico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y represen- tación del Estado, inicie las acciones legales por los he-chos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndose para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 21903 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 495-2004-CG Lima, 30 de noviembre de 2004 VISTO; el Informe Especial Nº 237-2004-CG/ORAR, resultante del Examen Especial efectuado al Gobierno Regional Tacna, por la ejecución de la obra “AsfaltadoCalle Intermedia Mz. D y Adecuación de Instalación de Agua y Desagüe en las Mz. D y E Zona Auxiliar Parque Industrial Tacna” que culminó en julio del 2003; CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República, a través del Oficio Nº 1422-2003-CG/DC de fecha 08.AGO.2003, dispuso una acción de control al Gobierno Regional Tac-na, teniendo como objetivo determinar si la administración del Gobierno Regional Tacna, en el proceso de ejecu- ción de la obra “Asfaltado Calle Intermedia Mz. D y Ade-cuación de Instalación de Agua y Desagüe en las Mz. D y E Zona Auxiliar Parque Industrial Tacna”, ha dado cum- plimiento a los objetivos y metas previstos, en obser-vancia de la normativa legal aplicable; Que, como resultado de la acción de control practica- da, la Comisión Auditora ha determinado que en la ejecu-ción de los trabajos de pavimentación de la citada obra, los trabajos se realizaron sin el debido control y supervi- sión de la cantidad, características de los materialesempleados y de los métodos constructivos seguidos, ocasionando que la obra presentara deficiencias cons- tructivas que para ser revertidas requiere se realicentrabajos de rehabilitación a la estructura de pavimento mediante la colocación de una capa de refuerzo, cuyo costo asciende a S/.54 036,79; hechos antes expuestosque constituyen perjuicio económico irrogado a la enti-dad que requiere ser resarcido, de conformidad con el artículo 1321º del Código Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del artículo 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, cons-tituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, enlos casos en que la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar al ProcuradorPúblico a cargo de los asuntos judiciales de la Contralo- ría General de la República, el inicio de las acciones legales respectivas contra los responsables compren-didos en el Informe de Visto; y, De conformidad con establecido en el literal d) del artículo 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional deControl y de la Contraloría General de la República, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Pú- blico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y repre- sentación del Estado, inicie las acciones legales por loshechos expuestos, contra los responsables comprendi- dos en el Informe de Visto, remitiéndose para tal efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 21904 J N E /G49/G6E/G73/G63/G72/G69/G62/G65/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G45/G6E/G63/G75/G65/G73/G74/G61/G64/G6F/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G46._/G61/G63/G75/G6C/G2D /G74/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G43/G69/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G4A/G6F/G72/G67/G65/G20/G42/G61/G73/G61/G64/G72/G65/G47/G72/G6F/G68/G6D/G61/G6E/G6E/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G45/G6C/G65/G63/G74/G6F/G72/G61/G6C/G20/G64/G65 /G45/G6E/G63/G75/G65/G73/G74/G61/G64/G6F/G72/G61/G73 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES RESOLUCIÓN Nº 208-2004-JNE Expediente Nº 738-2004-Inscripción Lima, 7 de octubre de 2004 VISTA, la solicitud de inscripción de la Encuestadora de la Facultad de Ciencias Administrativas de la Univer- sidad Nacional Jorge Basadre Grohmann denominada "Centro de Estudios Económicos y Sociales" en el Regis-tro Electoral de Encuestadoras del Jurado Nacional de Elecciones, presentada por Gerónimo Víctor Damián López, Director del Centro de Estudios Económicos ySociales de la mencionada facultad; CONSIDERANDO:Que sólo podrá publicarse o difundirse en los medios de comunicación el resultado de las encuestas electora-les elaboradas por las personas o instituciones que es- tén debidamente inscritas ante el Jurado Nacional de Elecciones, de conformidad con lo establecido en el ar-tículo 18º de la Ley Nº 27369; Que, mediante Resolución Nº 142-2001-JNE de fe- cha 8 de febrero del año 2001, se ha creado el RegistroElectoral de Encuestadoras para la inscripción de todas aquellas personas o instituciones que realicen o deseen realizar encuestas, sondeos de opinión o proyeccionesde cualquier naturaleza relacionadas con la intención del voto de los ciudadanos en los procesos electorales; Que, la Encuestadora solicitante ha cumplido con los requisitos que se exige para la inscripción en el Registro Electoral de Encuestadoras, como son: a) solicitud diri-