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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G33/G35/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 15 de diciembre de 2004 EDUCACIÓN /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G46/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G61/G73 /G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G6C/G69/G65/G2D /G67/G6F/G20/G30/G31/G30/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G64/G75/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61 /G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G34/G2C/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G47/G6F/G2D/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G73/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0618-2004-ED Lima, 30 de noviembre de 2004 CONSIDERANDOQue, mediante la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, se aprobó elPresupuesto del Sector Público correspondiente al año fiscal 2004; Que, por Resolución Ministerial Nº182-2003-ED, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Plie- go 010 Ministerio de Educación para el Año Fiscal 2004 por la suma de MIL NOVECIENTOS SESENTA Y NUE-VE MILLONES NOVENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS TREINTA Y OCHO Y 00/100 NUEV OS SOLES (S/. 1 969 095 538,00) por toda fuente de financiamiento; Que, la Primera Disposición final de la Ley Nº 28349 autoriza una Transferencia Presupuestaria dentro del Pliego 010: Ministerio de Educación y en los Pliegos delos Gobiernos Regionales de los Programas de Educa- ción Inicial, Primaria y Secundaria, hasta por un monto de Treinta y Dos Millones y 00/100 nuevos soles (S/.32,000,000.00) a las Unidades de Gestión Educativa Local del país, en una proporción de dos tercios para el interior del país y un tercio para Lima Metropolitana. Lasreferidas Transferencias para el caso de los Gobiernos Regionales serán efectuadas por Transferencias Finan- cieras, su utilización deberá efectuarse para financiarlos bienes y servicios asociados al mantenimiento y re- paración de infraestructura educativa; Que la Ley Nº 28254 autoriza al Titular del Ministerio de Educación para que mediante Resolución efectúe las transferencias financieras necesarias a las correspon- dientes direcciones regionales de los Gobiernos Regio-nales; Que, mediante Memorando Nº 187-2004-ME-SPE- UP, la Unidad de Presupuesto consigna la cifra de S/.3´441,738.00 de recursos financieros a transferir a los Gobiernos Regionales de Amazonas, Apurímac, Are- quipa, Ayacucho, Cuzco, Huancavelica, Ica, Junín, LaLibertad, Loreto, Pasco, Piura y Ucayali, de acuerdo a criterios establecidos por el Círculo de Mejora de la Ca- lidad del Gasto, según Anexo 01; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 38º de la Ley Nº 27209, Ley de Gestión Presupuestaria del Es- tado, Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del SectorPúblico para el Año Fiscal 2004, y la Ley Nº 28197, que autoriza un Crédito Suplementario a favor del Sector Educación para el Año Fiscal 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar las Transferencias Financie- ras, del Presupuesto Institucional del Pliego 010 Ministe- rio de Educación para el Año Fiscal 2004, Unidad Ejecu-tora 024 - Sede Central del Pliego Ministerio de Educa- ción con cargo a los Programas 026 Educación Inicial, 027 Educación Primaria, 028 Educación Secundaria dela Fuente de Financiamiento 00 Recursos Ordinarios, Grupo Genérico del Gasto 4 Otros Gastos Corrientes, Medidas de Aplicación 21,Transferencia a los Gobier-nos Regionales, Específica del Gasto 40, Subvenciones Sociales, hasta por un monto de (S/.3´441,738.00) TRES MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTIUN MIL SE-TECIENTOS TREINTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES que serán utilizados exclusivamente para el mantenimiento y reparación de Infraestructura Educati-va. Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina de Administración del Ministerio de Educación para que en función de losCalendarios de Compromisos aprobados para el pre- sente ejercicio presupuestal 2004, ponga dichos recur-sos a disposición de las Unidades Ejecutoras respecti- vas de los Gobiernos Regionales de acuerdo a lo si- guiente: UE Entidad Inicial Primaria Secundaria TOTAL Gobierno Regional de Amazonas 256,650 724 - Educación Amazonas 134,665 121,985 -.- 256,650 Gobierno Regional de Apurímac 265,000 753 - Educación Apurímac 21,356 183,365 60,279 265,000 Gobierno Regional de Arequipa 265,000 1104 - Educación Arequipa Sur 12,500 48,500 204,000 265,000 Gobierno Regional de Ayacucho 265,000 773 - Educación Ayacucho 28,000 54,000 1043 - Educación Lucanas 10,000 38,000 1043 - Educación Sara Sara 10,000 125,000 48,000 217,000 265,000 Gobierno Regional de Cusco 201,937 796 - Educación Cusco 5,85571,051 41,300 1107 - Educación La Convención 11,980 26,960 14,230 1105 - Educación Canchis -.- 16,891 13,670 17,835 114,902 69,200 201, 937 Gobierno Regional de Huancavelica 264,215 802 - Educación Huancavelica 40,845 114,221 77,945 1051 - Educación Catrovirreyna-Huaytara -.- -.- 31,204 40,845 114,221 109,149 264,215 Gobierno Regional de Ica 265,000 816 - Educación Ica 5,00015,000 60,000 1013 - Educación Palpa - Nazca 7,00028,000 50,000 1012 - Educación Chincha - Pisco 22,500 64,700 12,800 34,500 107,700 122,800 265,000 Gobierno Regional de Junín 263,290 822 - Educación Junín 117,860 59,121 86,309 263,290 Gobierno Regional de La Libertad 100,000 - Educación La Libertad 838 - Educación Gran Chimu 4,51820,755 24,727 836 - Educación Pacasmayo 19,500 22,500 8,000 24,018 43,255 32,727 100,00 Gobierno Regional de Loreto - Educación Loreto 868 - Educación Alto Amazonas 67,000 433,000 -.- 500.00 Gobierno Regional de Pasco 265,000 888 - Educación Pasco 115,111 45,391 -.- 1113 - Educación Oxapampa 17,280 59,938 27,280 132,391 105,329 27,280 265,000 Gobierno Regional de Piura 265,646 896 - Educación Piura 46,833 59,841 158,972 265,646 Gobierno Regional Ucayali 265,000 949 - Educación Ucayali 50,209 126,229 88,562 265,000 TOT AL S/. 3´441,738 Artículo 3º.- La Oficina de Administración del Minis- terio de Educación remitirá copia de la presente Resolu-ción, dentro de los cinco (5) días calendario posteriores de su publicación a los Gobiernos Regionales involucra- dos para su conocimiento y aplicación. Regístrese y comuníquese. JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 22640 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G20/G72/G65/G66/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G20/GED/G74/G65/G6D /G64/G65/G20/G6C/G69/G63/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G64/G65/G20/G6D/G61/G74/G65/G72/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G61/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G6C/G66/G61/G62/G65/G74/G69/G2D /G7A/G61/G64/G6F/G72/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0640-2004-ED Lima, 14 de diciembre de 2004