Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2004 (15/12/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 15 de diciembre de 2004

Cesion de Derechos suscrito el 16 de diciembre de 2002 entre EMPRESA PESQUERA MAR S.A.C. y la Empresa HOPE TRADING S.A.C.; en sus solicitudes, con el fin de cumplir los requisitos del MORDAZA, presentaron contratos de Opcion de Compra, en los que actua como Vendedor el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle: - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en calidad de Vendedor y ESTABLECIMIENTO MORDAZA S.A.C. en calidad de Comprador, de una Embarcacion de 350.03 m3 de capacidad de Bodega valorizado en U.S.$ 755,000.00. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en calidad de Vendedor con DAYANA MORDAZA MORDAZA en calidad de Compradora, de una Embarcacion de 400.03 m3 de capacidad de Bodega valorizado en U.S.$ 988,000.00 Que, los Contratos senalados previamente y que sirvieron de sustento para la expedicion de la Resolucion Directoral Nº 253-2003-PRODUCE/DNEPP de fecha 22 de agosto de 2003, asi como de otros Actos Administrativos ligados a esta Resolucion, evidenciarian que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA es propietario de embarcaciones valorizadas en US$ 1'743,000.00 dolares americanos, no obstante ello se ha determinado a traves del Oficio Nº 176-2004Z.R.Nº VII-ORCH/JEF de la SUNARP, que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA no registra propiedades en el Registro de Propiedad Inmueble (Embarcaciones Pesqueras), asi mismo esta persona pese al requerimiento efectuado por la Comision Auditora, no ha demostrado la propiedad de estas Embarcaciones, ni la solvencia economica que evidencie estas propiedades, pese habersele entregado la comunicacion en su domicilio ubicado en MORDAZA El MORDAZA, a lo que hay que agregar que la indicada persona no cuenta con RUC emitido por la SUNAT; Que, si bien a traves de la R.D. Nº 410-2003-PRODUCE/DNEPP se deja sin efecto la autorizacion de incremento de flota otorgada a la senora DAYANA MORDAZA MORDAZA mediante la R.D. Nº 253-2003-PRODUCE/ DNEPP, modificada por la R.D. Nº 308-2003-PRODUCE/ DNEPP; por la antedicha R.D. Nº 410-2003-PRODUCE/ DNEPP, se otorga a PESQUERA MAR Y MORDAZA SAC autorizacion para la construccion y/o adquisicion de una nueva embarcacion pesquera de 330.03 m3 de capacidad de bodega, coincidentemente con el contrato de opcion de Compra del 3 de noviembre de 2003 entre MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con PESQUERA MAR Y MORDAZA SAC valorizado en U.S.$ 780,000.00; Que, en la Hoja de Recomendacion de visto se ha determinado que los hechos senalados hacen presumir la existencia de indicios razonables de comision de delito por parte de los administrados, previsto y penado en el Art. 427º del Codigo Penal, lo cual determina la nulidad de los actos administrativos expedidos al MORDAZA de esta documentacion fraguada, asi como de todos los actos ligados a el, por lo que de conformidad a lo normado en el Art. 32º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, que senala, entre otros aspectos, que de comprobarse fraude o falsedad en la documentacion presentada por el administrado, la autoridad jerarquicamente superior, declarara la nulidad del acto administrativo sustentado en dicho documento e impondra a quien lo MORDAZA empleado, una multa en favor de la entidad entre dos y cinco Unidades Impositivas Tributarias vigentes a la fecha de pago; y, ademas, si la conducta se adecua a los supuestos previstos en el Titulo XIX Delitos contra la Fe Publica del Codigo Penal, esta debera ser comunicada al Ministerio Publico para que interponga la accion penal correspondiente; Que, sin perjuicio de lo expresado previamente, en el Informe de visto se ha evidenciado irregularidades en la tramitacion de los expedientes que generaron la expedicion de las Resoluciones Directorales observadas, lo cual debe ser investigado por el Organo de Control Institucional; Que, de otro lado el representante legal de la Empresa Pesquera Mar SAC, en sus escritos de vistos, ha solicitado la nulidad de los Actos Administrativos indicados, asi como de otros ligados a estos, manifestando hechos que harian presumir acciones irregulares cometidas por los administrados y terceros, para la obten-

cion de los derechos otorgados a traves de las Resoluciones Directorales observadas, por lo que es necesario que los argumentos esgrimidos por el indicado Representante Legal MORDAZA de conocimiento de la Procuradora Publica a cargo de los asuntos del Ministerio de la Produccion, para las acciones legales que considere adecuadas; Que, atendiendo a la recomendacion de la Hoja de Recomendacion y del Informe de vistos, es necesario adoptar las acciones pertinentes en resguardo de la seguridad juridica de los Actos Administrativos emitidos, autorizando a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos del Ministerio de la Produccion, a fin de que interponga las acciones judiciales pertinentes; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, en uso de las atribuciones conferidas por el literal i) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE y modificatoria; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar, a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos del Ministerio de la Produccion a fin de que interponga e impulse las acciones legales pertinentes, ante el Poder Judicial, contra las personas, que en calidad de administrados o terceros, resulten responsables de los hechos senalados en la Hoja de Recomendacion e Informe de vistos. Articulo Segundo.- Disponer, que la Oficina General de Auditoria Interna realice un Examen Especial, a las acciones administrativas ejecutadas con relacion a la restitucion de los Derechos de las Embarcaciones Pesqueras y del Establecimiento Industrial Pesquero dispuesta en el Expediente Nº 390-99 por el Poder Judicial, mediante Resoluciones del 10 de MORDAZA de 2003 y 20 de octubre de 2003. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 22559

SALUD
Designan Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Administracion del Hospital Nacional "Hipolito Unanue", Direccion de Salud IV MORDAZA Este
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1199-2004/MINSA MORDAZA, 10 de diciembre del 2004 Visto el Oficio Nº 1403-2004-HNHU-DG y el Memorandum Nº 393-2004-OPP/MINSA; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 849-2003SA/DM, de fecha 21 de MORDAZA de 2003, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones y la modificacion del Cuadro para Asignacion de Personal del Hospital Nacional "Hipolito Unanue" de la Direccion de Salud IV MORDAZA Este; Que se encuentra vacante el cargo de Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Administracion, por lo que resulta conveniente designar al profesional propuesto; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, el articulo 77º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y el articulo 3º de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director Ejecutivo

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