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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G33/G37/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 15 de diciembre de 2004 derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomi- nación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 22512 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 941-2004-MTC/02 Lima, 10 de diciembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,en concordancia con sus normas reglamentarias aproba- das por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públi-cos de los Ministerios, entre otras entidades, la autoriza-ción de viaje se otorgará por Resolución Ministerial delrespectivo Sector, la que deberá ser publicada en elDiario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viajes que no irro- guen gastos al Estado; Que, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fis-cal 2004, dispone restringir al mínimo indispensable losviajes al exterior del país en comisión de servicios, esta- bleciendo que, para el caso del Poder Ejecutivo, éstos serán aprobados por resolución suprema refrendada porel Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro delsector correspondiente, con excepción de los sectoresde Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Turismo,así como de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyo caso se aprobarán por resolución del Titular del Pliegocorrespondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil esejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internaciona-les establecidos en el Convenio de Chicago sobre Avia-ción Civil y poder mantener la calificación de Categoría - I otorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigi-lancia sobre la seguridad operacional a través de la eje-cución de inspecciones técnicas a los explotadores aé-reos en el país, basado en las disposiciones estableci-das en el citado Convenio y en los estándares de la Organización de Aviación Civil Internacional; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, ensu artículo 14º establece que los inspectores debida-mente identificados a que se refiere la Ley son compe-tentes, según su especialidad, para verificar las capaci- dades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronáutica civil; Que, la seguridad y eficiencia de las operaciones aéreas, se verifica, entre otras formas, a través de ins-pecciones técnicas a las estaciones de los explotado-res aéreos ubicadas en el extranjero; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden deInspección Nº 1974-2004-MTC/12.04-SDA designandoal inspector Guillermo Enrique Pastor Albarracín, pararealizar la inspección técnica de la estación de la empre-sa Cielos del Perú S.A., en la ciudad de Bogotá, Repúbli- ca de Colombia, como parte del programa de vigilancia de las operaciones aéreas internacionales, durante losdías 15 al 17 de diciembre del 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General deAeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las fun- ciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento,pueda realizar la inspección técnica a que se contrae laOrden de Inspección Nº 1974-2004-MTC/12.04-SDA; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619 y Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Guillermo Enrique Pastor Albarracín, Inspector de la DirecciónGeneral de Aeronáutica Civil del Ministerio de Trans- portes y Comunicaciones, a la ciudad de Bogotá, Repúbli- ca de Colombia, durante los días 15 al 17 de diciembredel 2004, para los fines a que se contrae la parte conside-rativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente, será con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuer- do al siguiente detalle: Viáticos US$ 600.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspec-tor mencionado en el Artículo 1º de la presente Resolu-ción Ministerial, dentro de los quince (15) días calenda-rio siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar uninforme al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realiza-das y los resultados obtenidos durante el viaje autoriza-do. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomi- nación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 22514 VIVIENDA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G61/G20/G43/G68/G69/G6C/G65 /G70/G61/G72/G61/G20/G61/G73/G69/G73/G74/G69/G72/G20/G61/G6C/G20/G65/G76/G65/G6E/G74/G6F/G20/G22/G4D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G2D/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G56/G69/G76/G69/G65/G6E/G64/G61/G2C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G53/G61/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G75/G70/G65/G72/G69/G6E/G74/G65/G6E/G64/G65/G6E/G63/G69/G61 /G64/G65/G20/G42/G61/G6E/G63/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G22 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 010-2004-VIVIENDA Lima, 10 de diciembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante el Memorándum Nº 629-2004/VIVIEN- DA-VMVU el Viceministro de Vivienda y Urbanismo, so-licitó por encargo del Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento, a la Oficina General de Asesoría Jurídi-ca se proyecte una resolución que le permita al señorManuel Pablo Fernandini Capurro, asesor del Gabinete de Asesores del Despacho del Ministerio, efectuar el viaje a la ciudad de Santiago de Chile, República de Chi-le, con la finalidad de asistir al evento "Misión del Ministe-rio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y de laSuperintendencia de Bancos del Perú" el cual se llevaráa cabo los días 13 y 14 de diciembre del presente; Que, la importancia de la participación del funcionario en dicho evento, radica en conocer las experienciasexitosas en la aplicación de normatividad sobre la capi-talización inmobiliaria, toda vez que mediante la Ley Nº28364 se aprobó la Ley que regula el Contrato de Capi-