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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (15/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 95

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G34/G32/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 15 de diciembre de 2004 /G50/G72/G65/G63/G69/G73/G61/G6E/G20/G61/G6C/G63/G61/G6E/G63/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G73/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G2D /G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G39/G36/G2D/G4D/G56/G45/G53 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 021-2004-MVES Villa El Salvador, 7 de diciembre del 2004Visto: El Oficio Nº 004-090-00000534, y el reque- rimiento Nº 174-078-00000047, de fecha 17.11.2004,remitido por el Servicio de Administración Tributaria,respecto de las Observaciones al pedido de Ratifica-ción de Ordenanza, sobre el Marco Legal del Régi- men Tributario de los Arbitrios de Serenazgo; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artí- culo 191º de la Constitución Política del Estado, lasMunicipalidades tienen Autonomía Política, Económi-ca y Administrativa en los asuntos de su competen-cia; Que, por Ordenanza Nº 096-MVES, de fecha 20.10.2004, se aprobó para el Ejercicio 2005, el mar-co legal, así como los pagos por concepto del Servi-cio de Serenazgo para el distrito de Villa El Salvador,los que se encuentran enmarcados dentro de la le-galidad; Que, la Ordenanza Nº 607 de la Municipalidad Me- tropolitana de Lima, señala los mecanismos para loscuales las Ordenanzas de las Municipalidades Dis-tritales deben de ser ratificadas en cuanto tocan te-mas de carácter tributario; Que, mediante la documentación señalada en los vistos el Servicio de Administración Tributaria, con- forme a lo señalado en la Ordenanza Nº 607, formulaobservaciones referidas a los artículos 7º y la Cuar-ta Disposición Final de la citada Ordenanza; Que, de otro lado la Ordenanza Nº 079-MVES, señala la determinación de la cantidad de Predios y el Uso de los mismos, los que también se encuentran detallados en los cuadros anexos de la Ordenanzamateria de la presente, así como el índice de Usospara la ubicación de Actividades Urbanas vigentes; Que, dada la coyuntura al respecto sobre la es- pecificación que se debe de realizar sobre el citado artículo 7º de la Ordenanza Nº 096-MVES, en cuanto a que los Gobiernos Locales cuentan con autonomíapara la determinación, actuando para ello conforme alo que se encuentren ajustados a los criterios de de-terminación, actuando para ello conforme a lo que seprevé en la Quinta Disposición Final, que faculta que se pueda complementar esta figura, en este caso mediante Decreto de Alcaldía; Que, es necesario precisar que los costos de emi- sión mecanizada para el Servicio de Serenazgo seráasumido por la Municipalidad, en tanto se trata de unServicio que se regula recién a partir del Ejercicio 2005 y con la finalidad de o afectar con dicho costo a los contribuyentes del distrito; Estando a lo informado, contando con la opinión favorable del Programa Especial de Seguridad Ciu-dadana y de la Oficina de Asesoría Jurídica, concargo a dar cuenta en Sesión de Concejo, y en uso de las facultades conferidas en los Artículos 6º y 20º, Incisos 6 y 14, y artículo 42º de la Ley Nº 27972,Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo 1º.- PRECISAR el sentido del artículo 7º de la Ordenanza Nº 096-MVES, en cuanto a que lareferida independización rige a partir del período men-sual siguiente de presentada la Declaración Juradacorrespondiente, conforme a lo establecido en el ar-tículo 8º de la citada Ordenanza materia del presente Decreto. Similar procedimiento se aplicará para los predios Independientes que sean materia de unifica-ción.Artículo 2º.- PRECISAR que el costo de emisión mecanizada para el ejercicio fiscal 2005, establecidoen la Cuarta Disposición Final será asumido por laMunicipalidad de Villa El Salvador, sin que los Admi-nistrados se encuentren afectos. Por lo tanto no for-ma parte de la Estructura de Costos de la Ordenan- za Nº 096-MVES. El costo de Emisión Mecanizada para los años siguientes se aprobará mediante Or-denanza Municipal similar. Artículo 3º.- PRECISAR en cuanto al criterio de Determinación establecido en el Inciso c) del artículo13º de la Ordenanza Nº 096-MVES, que el valor de la UIT sólo se aplicará cuando no sea posible determi- nar ninguno de los otros criterios establecidos endicha Ordenanza. Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia de Adminis- tración Tributaria, Gerencia de Administración y Fi-nanzas, así como al Programa Especial de Seguri- dad Ciudadana esta Municipalidad el cumplimiento de este Decreto, con conocimiento de la GerenciaMunicipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JAIME A. ZEA USCA Alcalde 22608 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 029-2004/MDV-CDV Mediante Oficio Nº 1398-2004/MDV-SG, la Muni- cipalidad Distrital de Ventanilla solicita se publique Fede Erratas de la Ordenanza Nº 029-2004/MDV-CDV,publicada en nuestra edición del día 1 de diciembre de 2004. DICE: JULIO JOSÉ LÓPEZ ARANA Alcalde DEBE DECIR: JUAN JOSÉ LÓPEZ ÁLAVA Alcalde 22569 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANCHIS /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G2D /G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G41/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G61/G20/G50/GFA/G2D /G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G30/G34/G2D/G41/G44/G50/G2D/G4D/G50/G43/G2D/G32/G30/G30/G34 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 463-2004-MPC-2004-A Sicuani, 10 de diciembre del 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANCHIS