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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (15/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 89

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G34/G31/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 15 de diciembre de 2004 últimos meses se ha registrado hasta dos incremen- tos del precio del combustible, siendo por tal necesa-ria la declaración en situación de urgencia para la con-tratación del suministro de gas licuado de petróleo porespacio de noventa (90) días y hasta por la suma deS/.274,650.00, representativo de unos 46,800 galo- nes; Que, mediante el Informe Nº 1814-2004-SGL-GA- GCAR-MSS e Informe Nº 1819-2004-SGL-GA-GCAR-MSS ambos del 06DIC2004, la Subgerencia deLogística refiere que es necesaria la declaración ensituación de urgencia por espacio de noventa (90) días, dado que se trata de un bien cuyo abasteci- miento posee carácter de esencial en la medida enque se trata de un ingrediente insustituible para laoperatividad de la flota vehicular, especialmente asig-nada a labores de patrullaje y seguridad del distrito; Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha expedido el Memorándum Nº 628-2004-OPP-MSS del 06DIC2004, del cual se desprende que la adquisiciónde gas licuado de petróleo posee disponibilidadpresupuestal por la cantidad de S/.274,650.00 por elperíodo del 01ENE al mes de marzo del 2005, concargo a la Fuente de Financiamiento 09: Recursos Directamente Recaudados; Que, asimismo, la Oficina de Asesoría Jurídica en su Informe Nº 1675-2004-OAJ-MSS de fecha06DIC2004, luego de un detallado análisis documentaly una profusa exégesis de la normativa aplicable alcaso, ha señalado que es procedente la declaración en situación de urgencia para la adquisición del gas licuado de petróleo; Que, la solicitud formulada merece ser atendida, habida cuenta y considerando la justificación expues-ta en los informes técnicos precedentes, por lo quecorresponde declarar en situación de urgencia la con- tratación del suministro de gas licuado de petróleo, toda vez, que tratándose de un insumo vital para elpatrullaje vehicular de las unidades de serenazgo, pre-ponderantemente, su ausencia causaría un graveperjuicio a los vecinos beneficiarios; En uso de las atribuciones contempladas en los artículos 9º, 39º y 41º de la Ley Orgánica de Municipali- dades Nº 27972, con dispensa del trámite de lectura yaprobación del Acta, adoptó por Unanimidad el siguien-te: ACUERDO 1. Aprobar la declaración en Situación de Urgencia la contratación del suministro de gas licuado de petró-leo hasta por la suma de S/.274,650.00 (Doscientos setenta y cuatro mil seiscientos cincuenta y 00/100), hasta el otorgamiento de la buena pro, quedandoexonerada la Municipalidad de convocar al procesode selección correspondiente o por el plazo máximode noventa (90) días, comprendidos entre el 01ENE yel 30MAR2005 inclusive, sin perjuicio que se determi- ne la existencia de responsabilidad administrativa de ser el caso. 2. La contratación antes mencionada, se realizará con cargo a la Fuente de Financiamiento: 09 Recur-sos Directamente Recaudados, quedando encargadala Gerencia de Administración de la realización de la misma. 3. Disponer que a través de la Secretaría General se remita copia del presente Acuerdo a la ContraloríaGeneral de la República. 4. Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Perua- no. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 22611/G52/G65/G63/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G72/G72/G6F/G72/G20/G6D/G61/G74/G65/G72/G69/G61/G6C/G20/G69/G6E/G63/G75/G72/G72/G69/G64/G6F/G20/G65/G6E /G65/G6C/G20/G6E/G75/G6D/G65/G72/G61/G6C/G20/G31/G20/G64/G65/G6C/G20/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G63/G65/G6A/G6F/G4E/GBA/G20/G31/G37/G30/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G41/G43/G53/G53 ACUERDO DE CONCEJO Nº 179-2004-ACSS Santiago de Surco, 10 de diciembre de 2004 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Se- sión Ordinaria de la fecha, en atención al pedido efectua-do por el señor regidor CARLOS ALFONSO MASSA GONZALEZ-OLAECHEA; De conformidad con lo establecido en el artículo 201º numeral 201.1 de la Ley del Procedimiento Administra-tivo General Nº 27444 y los artículos 9º numeral 8), 39ºy 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972,con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó por Unanimidad el siguiente: ACUERDO 1. Rectificar el error material incurrido en el numeral 1 del Acuerdo de Concejo Nº 170-2004-ACSS de fecha 18NOV2004, publicado en el Diario Oficial “El Peruano” el 26NOV2004, el mismo que queda redactado de la si-guiente manera: “1. Aprobar el cambio de nomenclatura del Jirón Bur- gos al de Calle Hermanos Quintero, de la Urbanización La Castellana, distrito de Santiago de Surco.” 2. Remitir copia del presente acuerdo a las Geren- cias Centrales de Desarrollo Local y de Servicios Loca-les de la Municipalidad de Santiago de Surco. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 22500 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G6D/G61/G72/G63/G6F/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G52/GE9/G67/G69/G6D/G65/G6E /G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G72/G65/G6E/G61/G7A/G2D/G67/G6F ORDENANZA MUNICIPAL Nº 096 -MVES Villa El Salvador, 20 de octubre del 2004 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Villa El Salvador , en sesión de concejo de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú reconoce a los Gobier- nos Locales autonomía política, económica y administrativas en los asuntos de su competencia y otorga potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasa, arbitrios, licen-cias y derechos municipales; Que, los Gobiernos Locales, ejercen su función nor- mativa a través de Ordenanzas, las cuales tienen rangode Ley de conformidad a lo establecido en el Numeral 4) del Artículo 200º de la Constitución y la Norma IV del