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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (16/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 43

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G34/G37/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 16 de diciembre de 2004 trado que demuestre haber cesado la infracción dentro de dicho plazo. Artículo 7º.- Objeto de las notificaciones Es la de hacer conocer al supuesto infractor la comisión de una infracción a las disposiciones legales, las sancio-nes a las que se hará acreedor; y, la modalidad, lugar yoportunidad para presentar el descargo correspondiente;con la finalidad de garantizar un acto administrativo eficaz. Artículo 8º.- Inicio del Procedimiento Sancionador El procedimiento sancionador se inicia siempre de ofi- cio, bien por propia iniciativa o como consecuencia de or-den superior, petición motivada por otros órganos o entida-des o por denuncia. Las Gerencias de Rentas y de Seguridad Ciudadana, a través de los inspectores Municipales y/o Miembros de laPolicía Municipal, realizará fiscalizaciones o controles paraverificar el cumplimiento de las normas municipales y/o le-gales, cuyo control compete a la Municipalidad, a fin dedetectar la comisión de infracciones a dichas normas. Todo contribuyente, vecino, Institución pública o privada está facultada para comunicar por escrito a la autoridad Mu-nicipal aquellos hechos contrarios al ordenamiento. La comu-nicación debe contener un relato claro de los hechos, lascircunstancias de tiempo, lugar y modo, que permitan su cons-tatación; la indicación de sus presuntos autores, partícipes ydamnificados; el aporte de la evidencia o su descripción paraque la administración proceda a su ubicación; así como cual-quier otro elemento que permita su comprobación. Artículo 9º.- Imposición de la Sanción Constatada la comisión de una infracción tipificada en el Cuadro de Infracciones y Sanciones, el Notificador pro-cederá a imponer la Notificación de Multa correspondiente,en original y tres copias. Cuando el incumplimiento de las obligaciones previstas en una disposición legal, sea imputable a varias personasen conjunto, éstas responderán en forma solidaria por lassanciones que se impongan como consecuencia de ello. Artículo 10º.- Contenido de la notificación de Infrac- ción La Notificación de Infracción deberá contener necesa- riamente los siguientes datos: - El número de orden correlativo que le corresponda. - El nombre del Notificador y la dependencia a la cual pertenece. - El nombre o razón social del supuesto infractor, así como el numero de documento de identidad o RUC. - El domicilio o lugar de referencia para su ubicación, fecha y hora en que se constató la comisión de la infrac-ción. - El giro o actividad económica aparente que desarrolla el supuesto infractor - El Código y la descripción literal de la infracción- Indicación de la dependencia municipal encargada de la calificación de la notificación, ante la cual deberápresentar el descargo correspondiente. - La citación para presentar el descargo y el plazo para efectuarlo. - La indicación de las sanciones a que dará lugar la notificación. - Fecha de imposición de la notificación.- Firma del Notificador- Nombre y firma de la persona que recibe la Notifica- ción Artículo 11º.- Notificación de Infracciones En el acto de notificación debe entregarse la Original de la Notificación de Infracción al supuesto infractor y se-ñalar la fecha y hora en que es efectuada, recabando elnombre y firma de la persona con quien se entienda ladiligencia. La notificación personal se entenderá con la persona que deba ser notificada o su representante legal, pero deno hallarse presente cualquiera de los dos en el momentode entregar la notificación, podrá entenderse con la perso-na que se encuentre en dicho domicilio, dejándose cons-tancia de su nombre, documento de identidad y de surelación con el administrado Artículo 12º.- Negación de la firma de la Notificación de Infracciones En caso el supuesto infractor se negase a firmar la notificación, el notificador procederá a dejar la original enlugar visible, dejando constancia de este hecho en el cita- do documento. Artículo 13º.- Procedimiento de distribución de las notificaciones El órgano que hubiese impuesto la Notificación proce- derá a la recopilación y registro de las Notificaciones Im-puestas, derivándolas dentro de las veinticuatro (24) horasa las dependencias responsables de la calificación de lasnotificaciones. Las copias de las Notificaciones se distribuirán de la siguiente manera: - Una copia para el órgano emisor. - Una copia para el órgano encargado de la califica- ción. - Una copia para el la Gerencia de Rentas. Artículo 14º.- Procedimiento cuando se presenta des- cargo Una vez impuesta la notificación, el Notificado deberá presentar por escrito el descargo correspondiente dentrode los cinco (05) días hábiles de ocurrida la notificación,adjuntando una copia de la misma y de los documentosque acrediten fehacientemente que al momento de la no-tificación, el notificado no había incurrido en infracción,desvirtuando los hechos que se le imputan. El descargodebe sustentarse exclusivamente en pruebas documenta-rias y no está sujeto a nueva fiscalización control o inspec-ción. Artículo 15º.- Procedimiento de calificación de la no- tificación Vencido el plazo establecido en el Artículo precedente, y con el respectivo descargo o sin él, el órgano municipalencargado de la calificación realizará de oficio, en un plazomáximo de tres (3) día hábiles, la calificación de la Notifica-ción, determinando si existe o no responsabilidad suscep-tible de sanción; proponiendo la sanción a imponer, o ladeclaración de la no existencia de infracción. Calificada la notificación, remitirá la misma a la Gerencia de Rentas para la emisión de la Resolución de Multa Admi-nistrativa correspondiente. Artículo 16º.- Plazo para la emisión de la Resolución de Sanción Una vez recepcionada la Notificación de Infracción de- bidamente calificada, la Gerencia de Rentas dispondrá decinco (05) días hábiles para la emisión de la Resolución deMulta Administrativa correspondiente. Artículo 17º.- Requisitos de la Resolución de Multa Administrativa La Resolución de Multa Administrativa deberá contener necesariamente la siguiente información: - Indicación del Órgano que la emite. - Número de Orden que le corresponde.- Fecha de emisión de la Resolución.- Nombre o razón Social del infractor.- Domicilio del Infractor.- Lugar de la infracción.- Número y fecha de la Notificación que dio origen a la Resolución. - Código y descripción literal de la infracción cometida- Porcentaje de la UIT e importe al que asciende la multa. - Indicación de la medida complementaria que corres- ponda - Número de documento y fecha en el que fue presen- tado el descargo y el resultado de su calificación o indica-ción expresa de la no presentación del descargo. - Plazo para el pago de la multa.- Firma y sello del funcionario encargado de emitir la Resolución. Artículo 18º.- Notificación de la Resolución de Multa Administrativa La notificación de la Resolución de Multa Administrati- va, se entenderá con la persona a cuyo nombre se emitióla Resolución o su representante legal, pero de no hallarsepresente cualquiera de los dos en el momento de entregarla notificación, podrá entenderse con la persona que seencuentre en dicho domicilio, dejándose constancia de sunombre, documento de identidad y de su relación con eladministrado; deberá también señalarse la fecha y hora enque es efectuada, recabando el nombre y firma de la per-