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PÆg. 282459 NORMAS LEGALES Lima, jueves 16 de diciembre de 2004 y el Informe Nº 888-2004-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 19 de agostodel 2004. CONSIDERANDO:Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, en su permanente la-bor fiscalizadora, así como del proceso de depuracióninherente al procedimiento administrativo, ha detecta-do que la ciudadana TEOLINDA HUTARRA HERRERADE CAYCHO, en atención del principio de veracidad delas declaraciones y dada la simplificación administrativapara el procedimiento registral solicitó ante el RegistroNacional de Identificación y Estado Civil, tramite de ins-cripción, utilizando para tal fin sustentos que no le per-tenece con la intención de usurpar la identidad de laciudadana fallecida PRIMITIVA ANTONIA HUTARRA HE-RRERA, haciendo introducir de esta forma datos falsosen el Sistema del Archivo Nacional de Identificación,cuya organización y mantenimiento es encargada alRENIEC; Que, aún cuando si bien, se ha procedido adminis- trativamente, esto es, la exclusión definitiva de la inscrip-ción fraudulenta, por disposición de la Subgerencia deDepuración Registral y Archivo Central, mediante Resolu-ción Nº 124-2004-GP/SGDAC-RENIEC, los hechos antesdescritos constituyen indicio razonable de la comisión depresunto delito Contra la Fe Pública en las modalidades deFalsedad Ideológica y Genérica, previstos y sancionadosen los artículos 428º y 438º respectivamente, del CódigoPenal vigente; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y en atención a los considerandos precedentes,resulta necesario autorizar al Procurador Público, a car-go de los asuntos judiciales del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil, para que interponga lasacciones legales que correspondan en defensa de losintereses del Estado y del Registro Nacional de Identifi-cación y Estado Civil, contra TEOLINDA HUTARRA HE-RRERA DE CAYCHO y los que resulten responsables;y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifi-cación y Estado Civil, para que en nombre y representa-ción de los intereses del Estado interponga las accioneslegales que correspondan, contra TEOLINDA HUTARRAHERRERA DE CAYCHO y los que resulten responsablespor presuntos delitos Contra la Fe Pública en las modalida-des de Falsedad Ideológica y Genérica; en agravio delEstado y del Registro Nacional de Identificación y EstadoCivil. Artículo 2º.- Remítase los actuados al Procurador Pú- blico encargado de los asuntos judiciales del Registro Na-cional de Identificación y Estado Civil, para los fines que secontrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 22727 Exoneran de proceso de selección el arrendamiento de inmueble ubicado en el distrito de San Borja, provincia de Lima RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 823-2004-JEF/RENIEC Lima, 10 de diciembre del 2004 VISTOS: El Informe Nº 01-2004/CIR/RENIEC del 11 de octubre del año 2004, emitido por la Presidenta de la Comi-sión de Implementación de Registro Civil; el Informe Nº063-2004-GO/RENIEC emitido por la Gerencia de Opera-ciones; el Informe Nº 1383-2004-GAD-SGLG del 5 de no-viembre del 2004, emitido por la Subgerencia de Logística de la Gerencia de Administración; el Informe Nº 1310-2004-GAJ/RENIEC del 26 de noviembre del 2004, emitido por laGerencia de Asesoría Jurídica y el Acta Nº 013 del 25 denoviembre del presente año emitido por el Comité TécnicoEconómico del Registro Nacional de Identificación y Esta-do Civil; CONSIDERANDO: Que, a través del informe del visto emitido por la Presi- denta de la Comisión de Implementación de Registro Civil,se recomendó a la Jefatura Nacional la necesidad de alqui-ler de un local para la primera mega agencia de RegistrosCiviles del RENIEC, así como a la Subgerencia de Regis-tros de Estado Civil, el que debería contar con espaciosuficiente para efectuar la digitalización y digitación de lainformación registral de seis distritos de Lima Metropolita-na, sugiriendo el pronunciamiento de la Gerencia de Ope-raciones; Que, mediante el Informe Nº 063-2004-GO/RENIEC, la Gerencia de Operaciones ratifica la opinión efectuada porla Comisión de Implementación de Registro Civil y estable-ce que el monto de los ingresos obtenidos en la atenciónde expedición de copias certificadas de Actas de Inscrip-ción y Certificados, inscripción extemporáneas, anotacio-nes y otros actos registrales de los distritos que compren-dería la mega agencia de Registros Civiles, permitirían asu-mir el costo del alquiler que genere un local destinado paraesos fines así como el pago al personal, siendo necesarioque dicho inmueble se encuentre en un distrito en queconfluyan ciudadanos de San Borja, Santiago de Surco,Miraflores, Surquillo, Barranco y San Isidro, con un área nomenor a los 800 metros cuadrados, que tenga un áreamínima construida de 3,500 m2, que cuente con diversascaracterísticas técnicas que posibiliten su adecuado fun-cionamiento en la atención registral de 6 distritos, elacondicionamiento de la Subgerencia de Registros de Es-tado Civil, la digitalización de las partidas y la conservacióny administración del acervo documentario registral; Que, efectuada la gestión ante la Superintendencia de Bienes Nacionales, sobre la existencia de un predio estatalde libre disponibilidad, no se obtuvo respuesta positiva; Que efectuada la publicación solicitando el alquiler de un local, en el Diario El Comercio, únicamente respondió alaviso el propietario del inmueble ubicado en la Av. JavierPrado Este Nº 2383-2388-2392 del distrito de San Isidro,cumpliendo dicho local con las características técnicas re-queridas, habiendo efectuado personal de la Subgerenciade Logística, la búsqueda en los distritos señalados deotro local que reúna dichas características sin resultadopositivo; Que, por Resolución Jefatural Nº 775-2004-JEF/RENIEC de 24 de noviembre del 2004, se aprueba la inclusión en elPlan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del RegistroNacional de Identificación y Estado Civil para el ejerciciopresupuestal 2004, del Concurso Público para el Alquilerde un Local para la Sede de los Registros Civiles de laCiudad de Lima; Que, mediante Informe Nº 1383 -2004-GAD/SGLG de 5 de noviembre del 2004, la Subgerencia de Logísticainforma que el valor referencial respectivo por un año as-ciende a la suma de US$ 249,900.00 (Doscientos cuaren-ta y nueve mil novecientos y 00/100 Dólares Americanos),suma que conforme a lo dispuesto por la Resolución Jefa-tural Nº 765-2004-JEF/RENIEC se incluyó bajo la actividad00640 Conducción y Manejo de los Registros Civiles, cate-goría de gasto 3 Bienes y Servicios, la suma de S/. 874,650que corresponden a los US$ 249,900.00, que incluyen elalquiler de un año, más dos meses de garantía; Que, por Informe Nº 1310 -2004-GAJ/RENIEC del 26 de noviembre del 2004, la Gerencia de Asesoría Jurídicaopina que resulta procedente la exoneración del procesode selección respectivo por la causal de bien que no admi-te sustituto para la Contratación del Alquiler de un Localpara la primera mega agencia de Registros Civiles y para laSubgerencia del Registro de Estado Civil. Que, de conformidad con lo establecido en el literal f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado (TUO) de la Leyde Contrataciones y Adquisiciones del Estado, están exo-neradas de los procesos de Licitación Pública, ConcursoPúblico o Adjudicación Directa, según sea el caso, las ad-quisiciones y contrataciones que se realicen cuando losbienes o servicios no admiten sustitutos, debiendo llevarsea cabo, en atención a lo dispuesto en el primer párrafo delartículo 20º del referido Reglamento, mediante proceso deAdjudicación de Menor Cuantía;