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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (19/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 46

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G37/G34/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 19 de diciembre de 2004 CONASEV /G49/G6E/G73/G63/G72/G69/G62/G65/G6E/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G61/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G2D /G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G66/G6F/G6E/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G76/G65/G72/G2D /G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6E/G6F/G6D/G69/G6E/G61/G64/G6F/G20/G43/G6F/G6D/G70/G61/G73/G73/G20/G47/G72/G6F/G75/G70/G20/G2D/G20/G46/G6F/G6E/G2D /G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G76/G65/G72/G73/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G50/G79/G6D/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G2D/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G65/G72/G63/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G56/G61/G6C/G6F/G72/G65/G73 COMISIÓN NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCIÓN CONASEV Nº 114-2004-EF/94.10 Lima, 15 de diciembre de 2004 VISTOS:El Expediente Nº 2004029984 y el Informe Nº 417- 2004-EF/94.55 de fecha 9 de diciembre de 2004, pre-sentado por la Gerencia de Intermediarios y Fondos, con la opinión favorable de la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución CONASEV Nº 005-2002-EF/ 94.10 de fecha 1 de febrero de 2002, se autorizó el funciona- miento de Compass Group Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. para administrar fondos de inver-sión; Que, mediante Resolución Gerencia General Nº 031- 2004-EF/94.11 de fecha 23 de marzo de 2004, se dispuso lainscripción del fondo de inversión denominado Compass Group - Fondo de Inversión para Pymes, en la sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valo-res; Que, los artículos 38º, 69º y 70º del Reglamento de Fon- dos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, apro-bado por Resolución CONASEV Nº 042-2003-EF/94.10, dis- ponen que las modificaciones al Reglamento de Participa- ción, el aumento y la reducción de capital de un fondo deinversión, deben ser inscritos en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, con fecha 26 de octubre de 2004, Compass Group Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. soli- citó la inscripción de las modificaciones al Reglamento de Participación del fondo de inversión denominado CompassGroup - Fondo de Inversión para Pymes en el Registro Público de Mercado de Valores, en los siguientes aspectos: modificación del valor nominal de las cuotas de participa-ción, la reducción y sucesivo aumento de capital y como consecuencia de ello la modificación de la retribución de la sociedad administradora y su estimación; Que, evaluada la documentación presentada se ha de- terminado que la misma cumple con los requisitos estableci- dos en los artículos 39º, 69º y 70º del Reglamento de Fon-dos de Inversión y sus Sociedades Administradoras; y, Estando a lo dispuesto en el inciso a) del artículo 2º del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de CO-NASEV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126 y en los artículos 39º, 69º y 70º del Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, así comoa lo acordado por su Directorio reunido en sesión de fecha 13 de diciembre de 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Inscribir en el Registro Público de Mer- cado de Valores, respecto al Fondo de Inversión deno- minado Compass Group - Fondo de Inversión para Py- mes, lo siguiente: a. Las modificaciones de los numerales I.3, IV.4, I.9, X.1.a), X.3 y Primera Disposición Transitoria (numeral 8)de su Reglamento de Participación. b. La reducción de su capital de US$ 55.000.000,00 a la suma de US$ 10.000.001,00; representadas por10.000.001 cuotas de participación de valor nominal US$ 1,00. c. El aumento de su capital de US$ 10.000.001,00 a la suma de US$ 55.000.000,00. Las cuotas de participa- ción ascendentes a 44.999.999, de valor nominalUS$ 1,00, producto del aumento de capital, estarán ínte- gramente suscritas y parcialmente pagadas en un 25%. Artículo 2º.- Compass Group Sociedad Administra- dora de Fondos de Inversión S.A. deberá remitir a los partícipes y al Registro Público del Mercado de Valoresun (1) ejemplar del nuevo texto del Reglamento de Par- ticipación, en el plazo de quince (15) días hábiles si- guientes a la notificación de la presente resolución. Artículo 3º.- Compass Group Sociedad Administra- dora de Fondos de Inversión S.A. deberá divulgar en el estado de inversiones y en la información financiera delfondo de inversión denominado Compass Group - Fon- do de Inversión para Pymes, la diferencia de tratamiento entre las cuotas suscritas y totalmente pagadas, de lascuotas suscritas y pagadas parcialmente (valor cuota). Artículo 4º.- La presente resolución entrará en vi- gencia el día de su publicación. Artículo 5º.- Transcríbir la presente resolución a Compass Group Sociedad Administradora de Fondos S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIAN ROCCA CARBAJAL Presidente 22877 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE PUNO /G52/G65/G69/G6E/G63/G6F/G72/G70/G6F/G72/G61/G6E/G20/G61/G20/G74/G72/G61/G62/G61/G6A/G61/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G61/G2D /G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79/G20/G4E/GBA/G20/G32/G37/G38/G30/G33/G20/G65/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G61/G73/G20/G76/G61/G2D/G63/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G71/G75/G65/G20/G6F/G70/G2D/G74/G61/G72/G6F/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G72/G65/G69/G6E/G63/G6F/G72/G70/G6F/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6F/G20/G72/G65/G75/G62/G69/G63/G61/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G6C ORDENANZA REGIONAL Nº 016-2004-CR/GRP POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO RE- GIONAL DE PUNO, en sesión ordinaria celebrada el día20 de setiembre de 2004, ha tratado, debatido y aproba- do por unanimidad la Ordenanza Regional siguiente; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado considera que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente deEstado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país. Con ese pro- pósito se ha otorgado a los Gobiernos Regionales auto-nomía política, económica y administrativa en los asun- tos de su competencia; Que, la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783, establece que la descentralización tiene como finalidad el desarrollo integral, armónico y sostenible del país, mediante la separación de competencias y funcio-nes, y el equilibrado ejercicio del poder por los tres nive- les de gobierno, en beneficio de la población; Que, los ceses colectivos llevados a cabo ante Autori- dad Administrativa de Trabajo y las renuncias forzadas que se efectuaron en las empresas del Estado sujetas a procesos de promoción de la inversión privada, en lasentidades del sector público y Gobiernos Locales, han sido considerados irregulares por las comisiones crea-