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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (19/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 51

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G37/G34/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 19 de diciembre de 2004 rillado, que desde hace varias décadas existe en los distritos de Punta Hermosa, Punta Negra y San Bartolo-Únicos 03 (Tres) distritos de toda la provincia de Lima,que no cuentan con infraestructura urbana básica dealcantarillado y suministro de agua potable por los siste-mas regulares y convencionales que existen en toda la provincia de Lima-, desde principios del año 2003 los Alcaldes de los mencionados 03 (Tres) distritos, GLO-RIA LIZANO HERNÁNDEZ, ROSA PATRICIA LI SOTE-LO Y JORGE BARTHELMESS CAMINO, decidieron tra-bajar y/o actuar de forma coordinada y de manera con-junta en diversos asuntos de carácter urgente y de inte- rés común. Que, los 03 (Tres) representantes de los Gobiernos Distritales señalados, con preocupación de manera rei-terada han manifestado que la falta de saneamiento y/ocarencia de infraestructura urbana básica de agua pota-ble y alcantarillado, origina consecuencias lamentables en el medio ambiente y ecología de toda la zona, así como también, en la salud, seguridad y economía fami-liar de todos los vecinos, toda vez, que por la precariasituación de los distritos y porque los niveles de contami-nación han alcanzado índices elevadamente peligrosos,que afectan y amenazan la seguridad y salud física y/o emocional de todos los habitantes -Especialmente de los niños, ancianos y mujeres-. Que, a pesar de todo el esfuerzo humanamente posi- ble que han realizado en conjunto y coordinadamentelos mencionados 03 (Tres) Alcaldes Distritales duranteel transcurso de los años 2003 y 2004, hasta el momen- to las Entidades del Gobierno Nacional no han dispuesto ninguna solución efectiva al grave y urgente problemaque atraviesan estos 03 (Tres) distritos por la falta deagua potable y alcantarillado y/o no han tomado ningunadecisión responsable para establecer y brindar las con-diciones mínimas de vida que requiere todo ser humano para su normal desarrollo, tranquilidad y estabilidad sa- nitaria. Que, la Constitución Política del Perú establece lo si- guiente: En el artículo 1, consagra que la defensa de lapersona humana y el respeto de su dignidad son el finsupremo de la sociedad y del Estado, tanto en lo que se refiere a su defensa como el respeto a su dignidad; en el artículo 7º, señala que todos tienen derecho a la protec-ción de su salud, la del medio familiar y la de su comuni-dad simultáneamente, así como el de contribuir a su pro-moción y defensa en forma integral; en el artículo 44º,detalla taxativamente que son deberes del Estado, garan- tizar la plena vigencia de los derechos humanos, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad ypromover el bienestar general que se fundamenta en lajusticia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Na-ción, que vienen a ser las finalidades más importantes delEstado en una relación permanente con la Sociedad. Que, según lo dispuesto en los artículos I, II, III y IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 -Ley Orgánicade Municipalidades-, los Gobiernos Locales emanan dela voluntad popular y tienen autonomía política, econó-mica y administrativa en asuntos de su competencia;asimismo tienen jurisdicción en el ámbito de sus respec- tivas circunscripciones territoriales conforme a Ley. Que, de conformidad con el artículo 79º, 80º, 84º, 86º y 87º de la Ley precitada, las Municipalidades Distritales encuanto a sus funciones en materia de salubridad, salud,defensa y promoción de derechos, promoción del desarro-llo económico y otros servicios públicos, son competentes entre otras cosas, para formular, aprobar, ejecutar, eva- luar, dirigir, controlar y administrar las políticas de salubri-dad, salud, defensa y promoción de derechos, promocióndel desarrollo económico y otros servicios públicos, enconcordancia con las políticas nacionales y los planes sec-toriales, asimismo planificar, financiar y ejecutar los pro- yectos de infraestructura sanitaria y equipamiento, promo- viendo el desarrollo tecnológico en salud en el ámbito de sudistrito. Que, según lo establecido en los artículos 38º, 39º y 41º de la Ley Nº 27972 -Ley Orgánica de Municipalida-des- y con la finalidad de evitar el origen de epidemias y enfermedades, así como de situaciones de peligro inmi- nente que puedan derivar en un desastre que afecte a lapoblación, luego de la correspondiente lectura y aproba-ción del Acta y por unanimidad;ACORDÓ: Artículo Primero.- Declarar en Emergencia Sanita- ria al distrito de San Bartolo, de la provincia y departa-mento de Lima. Artículo Segundo.- Ordenar a las respectivas Geren- cias de la Municipalidad del distrito de San Bartolo, a adoptar todas las medidas extraordinarias que la situación amerite. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.JORGE L. BARTHELMESS CAMINO Alcalde 23040 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G70/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G35 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 296-2004-MDSB San Bartolo, 16 de diciembre del 2004 VISTO: El Informe Nº 057-2004-MDSB/GAR de fe- cha 14 de diciembre del 2004; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades Provin- ciales, Distritales y Delegadas conforme a Ley, son órga-nos de Gobierno Local, con Autonomía Política, Económi- ca y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM - Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordante con el Artículo 7º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que cada Entidad deberá aprobar y publicar su Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, a efectuarse en el ejercicio Presupuestal acorde con el tipodel proceso de selección respectivo; Que, mediante el Informe de visto, la Gerencia de Admi- nistración y Rentas, ha propuesto el Plan Anual de Adquisi-ciones y Contrataciones para el año 2005 en base a las necesidades identificadas por los diferentes órganos de la Entidad. Que, el numeral 4 del Artículo 7º del Reglamento del Texto Único Ordenando de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado, dispone que el Plan Anual aprobadodeberá encontrarse a disposición de los interesados en la dependencia encargada de las Contrataciones y Adquisi- ciones de la Entidad y en la Página Web de ésta, debiendoademás remitirse a CONSUCODE y PROMPYME; En uso de las facultades y atribuciones conferidas y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Plan Anual de Ad- quisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distri- tal de San Bartolo, para el ejercicio presupuestal 2005. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Se- cretaría General, efectuar la publicación de la presente Reso- lución, así como remitir al Consejo Superior de Contratacionesy Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME, dentro del término de Ley, para su conocimiento de fines. Artículo Tercero.- PONER en conocimiento de la presente Resolución al Gerente Municipal, Gerencias de Administración y Rentas, Desarrollo Urbano y Obrasy demás pertinentes para los fines del caso. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE L. BARTHELMESS CAMINO Alcalde 22993