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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (20/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 31

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G37/G38/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 20 de diciembre de 2004 Dictamen Nº 167-2004-MSB-CAL, de la Comisión de De- sarrollo Humano y Participación Vecinal y Comisión deAsuntos Legales, respectivamente. De conformidad con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política, concordante con lo dispuestopor los artículos pertinentes de la Ley Nº 27972, y de conformidad con lo normado en la Ordenanza Nº 307- MSB; con el voto unánime de sus miembros, y con dis-pensa del trámite de lectura y aprobación de Actas, elConcejo Municipal Distrital ha dado la siguiente: ORDENANZA REGULA LA CONSTITUCIÓN, DELIMITACIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LAS JUNTAS VECINALES COMUNALES Y DE LA JUNTA DE DELEGADOS VECINALES COMUNALES DEL DISTRITO DE SAN BORJA TÍTULO I ASPECTOS GENERALES CAPÍTULO ÚNICO OBJETO, PRINCIPIOS Y CARACTERES DE LAS JUNTAS VECINALES COMUNALES Artículo 1º. - Objeto. La presente Ordenanza tiene como objeto regular la constitución, delimitación y reglamento de organizacióny funciones de las Juntas Vecinales Comunales (JVC)como un mecanismo que fomenta la participación veci-nal; así como la constitución y reglamento de organiza-ción y funciones de la Junta de Delegados Vecinales Comunales (JDVC), como órgano de coordinación del Gobierno Local. Artículo 2º . - Principios y Caracteres de las Jun- tas Vecinales Comunales. Son principios y caracteres esenciales de las Juntas Vecinales Comunales: 1. Su eminente carácter comunal, plasmándose en ellas el principio de participación ciudadana. 2. Su calidad de nexo directo y sin injerencias de ningún tipo entre los vecinos y el Gobierno Local, trans- mitiendo las inquietudes, sugerencias, propuestas y pro-yectos de los vecinos de la comuna. 3. La prescindencia de intereses políticos o econó- micos personales y/o privados, colocando por encimade ello el interés y beneficio de toda la comunidad. 4. El respeto de las competencias específicas muni- cipales y del principio de autonomía municipal, ejercien-do su labor dentro de las esferas de las funciones que laLey Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, y elpresente Reglamento les confiere. 5. La seriedad en las propuestas y en el ejercicio de sus funciones, debiendo contar con un Plan de Trabajo a desarrollar, que considere de manera objetiva y razona-ble los problemas priorizados y las propuestas de solu-ciones viables. TÍTULO II CONSTITUCIÓN Y DELIMITACIÓN DE LAS JUNTAS VECINALES COMUNALES CAPÍTULO I CONSTITUCION Y DELIMITACIÓN DE LAS JUNTAS VECINALES COMUNALES Artículo 3º. - Constitución y delimitación de Las Juntas Vecinales Comunales. Las Juntas Vecinales Comunales son agrupaciones sociales que se constituyen como mecanismos que fo- mentan la participación vecinal efectiva en el distrito de San Borja y están conformadas por vecinos y represen-tantes de las Organizaciones Sociales que cuenten conreconocimiento municipal, agrupados en doce (12) sec-tores y treinta y seis (36) subsectores, delimitados geo-gráficamente según Anexo I que forma parte de la pre- sente Ordenanza. Las Juntas Vecinales Comunales, a través de sus representantes acreditados, tendrán derecho a voz enlas Sesiones del Concejo Municipal, según procedimien-to que al efecto se establezca en el Reglamento del Concejo Municipal de San Borja. Artículo 4º.- Representantes de las Juntas Veci- nales Comunales Cada Junta Vecinal Comunal será representada por cinco (5) vecinos, elegidos democráticamente por los vecinos de cada subsector del distrito, por el período deun (1) año, quienes conformarán el Consejo Directivoostentando los cargos de: Presidente, quien ejercerá lasfunciones de Delegado Vecinal Comunal titular; Vicepre-sidente; Secretario; un Vocal de Seguridad Ciudadana y; un Vocal de Ornato y Asuntos Sociales. El Vicepresiden- te y Secretario, en ese orden, suplirán al Presidente antela Junta de Delegados Vecinales Comunales, en caso deausencia o impedimento del titular. TÍTULO III ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LAS JUNTAS VECINALES COMUNALES CAPÍTULO I DE LA CONVOCATORIA Artículo 5º.- Convocatoria a Elecciones El Alcalde, mediante Decreto de Alcaldía, convoca a elecciones de representantes de las Juntas VecinalesComunales, y designa un Comité Electoral, con una an-ticipación no menor de sesenta (60) días calendario an-tes del vencimiento del mandato del Consejo Directivo en funciones de la Junta Vecinal Comunal. El Decreto de convocatoria establecerá el cronogra- ma electoral, el que será difundido en lugares visibles dela Municipalidad y en el portal municipal, debiendo incluircomo mínimo la siguiente información: fecha de inscrip- ción de listas de candidatos; fecha de publicación de listas de candidatos; plazo para formular tachas contra candidatos; relación de candidatos aptos, fecha y horade las elecciones; y los resultados del proceso. Artículo 6º. - El Padrón Electoral La Gerencia de Participación Vecinal de la Municipa- lidad, estará a cargo de la elaboración del Padrón Elec- toral de cada sub sector, el cual comprenderá la relacióndetallada de los vecinos electores, con número de Do-cumento Nacional de Identidad, domicilio real y mesa desufragio que le corresponde en el sub sector. Realizadala convocatoria a elecciones deberá remitir el Padrón al Comité Electoral designado. CAPÍTULO II DEL COMITÉ ELECTORAL Artículo 7º. - Comité Electoral El Comité Electoral es un órgano conformado por tres vecinos del distrito, designados por el Alcaldemediante Decreto de Alcaldía, a propuesta de la Ge-rencia de Participación Vecinal. Tiene por objeto velarpor el correcto y transparente desarrollo de los comi- cios vecinales para la elección de los representantes de las Juntas Vecinales Comunales. El Comité desig-nado tendrá competencia para actuar en el procesode segunda vuelta y en los casos de revocatoria derepresentantes. Está compuesto por el Presidente, el Vicepresidente, un Secretario y dos Accesitarios. Corresponderá a los accesitarios suplir a los miembros del Comité Electoralen caso de ausencia, enfermedad o impedimento físicotemporal. En el desarrollo de sus funciones, el Comité Electoral podrá solicitar asesoría y apoyo de instituciones técni- camente especializadas en procesos electorales de ni- vel nacional, como el Jurado Nacional de Elecciones, laOficina Nacional de Procesos Electorales, AsociaciónCivil Transparencia, quienes podrán participar en cali-dad de observadores. Artículo 8º. - Funciones del Comité Electoral Son funciones del Comité Electoral: 1. Velar por el correcto desarrollo del proceso electo- ral vecinal.