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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (20/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 25

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G37/G38/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 20 de diciembre de 2004 concluido que la Partida de Nacimiento ofrecida como sustento para el trámite de inscripción, es falsa, por cuan-to la precitada municipalidad informa que el ciudadanoen mención no presenta inscripción alguna en sus librosregistrales, tal como se desprende de los documentosdel visto; Que, aun cuando si bien se ha procedido administrati- vamente, esto es, cancelando las inscripciones fraudu-lentas por parte de la Subgerencia de Depuración Re-gistral y Archivo Central mediante Resolución Nº 025-2004-GP/SGDAC/RENIEC, los hechos antes descritosconstituyen indicios suficientes de la comisión de presun- to delito contra la Fe Pública en las modalidades de Fal- sificación de Documentos (Falsedad Impropia o de Uso)y Falsedad Ideológica, previstos y sancionados en losartículos 427º y 428º del Código Penal vigente, dado queno sólo se ha insertado datos falsos, sino que ademásse ha hecho uso de un documento falso, como si fuera verdadero, afectando la seguridad y funcionabilidad del registro; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y en atención al considerando precedente, re-sulta necesario autorizar al Procurador Público, a cargode los asuntos judiciales del Registro Nacional de Iden- tificación y Estado Civil, para que interponga las accio- nes que correspondan en defensa de los intereses delEstado y del Registro Nacional de Identificación y Esta-do Civil contra FELIX ANTONIO QUISPE MALAGA oFELIX ANTONIO MALAGA QUISPE; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que en nombre y re- presentación de los intereses del Estado interponga lasacciones legales que correspondan contra FELIX ANTO-NIO QUISPE MALAGA o FELIX ANTONIO MALAGAQUISPE, por presunto delito Contra la Fe Pública, en lasmodalidades de Falsificación de Documentos (Falsedad Impropia o de Uso) y Falsedad Ideológica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Esta-do Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Pú- blico encargado de los asuntos judiciales del RegistroNacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 22753 UNIVERSIDADES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G63/G61/G72/G6E/GE9/G73/G20/G75/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G74/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G2D/G64/G61/G64/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G46/G65/G64/G65/G72/G69/G63/G6F/G20/G56/G69/G6C/G6C/G61/G72/G72/G65/G61/G6C/G20/G6D/G65/G2D/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G2D/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL RESOLUCIÓN R. Nº 10798-2004-UNFV San Miguel, 14 de diciembre de 2004Visto, el Oficio Nº 1331-2004-OCLSA-UNFV, con fe- cha de recepción 22.11.2004, de la Oficina Central de Logística y Servicios Auxiliares, mediante el cual remiteel Informe Nº 109-2004-OPE-OCLSA-UNFV, solicitandoincluir en el Plan Anual de Adquisiciones y Contratacio-nes de la Universidad Nacional Federico Villarreal, lacontratación de la “Emisión de 1,822 Carnés Universita-rios”; así como la exoneración del proceso de selección correspondiente de dicho servicio; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución R. Nº 7707-2004-UNFV, de fecha 30.1.2004, se aprobó el Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones de la Universidad Nacional Fe-derico Villarreal correspondiente al Ejercicio Presupues-tal 2004; Que, el Art. 8º del Reglamento de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2003-PCM, establece que las licitaciones públicas, concursos públicos y adjudicacio-nes directas no contenidos en el Plan Anual deberán seraprobados por el Titular del Pliego o la máxima autoridadadministrativa de la Entidad, según corresponda, parasu inclusión en el mismo, lo cual deberá informarse al CONSUCODE dentro de los diez (10) días hábiles si- guientes a dicha aprobación; a su vez, las inclusiones yexclusiones de los procesos de selección serán comu-nicados a la Comisión de Promoción de la Pequeña yMicroempresa - PROMPYME, dentro del mismo plazo,dando cuenta al CONSUCODE; Que, asimismo el Art. 7º del referido texto normativo establece en su último párrafo que el Plan Anual podráser modificado de conformidad con la asignación presu-puestal o en caso de reprogramaciones de metas pro-puestas; Que, diversas circunstancias -como el surgimiento de requerimientos y, urgencia para la adquisición de bienes y servicios- conllevan a la necesidad de modificar el PlanAnual de Adquisiciones y Contrataciones de la Universi-dad Nacional Federico Villarreal, a fin de que se reflejenlas operaciones que se vienen ejecutando dentro del pre-sente ejercicio presupuestal, en tal sentido, es necesario incluir la contratación de la “Emisión de 1,822 Carnés Universitarios”, requeridos por la Oficina Central de Re-gistros Académicos y Centro de Cómputo mediante Ofi-cio Nº 2848-2004-OCRACC-VRAC-UNFV, del 11.11.2004; Que, el literal f) del Art. 19º del TUO de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM establece que están exonerados de los Procesos deLicitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Di-recta, las contrataciones y adquisiciones, de los bieneso servicios que no admiten sustitutos; Que, la Asamblea Nacional de Rectores (ANR) es la Entidad facultada para expedir los Carnés Universita- rios, de conformidad con la Ley Nº 26986 que modificalos artículos 4º y 5º de la Ley Nº 26271, siendo esto así,por mandato legal, dicha institución, tiene la condición deproveedor único para prestar los servicios de Emisiónde 1,822 Carnés Universitarios que requiere esta Casa Superior de Estudios, por consiguiente es necesario exonerar dicha contratación del proceso de seleccióncorrespondiente, conforme a lo establecido en los ar-tículos 19º literal f) y 20º de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, debiendo autorizarse su ad-quisición bajo la modalidad de Adjudicación de Menor Cuantía, afectándose la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados; Que, mediante Informe Legal Nº 1133-2004-OCAJ- UNFV, de fecha 1.12.2004, la Oficina Central de Aseso-ría Jurídica, ha cumplido con emitir el Informe Legal deacuerdo a lo establecido en los artículos 20º y 113º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y en su Reglamento, respectivamente; Que, en los artículos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, seestablece los procedimientos a que deben someterselas adquisiciones y contrataciones por exoneración de procesos de selección, debiéndose precisar en la reso- lución exoneratoria el órgano que se encargará de llevara cabo la contratación mediante proceso de Adjudica-ción de Menor Cuantía; Estando a la visación del Vicerrectorado Administra- tivo, de las Oficinas Centrales Económico Financiera, de Planificación, de Logística y Servicios Auxiliares y de Asesoría Jurídica; a lo dispuesto el numeral 7 del Apar-tado VI) - Disposiciones Específicas, de la DirectivaNº 005-2003-CONSUCODE/PRE, aprobada mediante