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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G37/G37/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 20 de diciembre de 2004 DEFENSORÍA DEL PUEBLO /G43/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G79/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G47/G72/G75/G70/G6F/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G62/G61/G6A/G6F /G64/G65/G6E/G6F/G6D/G69/G6E/G61/G64/G6F/G20/G22/G49/G6E/G69/G63/G69/G61/G74/G69/G76/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61/G20/G4A/G75/G73/G74/G69/G63/G69/G61/G22 RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 28-2004/DP Lima, 16 de diciembre de 2004 VISTOS: Primero.- Plan elaborado por la Comisión de Re- forma Integral de la Administración de Justicia. La Ley Nº 28083, publicada el 4 de octubre de 2003, creó laComisión Especial de Reforma Integral de la Adminis-tración de Justicia (CERIAJUS), con la finalidad de ela-borar en un plazo de ciento ochenta días calendario contados desde su instalación, el Plan Nacional de Re- forma Integral de la Administración de Justicia. Dichoplazo culminó el 23 de abril de 2004. La referida Comisión estuvo integrada por dieciséis miembros: el Presidente del Poder Judicial, quien la pre-sidió; la Fiscal de la Nación; el Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura; un representante del Tribu- nal Constitucional; la Presidenta de la Academia de laMagistratura, el Ministro de Justicia; el Defensor del Pue-blo; dos representantes de la Comisión de Justicia delCongreso de la República; cinco representantes elegi-dos por el Acuerdo Nacional; un representante de los Colegios de Abogados y uno de las Facultades de Dere- cho. El 6 de mayo de 2004 se presentó en ceremoniapública el Plan de Reforma elaborado por la CERIAJUS. Segundo.- Competencia de la Defensoría del Pue- blo. Convenio suscrito con el Consorcio Justicia Viva.- La Defensoría del Pueblo es un órgano constitu- cional autónomo encargado de la defensa de los dere-chos constitucionales y fundamentales de la persona yla comunidad, de la supervisión de los deberes de laadministración estatal y la prestación de los serviciospúblicos, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 162º de la Constitución. En ese sentido, el acceso a la justicia y el debido proceso, así como el adecuado funcio-namiento del sistema judicial, constituyen temas de sucompetencia y de especial atención institucional. A fin deampliar y complementar los alcances de su actuaciónen este ámbito, ha suscrito con el Consorcio Justicia Viva, integrado por el Instituto de Defensa Legal y la Facultad y Departamento de Derecho de la PontificiaUniversidad Católica del Perú, un convenio de colabora-ción a partir del cual surge la iniciativa de crear un Grupode Trabajo que contribuya a la reforma del sistema dejusticia en el país. CONSIDERANDO: Primero.- Necesidad de contribuir a la reforma integral del sistema de justicia. La labor desarrollada por la CERIAJUS ha constituido un esfuerzo sin prece-dentes que ha permitido contar con un Plan concertado por diversos órganos constitucionales y representantes de la sociedad civil, para alcanzar una reforma integraldel sistema de justicia en el país. En la actualidad, dichareforma constituye un reclamo ciudadano pues resultaindispensable contar con una justicia eficiente, transpa-rente y eficaz. Lamentablemente, muchas de las pro- puestas contenidas en el Plan elaborado por la CERIA- JUS aún no se han ejecutado. Segundo.- Conveniencia de constituir un Grupo de Trabajo que involucre a especialistas e institu-ciones representativas de la sociedad civil. En el marco de sus funciones y del convenio suscrito con el Consorcio Justicia Viva, la Defensoría del Pueblo consi-dera conveniente constituir un Grupo de Trabajo encar-gado de generar y promover iniciativas destinadas acolaborar con el sistema de justicia en general, y, enespecial, con el Poder Judicial, para un mejor servicio de justicia, en beneficio de todos los ciudadanos y ciudada-nas que recurren a la autoridad jurisdiccional para prote- ger sus derechos, así como para resolver conflictos dediferente índole. Se pretende así contribuir con el fortale-cimiento de la institucionalidad democrática del país; laprotección de derechos y libertades fundamentales; elacceso a la justicia; la reforma integral del sistema judi- cial; la solución pacífica y oportuna de los conflictos y un acercamiento entre justicia y ciudadanía; y, en definitiva,dar un nuevo impulso al proceso de reforma de la justiciaen el país. SE RESUELVE: Primero.- Constituir un Grupo de Trabajo, denomina- do "Iniciativa por la Justicia", encargado, entre otrosaspectos, del seguimiento de: a) La implementación del plan elaborado por la Comi- sión Especial de la CERIAJUS, así como de las recomen- daciones producto de las audiencias públicas llevadas acabo por el Acuerdo Nacional por la Justicia. b) La implementación del nuevo Código Procesal Constitucional. c) La implementación del nuevo Código Procesal Pe- nal. d) La implementación de las Recomendaciones de la Comisión de la Verdad relacionadas con la impartición dejusticia. e) Funcionamiento del sistema anticorrupción.f) Proceso de reforma constitucional en materia de Justicia. g) Los cambios necesarios para una adecuada ense- ñanza del Derecho, en el marco del estudio realizadorecientemente por el Ministerio de Justicia. h) Nombramiento de jueces y fiscales titulares por el Consejo Nacional de la Magistratura. i) Implementación de las medidas necesarias para un mayor acceso a la justicia de quienes sufren unamayor vulnerabilidad en cuanto a derechos y libertades,por razones de sexo, raza, cultura, idioma, situacióneconómica y social, ubicación geográfica, etc. j) Participación de los representantes de la sociedad civil en instancias vinculadas a la administración de jus- ticia. l) Actuación de los Colegios de Abogados respecto a la práctica profesional de los abogados. Segundo.- El Grupo de Trabajo "Iniciativa por la Justi- cia" estará integrado por las siguientes personas e ins- tituciones: 1. Dr. Javier de Belaúnde López de Romaña 2. Dr. Víctor Cubas Villanueva3. Dra. Graciela Fernández Baca 4. Dr. Carlos Fernández Sessarego 5. Dr. Hugo Guerra Arteaga6. Dr. Salomón Lerner Febres7. Dr. Marcial Rubio Correa8. Un representante de la Comisión Andina de Juris- tas 9. Un representante de la Defensoría del Pueblo 10. Un representante del Consorcio Justicia Viva11. Un representante del Departamento de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú 12. Un representante del Consorcio Proética Para el desarrollo de su labor, el Grupo de Trabajo podrá colaborar y dialogar con las comisiones ya existen-tes sobre temas afines; recabar información a las institu-ciones; elaborar reportes periódicos; proponer medidasa los poderes y órganos del Estado, así como a lasdistintas entidades de la sociedad relacionadas con la impartición de justicia; elaborar o encargar estudios e investigaciones; promover pronunciamientos públicos;promover espacios de diálogo e intercambio de experien-cias; realizar conferencias, talleres o seminarios; crearmesas especializadas de trabajo; entre otros. Tercero.- El Grupo de Trabajo tendrá un plazo de vigencia de un año computado desde la fecha de su instalación y podrá designar Comisiones Especiales ySubgrupos de Trabajo en aspectos temáticos, conparticipación de la sociedad civil organizada y represen-