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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (20/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 15

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G37/G37/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 20 de diciembre de 2004 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G64/G65/G20/G6F/G63/G61/G73/G69/G6F/G6E/G61/G72/G20/G70/G65/G72/G6A/G75/G69/G63/G69/G6F/G20/G65/G63/G6F/G6E/GF3/G6D/G69/G63/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G55/G6C/G63/G75/G6D/G61/G79/G6F /G79/G20/G64/G65/G6C/G20/G65/G78/G20/G43/G54/G41/G52/G20/G54/G61/G63/G6E/G61 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 532-2004-CG Lima, 17 de diciembre de 2004 VISTO, el Informe Especial Nº 264-2004-CG/ORHU, resultante del Examen Especial efectuado a la Munici-palidad Distrital de Ulcumayo, provincia de Junín, Re- gión Junín, por el período comprendido de Ene. 1999 a Dic.2002; y, CONSIDERANDO: Que, acorde con el Plan Anual de Control para el ejerci- cio 2003, la Oficina Regional de Control Huancayo de laContraloría General de la República, efectuó un ExamenEspecial a la Municipalidad Distrital de Ulcumayo, orientadoa determinar la consistencia y veracidad de las denunciasreferidas a presuntas irregularidades en la administración de los recursos asignados a dicha Entidad Municipal; Que, como resultado de la Acción de Control, la Comi- sión Auditora determinó que la obra denominada : "Esta-dio Municipal de Ulcumayo - 1º Etapa", ejecutada en elaño 2000 bajo la modalidad de Contrata, acusa deficien-cias técnicas que comprometen significativamente su período de vida útil; determinándose que algunas partidas han sido mal ejecutadas por el contratista debido a la faltade diligencia del Supervisor, quien estuvo en el cargo du-rante la ejecución de la partida que corresponde en esta-bilizar y compactar la zona en relleno, obviando lo esta-blecido en las especificaciones técnicas, que contempla- ban expresamente los procedimientos constructivos; así como, del Jefe de la Oficina de Obras y Desarrollo Urba-no que suscribió el Acta de Recepción Final de Obra,pese a que presentaba deficiencias técnicas y no se ha-bían subsanado las observaciones reveladas previamen-te; hecho observado que conlleva perjuicio para la Muni- cipalidad por S/. 10 277,28 Nuevos Soles; y, permite de- terminar la existencia de Responsabilidad Civil, conformea lo dispuesto en el Art. 1321º del Código Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del Art. 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del SistemaNacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Su- perior de Control, disponer el inicio de las acciones lega-les pertinentes en forma inmediata, por parte del Procura-dor Público, en los casos en que en la ejecución diaria deuna acción de control se encuentre daño económico o lapresunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de las accio-nes legales respectivas contra los presuntos responsa-bles y los hechos comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el artículo 22º, inciso d) de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Pú- blico encargado de los asuntos judiciales de la Contra-loría General de la República, para que en nombre yrepresentación del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos y contra los presuntos res- ponsables comprendidos en el Informe de Visto, remi-tiéndosele para tal efecto los antecedentes corres-pondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 23083RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 533-2004-CG Lima, 17 de diciembre de 2004 VISTO; el Informe Especial Nº 266-2004-CG/ORAR, resultante del Examen Especial efectuado al ConsejoTransitorio de Administración Regional Tacna - CTARTacna, por el período comprendido del 1 de enero del 2002 al 31 de diciembre del 2002; y, CONSIDERANDO:Que, la Contraloría General de la República, dis- puso la ejecución de una acción de control al Conse- jo Transitorio de Administración Regional Tacna - CTAR Tacna, orientado a determinar si la adminis-tración de la entidad ha dado cumplimiento a los obje-tivos y metas institucionales previstas respecto a laejecución de obras, adquisición de bienes y contrata-ción de servicios; Que, como resultado de la acción de control practica- da, la Comisión Auditora ha determinado que los traba-jos de pavimentación de la obra Asfaltado de Vías, Co-nexiones Domiciliarias de Agua y Desagüe Calles 3 y 5Zona Auxiliar Parque Industrial de Tacna, se realizaronsin el debido control y supervisión de su ejecución, sin exigir el cumplimiento de las especificaciones fijadas en el expediente técnico, respecto a los controles de cali-dad, las características de los materiales empleados yde los métodos constructivos seguidos, conllevando aque la obra presentara deficiencias constructivas; oca-sionando perjuicio económico a la entidad por un monto ascendente a S/. 77 443,75 nuevos soles, que requiere ser resarcido, de conformidad con el artículo 1321º delCódigo Civil; Que, asimismo, la Comisión Auditora ha determinado que la entidad no ejerció un adecuado control de la manode obra empleada en el proceso constructivo de la obra "Asfaltado Calle Intermedia Mz. D y Adecuación de Ins- talación de Agua y Desagüe en las MZ. D y E ZonaAuxiliar Parque Industrial Tacna", ocasionando que sehaya pagado horas hombre en cantidad superior a lorequerido técnicamente, perjudicando a la entidad porun monto ascendente a S/. 37 394,34 nuevos soles, que requiere ser resarcido, de conformidad con el artículo 1321º del Código Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del artículo 22º de la Ley Orgánica del Sistema Na-cional de Control y de la Contraloría General de laRepública, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las accio- nes legales pertinentes en forma inmediata, por par-te del Procurador Público, en los casos en que laejecución directa de una acción de control se en-cuentre daño económico o presunción de ilícito pe-nal, correspondiendo autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de las accioneslegales respectivas contra los responsables com-prendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con establecido en el literal d) del artículo 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Pú- blico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y represen-tación del Estado, inicie las acciones legales por los he-chos expuestos, contra los responsables comprendi-dos en el Informe de Visto, remitiéndose para tal efectolos antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 23084