Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (20/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 14

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G37/G37/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 20 de diciembre de 2004 ría General de la República, para que en nombre y en representación del Estado, inicie las acciones legalespor los hechos expuestos, contra los presuntos res-ponsables comprendidos en el Informe de Visto, remi-tiéndose para el efecto los antecedentes correspon-dientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 23082 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 534-2004-CG Lima, 17 de diciembre de 2004 VISTO, el Informe Especial Nº 267-2004-CG/ORHZ, resultante del Examen Especial practicado a la Munici-palidad Provincial de Sihuas, departamento de Ancash,por el período comprendido de enero 1999 a diciembre 2003; y, CONSIDERANDO:Que, la Contraloría General de la República, a través del Plan Anual de Control de la Oficina Regional de Hua- raz para el ejercicio 2004, dispuso un Examen Especial a la Municipalidad Provincial de Sihuas, con la finalidadde establecer la veracidad de las presuntas irregularida-des denunciadas ante este Organismo Superior de Con-trol; Que, como resultado de la acción de control practicada, la Comisión Auditora ha determinado, no se ha depositado en la cuenta corriente del Banco dela Nación la suma de S/. 3 236.40, ingresos propiosrecaudados por la Municipalidad de Sihuas durante elperíodo 2003; hecho que constituye indicios razona-bles que hacen presumir la comisión del delito de Pe- culado, previsto y penado por el Artículo 387º del Có- digo Penal; Que, asimismo durante el período 2003 utilizaron los recursos municipales por un importe de S/. 67153,70, disponiendo la adquisición y contratación debienes y servicios que no guardan relación con los objetivos institucionales y que beneficiaron a terce- ros; hechos que constituyen indicios razonables quehacen presumir la comisión del delito de Peculado,previsto y penado por el Artículo 387º del CódigoPenal vigente; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del Art. 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la Repúbli-ca, constituye atribución de este Organismo Supe-rior de Control, disponer el inicio de las acciones le-gales pertinentes en forma inmediata, por parte delProcurador Público, en los casos en que la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal,correspondiendo autorizar al Procurador Público acargo de los asuntos judiciales de la Contraloría Ge-neral de la República, el inicio de las acciones lega-les respectivas contra los responsables comprendi- dos en el Informe de Visto; y, De conformidad con lo establecido en el literal d) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Siste-ma Nacional de Control y de la Contraloría General de laRepública, el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Pú- blico a cargo de los asuntos judiciales de la Contralo-ría General de la República, para que en nombre y enrepresentación del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos res- ponsables comprendidos en el Informe de Visto, remi-tiéndose para tal efecto los antecedentes correspon- dientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 23085 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 535-2004-CG Lima, 17 de diciembre de 2004 Visto, el Informe Especial Nº 268-2004-CG/ZC resul- tante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Distrital de La Molina, período 1999 - 2004, consideran- do operaciones anteriores y posteriores; relacionadascon los objetivos del citado Examen Especial; y, CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del Plan Operativo Institucio- nal 2004 se dispuso una acción de control en la Munici-palidad Distrital de La Molina, cuyo objetivo fue evaluar elcumplimiento de la dedicación exclusiva a que está obli-gado el Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital deLa Molina correspondiente al período 1999-2004; Que, como consecuencia de la acción de control efectuada, se ha evidenciado que el Ejecutor Coactivo dela Municipalidad Distrital de La Molina, en su DeclaraciónJurada de Bienes y Rentas del año 2000, omitió informa-ción real, pertinente y necesaria sobre la percepción deotro tipo de ingreso o remuneración bruta por el ejercicio individual de su profesión que no fuera el de quinta catego- ría que percibía en dicha corporación edil; siendo que elindicado funcionario obtuvo ingresos de cuarta categoríapor servicios de asesoría brindada a la Municipalidad Dis-trital de La Victoria y a la Municipalidad Distrital de Breña, loque evidencia que omitió información al momento de reali- zar la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, hechos que constituyen indicios razonables que hacen presumir la co-misión del delito contra la Fe Pública en la modalidad deOmisión de consignar declaraciones en documentos, pre-visto y penado en el artículo 429º del Código Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del artículo 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, cons-tituye atribución de este Organismo Superior de Control,disponer el inicio de las acciones legales pertinentes enforma inmediata, por parte del Procurador Público, enlos casos en que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presunción de ilícito penal, correspondiendo autorizar al ProcuradorPúblico encargado de los asuntos judiciales de la Con-traloría General de la República, el inicio de las accioneslegales respectivas contra los presuntos responsablescomprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con el literal d) del Art. 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Con-traloría General de la República, Ley Nº 27785, y el De-creto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la Contraloría Ge-neral de la República, para que en nombre y representacióndel Estado, inicie las acciones legales correspondientes,por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, contra los presuntos responsa- bles comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndosepara el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 23086