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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2004 (22/12/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 9

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G32/G38/G38/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 22 de diciembre de 2004 CATEGORÍA DEL GASTO 5 GASTOS CORRIENTES 112 000 000,00 ———————- 0 Reserva de Contingencia 112 000 000,00 ============ A LA :FUENTE DE 00 : RECURSOS ORDINARIOS FINANCIAMIENTO SECCIÓN PRIMERA GOBIERNO CENTRAL 105 765 000,00 SECCIÓN SEGUNDA INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS 6 235 000,00 --------------------- TOTAL 112 000 000,00 ============ Los Pliegos y Grupos Genéricos de Gasto habilita- dos en la Sección Primera y Sección Segunda del pre-sente artículo son detallados en los anexos Nos. 2 y 3 de la presente norma. Artículo 4º.- Obligación de Desagregar la Trans- ferencia de Partidas Los Pliegos Habilitadores y Habilitados comprendi- dos en el presente dispositivo legal aprueban mediante Resolución del Titular de Pliego, la desagregación fun- cional programática, de la Transferencia de Partidas dis-puesta por los artículos precedentes, dentro de los cin- co (5) días calendario de la vigencia del presente dispo- sitivo legal. Copia de dicha Resolución se remite dentrode los cinco (5) días calendarios de aprobada a los or- ganismos señalados en el numeral 5.2 del artículo 5º de la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Públicopara el Año Fiscal 2004. Artículo 5º.- Codificaciones La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos comprendidos en la presente Transferen- cia de Partidas, solicitarán a la Dirección Nacional delPresupuesto Público las codificaciones que se requie- ran como consecuencia de la incorporación de nuevas Actividades, Proyectos, Componentes, Finalidades deMeta y Unidades de Medida. Artículo 6º.- Notas de Modificación Presupuesta- ria La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego instruye a las Unidades Ejecutoras bajo su ámbitopara que elaboren las correspondientes “Notas para Mo- dificación Presupuestaria” que se requieran, como con- secuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 7º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de diciembre del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 23225 /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G52/G4F/G49/G4E/G56/G45/G52/G53/G49/GD3/G4E /G71/G75/G65/G20/G64/G69/G73/G70/G75/G73/G6F/G20/G65/G6E/G74/G72/G65/G67/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/GF3/G6E/G20/G61/G6C/G73/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G70/G72/G69/G76/G61/G64/G6F/G20/G6C/G61/G73/G20/G6F/G62/G72/G61/G73/G20/G79/G20/G6D/G61/G6E/G74/G65/G6E/G69/G6D/G69/G65/G6E/G2D/G74/G6F/G20/G69/G6E/G76/G6F/G6C/G75/G63/G72/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G22/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G43/G6F/G72/G72/G65/G2D /G64/G6F/G72/G20/G56/G69/G61/G6C/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6F/G63/G65/GE1/G6E/G69/G63/G6F/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G2D/G20/G42/G72/G61/G73/G69/G6C/G20/G2D /G49/G49/G52/G53/G41/G20/G53/G55/G52/G22 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 156-2004-EF Lima, 21 de diciembre de 2004CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28214 se declaró de necesi- dad pública, interés nacional y ejecución preferente, laconstrucción y asfaltado del "Proyecto Corredor Vial In- teroceánico Perú - Brasil - IIRSA SUR"; Que, de conformidad con el numeral 2 del Artículo 6º del Texto Único Ordenado de las normas con rango de ley que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos,corresponde a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, establecer las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos que serán entre-gadas en concesión al sector privado bajo los mecanismos y procedimientos mencionados en el indicado cuerpo legal; Que, el segundo párrafo del Artículo 2º del Reglamento de dicho Texto Único Ordenado, aprobado por Decreto Su- premo Nº 060-96-PCM, establece que el acuerdo del Con- sejo Directivo de PROINVERSIÓN a que se refiere el consi-derando anterior debe ser ratificado por Resolución Supre- ma; Que, mediante acuerdo adoptado en sesión del 3 de diciembre de 2004, el Consejo Directivo de PROINVER- SIÓN, acordó la entrega en concesión al sector privado bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el De-creto Supremo Nº 059-96-PCM y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM, las obras y el mante- nimiento involucrados en el "Proyecto Corredor Interoceáni-co Perú - Brasil - IIRSA SUR" a que se refiere la Ley Nº 28214, encargándose la conducción de dicho proceso al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructu-ra y de Servicios Públicos; De conformidad con el numeral 2 del Artículo 6º del De- creto Supremo Nº 059-96-PCM, el Artículo 2º del DecretoSupremo Nº 060-96-PCM y las Resoluciones Supremas Nº 444-2001-EF, Nº 228-2002-EF y Nº 009-2003-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratificar el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN en sesión de fe- cha 3 de diciembre de 2004, por el cual se estableció la entrega en concesión al sector privado bajo los meca-nismos y procedimientos establecidos en el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM, las obras y el mante-nimiento involucrados en el "Proyecto Corredor Intero- ceánico Perú - Brasil - IIRSA SUR" a que se refiere la Ley Nº 28214. Artículo 2º.- Encargar el proceso de promoción de inversión privada a que se refiere el Artículo Primero de la presente resolución, al Comité de PROINVERSIÓN enProyectos de Infraestructura y de Servicios Públicos. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas, elMinistro de Transportes y Comunicaciones y el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas JOSÉ ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 23235 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G69/G6D/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G72/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G71/G75/G65/G2D /G6A/G61/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C /G54/G72/G69/G62/G75/G6E/G61/G6C/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G4E/GBA/G20/G30/G38/G30/G37/G33/G2D/G33/G2D/G32/G30/G30/G34 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 622-2004-EF/10 Lima, 21 de diciembre de 2004