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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G38/G39/G35/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 2 de enero de 2004 blico usuario a acceder a una base de datos confiable so- bre la identificación de los operadores del servicio de trans-porte público de pasajeros; Que, resulta necesario emitir disposiciones que aseguren a la Autoridad Competente un instrumento de gestión referido a lacalidad del servicio de transporte, como al comportamiento y res-ponsabilidad en la conducción del vehículo habilitado, vinculadoal conocimiento y aplicación de las normas de transporte y trán-sito terrestre, reflejado en un mejor trato humano con el usuariodel servicio, objeto fundamental del mismo; Que, el comportamiento del prestador del servicio, será un elemento que determine entre otros factores la procedencia de laautorización y/o renovación del servicio público, contribuyendo auna optimización del servicio y a la seguridad de los usuarios; Estando a lo expuesto, con la visación de la Dirección Gene- ral de Transporte Urbano y de la Oficina General de Asuntos Ju-rídicos y en ejercicio de las facultades conferidas a la Alcaldía deconformidad con el Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipa-lidades Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- Establecer que las Empresas de Transporte autorizadas que brindan servicio público depasajeros urbano e interurbano dentro de la Provincia Cons-titucional del Callao, cumplan dentro del plazo de quince(15) días hábiles contados a partir de la vigencia de la pre-sente norma, con inscribir a las personas naturales querealicen la función de conductor, conductor - cobrador ycobrador de las unidades de transporte debidamente habi-litadas que forman parte de su flota vehicular. Dicha ins-cripción se someterá al procedimiento contemplado en elTexto Único de Procedimientos Administrativos de la Mu-nicipalidad Provincial del Callao. Artículo Segundo.- La información proporcionada por el registro de conductores y cobradores, contendrá los si-guientes datos: Conductor: Conductor - cobrador:Datos personales: Nombres y apellidos. Dirección.Documento de Identidad.Teléfono.Licencia de Conducir.Carné de Seguridad Vial y Primeros Auxilios.Empresa de Transporte y Ruta.Récord de Sanciones y Ocurrencias durante elservicio. Cobrador: Datos personales: Nombres y apellidos. Dirección.Documento de Identidad.Teléfono.Carné de Seguridad Vial y Primeros Auxilios.Empresa de Transporte y Ruta.Récord de Sanciones y Ocurrencias durante elservicio. La información proporcionada por el registro de conduc- tores y cobradores, será un elemento valorativo sobre laprocedencia, suspensión o cancelación de la autorizacióndel servicio público. Artículo Cuarto.- Los conductores y cobradores regis- trados deberán portar durante el desarrollo del servicio lacredencial que será emitida por la Empresa de Transportey presentada a requerimiento del Policía asignado al con-trol del tránsito o de la autoridad municipal. Su incumpli-miento conllevará la aplicación de una multa ascendente al10% de la UIT. La Empresa de Transporte es responsablesolidaria en el pago de la sanción. Artículo Quinto.- Las Empresas de Transporte que cuenten con autorización vigente o aquellas en procesode renovación y/o autorización, deberán haber registradoante la Dirección General de Transporte Urbano, la rela-ción de conductores y cobradores calificados para el ser-vicio de transporte público de pasajeros. Artículo Sexto.- Para la prestación del servicio de trans- porte público de pasajeros, el conductor y cobrador debe-rán hacer uso del uniforme reglamentario de la empresaconcesionaria, a fin de ser distinguidos del público usuariodel servicio. Su incumplimiento conllevará la aplicación deuna multa ascendente al 10% de la UIT. La Empresa de Trans-porte es responsable solidaria en el pago de la sanción. Artículo Sétimo.- El presente decreto entrará en vi- gencia a partir del 1 de enero del 2004.Artículo Octavo.- Encárguese el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Dirección General deTransporte Urbano y a la Policía Nacional a través delDepartamento de Policía de Tránsito del Callao. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Alcalde del Callao 24309 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G2D /G64/G61/G64/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G33 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 000716 Callao, 19 de diciembre de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO VISTO, el Memorando Nº 2860-2003-MPC/OGA, de la Oficina General de Administración de fecha 12 de diciem-bre de 2003; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 000017 de fecha 10/1/2003 se aprueba el Plan Anual de Adquisicionesy Contrataciones de la Municipalidad Provincial del Callao,correspondiente al año 2003; Que, a través de las Resoluciones de Alcaldía Nº 000171, Nº 000297, Nº 000523 y Nº 00546 se aprueban laPrimera, Segunda, Tercera y Cuarta Modificación del PlanAnual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipali-dad Provincial del Callao para el año 2003, respectivamente; Que, de conformidad con el artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM,cada Entidad elaborará un Plan Anual de Adquisiciones yContrataciones, el cual debe de proveer los bienes, servi-cios y obras que se requerirán durante el ejercicio presu-puestal y el monto de presupuesto requerido; Que, el artículo 7º del Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decre-to Supremo Nº 013-2001-PCM, establece en su último pá-rrafo que el Plan Anual podrá ser modificado de conformi-dad con la asignación presupuestal o en caso de reprogra-maciones de metas propuestas; Que, mediante el Informe Nº 769-2003-MPC/OGA-DL la Dirección de Logística remite el proyecto de la Quinta Modifi-cación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones; Estando a lo expuesto y contando con la visación de la Ofici- na General de Presupuesto y Planificación y Oficina General deAdministración, y en ejercicio de las facultades conferidas al Al-calde por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR, la Quinta Modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Munici-palidad Provincial del Callao correspondiente al año 2003, elmismo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría Ge- neral la publicación de la presente Resolución de Alcaldíaen el Diario Oficial El Peruano, así como su remisión alConsejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones delEstado (CONSUCODE) y a la Comisión de Promoción dePequeña y Mediana Empresa (PROMPYME). Artículo Tercero.- La Oficina General de Adminis- tración, Oficina General de Presupuesto y Planificación yOficina de Logística, quedan encargadas del cabal cumpli-miento de la presente Resolución de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Alcalde del Callao 24303