Norma Legal Oficial del día 02 de enero del año 2004 (02/01/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 2 de enero de 2004

blico usuario a acceder a una base de datos confiable sobre la identificacion de los operadores del servicio de transporte publico de pasajeros; Que, resulta necesario emitir disposiciones que aseguren a la Autoridad Competente un instrumento de gestion referido a la calidad del servicio de transporte, como al comportamiento y responsabilidad en la conduccion del vehiculo habilitado, vinculado al conocimiento y aplicacion de las normas de transporte y MORDAZA terrestre, reflejado en un mejor trato humano con el usuario del servicio, objeto fundamental del mismo; Que, el comportamiento del prestador del servicio, sera un elemento que determine entre otros factores la procedencia de la autorizacion y/o renovacion del servicio publico, contribuyendo a una optimizacion del servicio y a la seguridad de los usuarios; Estando a lo expuesto, con la visacion de la Direccion General de Transporte MORDAZA y de la Oficina General de Asuntos Juridicos y en ejercicio de las facultades conferidas a la Alcaldia de conformidad con el Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- Establecer que las Empresas de Transporte autorizadas que brindan servicio publico de pasajeros MORDAZA e interurbano dentro de la Provincia Constitucional del Callao, cumplan dentro del plazo de quince (15) dias habiles contados a partir de la vigencia de la presente MORDAZA, con inscribir a las personas naturales que realicen la funcion de conductor, conductor - cobrador y cobrador de las unidades de transporte debidamente habilitadas que forman parte de su flota vehicular. Dicha inscripcion se sometera al procedimiento contemplado en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial del Callao. Articulo Segundo.- La informacion proporcionada por el registro de conductores y cobradores, contendra los siguientes datos:
Conductor: Conductor - cobrador: Datos personales: Nombres y apellidos. Direccion. Documento de Identidad. Telefono. Licencia de Conducir. Carne de Seguridad Vial y Primeros Auxilios. Empresa de Transporte y Ruta. Record de Sanciones y Ocurrencias durante el servicio. Cobrador: Datos personales: Nombres y apellidos. Direccion. Documento de Identidad. Telefono. Carne de Seguridad Vial y Primeros Auxilios. Empresa de Transporte y Ruta. Record de Sanciones y Ocurrencias durante el servicio.

Articulo Octavo.- Encarguese el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Direccion General de Transporte MORDAZA y a la Policia Nacional a traves del Departamento de Policia de MORDAZA del Callao. POR TANTO: Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA del Callao 24309

Modifican el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la municipalidad correspondiente al ano 2003
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 000716
Callao, 19 de diciembre de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO VISTO, el Memorando Nº 2860-2003-MPC/OGA, de la Oficina General de Administracion de fecha 12 de diciembre de 2003; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 000017 de fecha 10/1/2003 se aprueba el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Provincial del Callao, correspondiente al ano 2003; Que, a traves de las Resoluciones de Alcaldia Nº 000171, Nº 000297, Nº 000523 y Nº 00546 se aprueban la Primera, MORDAZA, Tercera y Cuarta Modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Provincial del Callao para el ano 2003, respectivamente; Que, de conformidad con el articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, cada Entidad elaborara un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el cual debe de proveer los bienes, servicios y obras que se requeriran durante el ejercicio presupuestal y el monto de presupuesto requerido; Que, el articulo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece en su ultimo parrafo que el Plan Anual podra ser modificado de conformidad con la asignacion presupuestal o en caso de reprogramaciones de metas propuestas; Que, mediante el Informe Nº 769-2003-MPC/OGA-DL la Direccion de Logistica remite el proyecto de la MORDAZA Modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones; Estando a lo expuesto y contando con la visacion de la Oficina General de Presupuesto y Planificacion y Oficina General de Administracion, y en ejercicio de las facultades conferidas al MORDAZA por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR, la MORDAZA Modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Provincial del Callao correspondiente al ano 2003, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion de la presente Resolucion de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano, asi como su remision al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE) y a la Comision de Promocion de Pequena y Mediana Empresa (PROMPYME). Articulo Tercero.- La Oficina General de Administracion, Oficina General de Presupuesto y Planificacion y Oficina de Logistica, quedan encargadas del cabal cumplimiento de la presente Resolucion de Alcaldia. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA del Callao 24303

La informacion proporcionada por el registro de conductores y cobradores, sera un elemento valorativo sobre la procedencia, suspension o cancelacion de la autorizacion del servicio publico. Articulo Cuarto.- Los conductores y cobradores registrados deberan portar durante el desarrollo del servicio la credencial que sera emitida por la Empresa de Transporte y presentada a requerimiento del Policia asignado al control del MORDAZA o de la autoridad municipal. Su incumplimiento conllevara la aplicacion de una multa ascendente al 10% de la UIT. La Empresa de Transporte es responsable solidaria en el pago de la sancion. Articulo Quinto.- Las Empresas de Transporte que cuenten con autorizacion vigente o aquellas en MORDAZA de renovacion y/o autorizacion, deberan haber registrado ante la Direccion General de Transporte MORDAZA, la relacion de conductores y cobradores calificados para el servicio de transporte publico de pasajeros. Articulo Sexto.- Para la prestacion del servicio de transporte publico de pasajeros, el conductor y cobrador deberan hacer uso del uniforme reglamentario de la empresa concesionaria, a fin de ser distinguidos del publico usuario del servicio. Su incumplimiento conllevara la aplicacion de una multa ascendente al 10% de la UIT. La Empresa de Transporte es responsable solidaria en el pago de la sancion. Articulo Setimo.- El presente decreto entrara en vigencia a partir del 1 de enero del 2004.

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