Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ENERO DEL AÑO 2004 (10/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 91

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G33 /G41/G4E/G54/G45/G50/G52/G4F/G59/G45/G43/G54/G4F Lima, sábado 10 de enero de 2004 crito y pagado de doce (12) Unidades Impositivas Tributarias (UITs). e) Agencia de Viajes y Turismo Minorista: Aquella que vende pasajes y/o servicios turísticos no orga- nizados, comercializa el producto de los Operado- res de Turismo las Agencias de Viajes y Turismo Mayoristas, directamente al turista no pudiendo ofre- cer sus productos a otras Agencias de Viajes y Tu- rismo. La Agencia de Viajes y Turismo Minorista, deberán contar con un capital mínimo suscrito y pagado de tres (3) Unidades Impositivas Tributarias (UITs). f) Personal calificado: Persona que cuenta con for- mación, capacitación o con experiencia demostrada para atender, asesorar y orientar a los turistas que soliciten la prestación de servicios a la Agencia de Viajes y Turismo. g) Turismo receptor: El realizado dentro del territorio nacional por turistas domiciliados en el exterior. h) Turismo interno: El realizado dentro del territorio nacional por turistas domiciliados en el país. i) Turismo emisor.- El realizado por nacionales en el exterior. j) Inspector: Funcionario Público autorizado por el Organo Regional Competente, para verificar el cum- plimiento de la condiciones y requisitos mínimos exi- gidos en el presente Reglamento. k) Supervisor: Funcionario público designado por el Organo Regional Competente, que ejerce la supervi- sión de la labor del inspector. j) Órgano Regional Competente: Las Direcciones Regionales de Comercio Exterior y Turismo de los Gobiernos Regionales. CAPÍTULO II DE LA COMPETENCIA Y FUNCIONES Artículo 4º.- Competencia Los Órganos Regionales Competentes para la aplica- ción del presente Reglamento, son las Direcciones Re- gionales de Comercio Exterior y Turismo, dentro del ámbito de su jurisdicción administrativa, en primera ins- tancia, y la autoridad inmediata superior del Gobierno Regional, en segunda y última instancia. Artículo 5º.- Funciones del Órgano Regional Com- petente Corresponde al Órgano Regional Competente, las si- guientes funciones: a) Otorgar la clasificación a las Agencias de Viajes y Turismo; b) Supervisar el cumplimiento de las disposiciones del presente Reglamento; c) Aplicar las sanciones que correspondan a quien in- frinja las disposiciones contenidas en el presente Re- glamento; d) Favorecer la capacitación destinada a mejorar la pres- tación del servicio que realizan las Agencias de Via- jes y Turismo; e) Llevar y mantener actualizado el Directorio de Agen- cias de Viajes y Turismo; f) Remitir mensualmente, copia actualizada del Direc- torio de Agencias de Viajes y Turismo a la Dirección Nacional de Desarrollo Turístico; g) Otras establecidas en el presente Reglamento y de- más disposiciones legales vigentes; h) Coordinar con otras entidades para fines del cumpli- miento del presente Reglamento. CAPITULLO III DE LAS FUNCIONES DE LAS AGENCIAS DE VIAJES Y TURISMO Artículo 6º.- Funciones de las Agencias de Viajes y Turismo Las Agencias de Viajes y Turismo Mayoristas desa- rrollan las siguientes funciones: a) Elaboración, organización y comercialización de pro- gramas y demás servicios turísticos nacionales e internacionales;b) Promoción del turismo en los ámbitos nacional e in- ternacional; c) Representación de empresas intermediarias u Agen- cias de Viajes y Turismo no domiciliadas en el país, para la prestación de servicios propios; d) La representación de líneas aéreas; e) Representación de otros prestadores de servicios turísticos; f) Alquiler de vehículos con y sin conductor; g) Fletamento de aviones, barcos, autobuses, trenes especiales y otros medios de transporte para la pres- tación de servicios turísticos; h) Organización y promoción de congresos, conven- ciones y otros eventos similares; i) Contratación de Guías de Turismo; Los Operadores de Turismo desarrollan las siguien- tes funciones: a) Elaboración, producción, organización, operación, asesoría y comercialización de programas y de- más servicios turísticos nacionales e internacio- nales; b) Promoción del turismo en los ámbitos nacional e in- ternacional; c) La intermediación en la reserva y venta de boletos y pasajes en cualquier medio de transporte; d) La intermediación en la reserva y contratación de hospedaje; e) Recepción y traslado de turistas; f) Representación de empresas intermediarias u Agen- cias de Viajes y Turismo no domiciliadas en el país, para la prestación de servicios propios; g) La representación de líneas aéreas; h) Representación de otros prestadores de servicios turísticos; i) Brindar orientación e información al turista; j) Cambio de divisas, venta y cambio de cheques de viajeros; k) Transporte de equipaje a través de terceros utilizan- do cualquier medio de transporte; l) Tramitar pólizas de seguros de viaje, de pérdidas o deterioro de equipajes y otras que cubran los riesgos del viaje; m)Alquiler de vehículos con y sin conductor; n) Reserva, adquisición y venta de entradas para visi- tas turísticas; o) Alquiler de útiles y equipos para la práctica de diver- sas modalidades de turismo; p) Fletamento de aviones, barcos, autobuses, trenes especiales y otros medios de transporte para la pres- tación de servicios turísticos; q) Organización y promoción de congresos, conven- ciones y otros eventos similares; r) Contratación de Guías de Turismo; s) Representación de los turistas de los procedimien- tos necesarios para viajar, cumpliendo con las dispo- siciones legales vigentes; t) Recuperación de impuestos que el turista paga en el exterior; Las Agencias de Viajes y Turismo Minoristas desa- rrollan las siguientes funciones: a) Elaboración, asesoría y comercialización de progra- mas y demás servicios turísticos nacionales e inter- nacionales; b) Promoción del turismo en los ámbitos nacional e in- ternacional; c) La intermediación en la reserva y venta de boletos y pasajes en cualquier medio de transporte; d) La intermediación en la reserva y contratación de hospedaje; e) Recepción y traslado de turistas; f) Representación de empresas intermediarias u Agen- cias de Viajes y Turismo no domiciliadas en el país, para la prestación de servicios propios; g) La representación de líneas aéreas; h) Representación de otros prestadores de servicios turísticos; i) Brindar orientación e información al turista; j) Cambio de divisas, venta y cambio de cheques de viajeros;