Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2004 (10/01/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 89

MORDAZA, sabado 10 de enero de 2004

ANTEPROYECTO
ANEXO N° 2

Pag. 21

REQUISITOS MINIMOS DE RESTAURANTES DE UNO A TRES TENEDORES

TRES TENEDORES Dependencias e Instalaciones de General 10 mesas en el area de comedor Un ingreso principal y otro de servicio Servicios higienicos generales independientes para MORDAZA y caballeros Recepcion, donde ademas se ubicara el servicio telefonico y los servicios higienicos Estar de espera y bar con area minimo equivalente al 15% del area del comedor, independiente de los ambientes de comedor Comedor Detector, alarma y extintor de incendios Ventilacion en todas las instalaciones Instalaciones de Servicio Cocina con area equivalente al 20% del area de comedor Sistemas de conservacion de alimentos con agua fria y caliente MORDAZA extractoras y refrigeradores Servicios higienicos para personal de servicio Personal Jefe de cocina Jefe de comedor Mozos

DOS TENEDORES Dependencias e Instalaciones de Uso General 5 mesas en el area de comedor Servicios higienicos generales independientes para MORDAZA y caballeros Recepcion, donde ademas se ubicara el servicio telefonico y los servicios higienicos

UN TENEDOR Dependencias e Instalaciones deUso Uso General 5 mesas en el area de comedor Servicios higienicos generales independientes para MORDAZA y caballeros

Comedor Extintor de incendios Ventilacion Instalaciones de Servicio Cocina Sistemas de conservacion de alimentos con agua fria y caliente Refrigerador y campanas extractoras Personal Cocinero y mozos

Comedor Extintor de incendios Ventilacion Instalaciones de Servicio Cocina Sistemas de conservacion de alimentos con agua fria y caliente Refrigerador y MORDAZA extractora Personal Cocinero y mozos

R

EP

UB

LICA DEL P E

R

U

DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extension igual o mayor a dos (2) paginas de texto, se requerira la MORDAZA adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias ademas, deben ser remitidas en disquete o al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 5.- Cualquiera sea la cantidad de paginas, si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan venir en diskette y trabajados en Excel una linea por celda sin justificar y, si contuvieran graficos, estos deberan ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises.

LA DIRECCION

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.