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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ENERO DEL AÑO 2004 (15/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 4

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G39/G37/G37/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 15 de enero de 2004 "Artículo Único.- Designar a partir de la fecha al Ing. Domingo Jaime Portuguéz Arias en el cargo de DirectorEjecutivo del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Ca- tastro Rural del Ministerio de Agricultura". Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ LEÓN RIVERA Ministro de Agricultura 00744 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C /G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65 /G50/G52/G4F/G41/G42/G4F/G4E/G4F/G53/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G45/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G50/G72/G65/G73/G75/G2D /G70/G75/G65/G73/G74/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G33 PROYECTO ESPECIAL DE PROMOCIÓN DEL APROVECHAMIENTO DE ABONOS PROVENIENTES DE AVES MARINAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 027-2003-AG-PROABONOS/DE Callao, 31 de diciembre del 2003 VISTO:El Informe Nº 099-2003-AG-PROABONOS-GAF/LOG, del Área de Logística de la Gerencia de Administración y Finanzas, mediante el cual solicita la aprobación de la mo-dificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de PROABONOS del ejercicio fiscal 2003; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 006-2003-AG- PROABONOS/DE, de fecha 17/1/03, se aprobó el Plan de Adquisiciones y Contrataciones de PROABONOS para elEjercicio Presupuestal 2003, de conformidad con el Artí- culo 7º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; Que el numeral 6 de la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/ PRE, aprobado mediante la Resolución Nº 200-2001-CONSU- CODE/PRE. de fecha 14.12.01, precisa que toda modificacióndel Plan Anual, sea por inclusión o exclusión de procesos de selección, deberá ser aprobada por el Titular de pliego o la máxi- ma autoridad administrativa de la Entidad según corresponda; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 26857 - Ley de creación de PROABONOS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Modificación al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de PROABONOS, para el Ejercicio Presupuestal 2003. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Administración y Finanzas informar de lo dispuesto en la presente Resolución al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado- CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación, así mismo comunicar a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME, laexclusión de los procesos de selección, dentro del citado plazo. Regístrese, comuníquese, y cúmplase.AURELIO HUAOCHA ESTRADA Director Ejecutivo 00656 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G66/G65/G63/G68/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G73/G69/G65/G6D/G62/G72/G61/G2C/G20/G6D/G61/G74/G61/G64/G61/G2C /G71/G75/G65/G6D/G61/G20/G79/G20/G63/G61/G6D/G70/G6F/G20/G6C/G69/G6D/G70/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G63/G75/G6C/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G6C/G61/G6C/G67/G6F/G64/G6F/G6E/G65/G72/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G76/G61/G6C/G6C/G65/G73/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G2D/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G69/G75/G72/G61 SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGRARIA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 006-2004-AG-SENASA Lima, 12 de enero de 2004VISTOS: El Oficio Nº 1359-03-AG-SENASA-P, de fecha 21 de noviembre de 2003 y Oficio Nº 016-2004-AG-SENASA-P, de fecha 9 de enero de 2004, mediante el cual la Direccióndel Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA Piura remite la propuesta de modificación de fechas de siembra, matada y quema y campo limpio del cultivo del algodoneropara los valles de Piura y Chira (Bajo Chira, Medio y Alto Chira, Cieneguillo, Bajo Piura y Sechura y Medio Piura), presentada por la Comisión Ad Hoc del citado valle; El Informe Técnico Nº 009-2003-AG-SENASA-CSV-PIU, de fecha 19 de noviembre de 2003 y el Informe Técnico Nº 001-2004-AG-SENASA-CSV-PIU, de fecha 5 de enero de2004, en el que el Coordinador de Sanidad Vegetal de la Dirección del SENASA Piura informa que la propuesta de modificación de fechas de siembra, matada y quema y cam-po limpio del cultivo del algodonero ha sido evaluada y apro- bada por la Comisión Ad Hoc del cultivo del algodonero de los valles de Piura y Chira (Bajo Chira, Medio y Alto Chira,Cieneguillo, Bajo Piura y Sechura y Medio Piura); CONSIDERANDO:Que, el cultivo del algodonero se encuentra regulado por el Texto Único Ordenado (TUO) del Reglamento delCultivo del Algodonero para los Valles de la Costa Perua- na, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 251-94- AG y modificada por la Resolución Ministerial Nº 443-97-AG; estableciendo el artículo 3º del citado Reglamento las fechas límites para la siembra, matada y quema del men- cionado cultivo en cada valle; Que, la Segunda Disposición Complementaria del refe- rido Reglamento faculta al SENASA a modificar mediante Resolución Jefatural las fechas límite fijadas en su artículo3º, en armonía con las condiciones ecológicas, hidrológi- cas y fitosanitarias del cultivo, previa evaluación técnica realizada por la Comisión Ad Hoc del respectivo valle; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 1118-2001- AG del 15 de octubre de 2001, se modificó lo establecido en el artículo 3º del mencionado Reglamento, a efectos deadecuar las fechas límites de siembra del cultivo del algo- donero, de tal modo que exista una diferencia de días entre las siembras de algodón de las variedades locales e híbri-dos foráneos; Que, mediante el Informe Técnico Nº 018-2003-AG-SE- NASA-DGSV-DIA/cop, de fecha 28 de noviembre de 2003y el Informe Técnico Nº 001-2004-AG-SENASA-DGSV-DIA/ cop, de fecha 9 de enero del 2004, la Dirección General de Sanidad Vegetal informa que la solicitud de modificaciónestá referida sólo para la campaña agrícola 2003-2004, considerando que las condiciones climáticas de la época favorecen al cultivo del algodonero, que en estas fechas sedispondrá de suficiente agua, conforme al balance hídrico realizado y planificado por la Junta de Usuarios de Riego de los valles de Piura y Chira (Bajo Chira, Medio y AltoChira, Cieneguillo, Bajo Piura y Sechura y Medio Piura) y que se pretende eludir las probables poblaciones de pla- gas; Con las visaciones de la Dirección General de Sanidad Vegetal y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Modificar las fechas de siembra, matada y quema y campo limpio del cultivo del algodonero para los valles de Piura y Chira (Bajo Chira, Medio y Alto Chira,Cieneguillo, Bajo Piura y Sechura y Medio Piura), sólo para la campaña agrícola 2003-2004, tal como se detalla a con- tinuación: Valles Zonas Variedad Siembra Matada y quema Campo limpio Chira Bajo Chira Pima 01 dic al 15 ene 1 ago al 15 set 16 set al 30 nov Híbrido 01 feb al 15 mar Medio y Pima 20 dic al 30 ene 20 ago al 30 set 1 oct al 19 dic Alto Chira Híbrido 15 feb al 15 mar Cieneguillo Pima 01 ene al 30 ene 1 set al 30 set 1 oct al 31 dic Híbrido 15 feb al 15 mar Piura Bajo Piura Pima 15 dic al 31 ene 15 ago al 30 set 1 oct al 14 dic y Sechura Híbrido 15 mar al 15 abr Medio Piura Pima 21 ene al 06 mar 20 oct al 20 nov 21 nov al 21 ene Híbrido 20 mar al 20 abr