Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2004 (15/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, jueves 15 de enero de 2004

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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Que, en consecuencia resulta necesario autorizar al Procurador Publico Ad Hoc de PROVIAS NACIONAL, designado mediante Resolucion Suprema Nº 081-2003JUS, para que inicie las acciones legales que correspondan contra la citada persona y los que resulten responsables, remitiendose para el efecto los antecedentes pertinentes; De conformidad con el articulo 47º de la Constitucion Politica y los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667, Ley Nº 27791 y Resoluciones Supremas Nºs. 081 y 126-2003-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico Ad Hoc a cargo de los asuntos judiciales del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado inicie, impulse y culmine las acciones legales correspondientes contra el senor MORDAZA MORDAZA Soplapuco y los que resulten responsables por los hechos descritos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial, asi como los antecedentes del caso mencionado al Procurador Publico, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 00634

Articulo 1º.- Otorgar a la ASOCIACION UNION PERUANA DE LA IGLESIA ADVENTISTA DEL MORDAZA DIA, Permiso de Operacion de Aviacion General - Servicio Civico / Privado, por el plazo de cuatro (4) anos contados a partir del dia siguiente a la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, sujeto a las siguientes caracteristicas: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviacion General - Servicio Civico / Privado. AMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONAUTICO: - Cessna 182G. - Lake Renegade 250. ZONAS DE OPERACION: DEPARTAMENTOS, MORDAZA, AEROPUERTOS Y/O AERODROMOS: DEPARTAMENTO: AMAZONAS. - Chachapoyas, MORDAZA MORDAZA, Galilea, MORDAZA de Mendoza. DEPARTAMENTOS: MORDAZA Y MORDAZA DE DIOS. - Iberia, Inapari, Kiteni, MORDAZA, Puerto MORDAZA, Quincemil. DEPARTAMENTO: SAN MORDAZA - Juanjui, Moyobamba, Puerto Yarina, MORDAZA, Saposoa, Tarapoto, Tocache, Uchiza. DEPARTAMENTOS: MORDAZA, MORDAZA Y PASCO - MORDAZA Constitucion, Codo del Pozuzo, Cutivereni, MORDAZA MORDAZA, Iscozasin, Llulla Pichis, Mazamari/Manuel MORDAZA, Potsateni, Poyeni, Puerto Ocopa, Tingo MORDAZA, Tournavista. DEPARTAMENTO: UCAYALI - Atalaya, Balta, Bufeo MORDAZA, Chicosa, Oventeni, Paititi, Pucallpa MORDAZA, Breu, Puerto MORDAZA, Sepahua, Unine, Yarinacocha. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Andoas, Buncuyo, Caballococha, Colonia Angamos, Contamana, El Estrecho, Intuto, Iquitos/Crnl. MORDAZA Secada V., MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA, San MORDAZA, Yurimaguas. MORDAZA - Rio Nieva. - Rio Santiago. - Rio Ucayali. - Rio Pisqui. - Rio Purus. - Rio Maranon. - Rio Haypena. - Rio Chobayacu. - Rio Putumayo. - Rio Tigre. - Rio Paranapura. - Rio Shilnchlyacu / Pastaza. - Rio Amazonas. - Rio Ucayali. BASE DE OPERACIONES: - Aerodromo de Yarinacocha.

Otorgan a asociacion religiosa permiso de operacion de Aviacion General - Servicio Civico/Privado
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 273-2003-MTC/12 MORDAZA, 15 de diciembre del 2003 Vista la solicitud de ASOCIACION UNION PERUANA DE LA IGLESIA ADVENTISTA DEL MORDAZA DIA, sobre Permiso de Operacion de Aviacion General - Servicio Civico/Privado; CONSIDERANDO: Que, segun los terminos de la Memoranda Nº 02542003-MTC/12.OAL, Nº 0313-2003-MTC/12.OAL, Nº 0384-2003-MTC/12.AL y Nº 0604-2003-MTC/12.AL, emitidos por la Asesora Legal de la Direccion General de Aeronautica Civil; Memorando Nº 2393-2003-MTC/ 12.04, emitido por la Direccion de Seguridad Aerea; se considera pertinente atender lo solicitado por la recurrente, conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento; y demas disposiciones legales vigentes; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por cier tos, ver ificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicacion de los principios de celeridad y simplificacion administrativa, se considera pertinente precisar que las instalaciones de los aeropuertos y/o aerodromos privados podran ser utilizadas previa autorizacion de sus respectivos propietarios; Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; el Reglamento vigente; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes;

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