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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G39/G38/G34/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 16 de enero de 2004 VISTOS: el Memorándum Nº 3027-2003-ME/SG-OA- UA, el Memorándum Múltiple Nº 006-2003-ME/SG, el Me-morándum Múltiple Nº 008-2003-ME/SPE-UP, el Memo- rándum Nº 374-2003-MED/VMG/DINEBI, el Oficio Nº 2261-2003-DINFOCAD, el Memorádum Nº 1028-2003/MED-SPE-OFIN y la Hoja de Coordinación Interna Nº 698- 2003-ME/SPE-UP; y, CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Secretaría General Nºs. 004-A-2003-ED y 063-2003-ED, se aprobó el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del Ministe- rio de Educación para el Ejercicio Presupuestal 2003,correspondiente a las Unidades Ejecutoras 024: Sede Central, 026: Programa de Educación Básica para To- dos, 027: Mejoramiento de la Calidad de la EducaciónPrimaria, 028: Mejoramiento de la Calidad de la Edu- cación en los Niveles de Primaria (Inicial 5 años) Se- cundaria y Educación para el Trabajo y 029: ProyectoHuascarán; Que, habiéndose presentado reprogramaciones de metas y de presupuesto, como dilaciones ajenas a laEntidad así como, en ocasiones ha desaparecido la necesidad de adquirir o contratar los bienes, servicios u obras inicialmente planificados o, no se han convo-cado en forma oportuna, se hace indispensable se modifiquen los datos consignados en el Plan Anual correspondiente al ejercicio 2003; Que, en consecuencia es necesario excluir determinados procesos de selección del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Eje-cutora 024: Sede Central y de la Unidad Ejecutora 026: Programa de Educación Básica para Todos, para el ejercicio fiscal 2003 del Ministerio de Educación, deacuerdo a los anexos 1 y 2 que forman parte de la presente Resolución; Que, el artículo 7º del Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, estipula que el Plan Anual podrá ser modificado de conformidad con la asig-nación presupuestal o en caso de reprogramación de metas propuestas; Que, el numeral 6) de la Directiva Nº 022-2001-CON- SUCODE/PRE, que regula el procedimiento de elabora- ción e información que debe contener el Plan de Contra- taciones y Adquisiciones de las Entidades del Sector Pú-blico, aprobado mediante Resolución Nº 200-2001-CON- SUCODE/PRE, establece que toda modificación deberá ser comunicada al CONSUCODE; a través de los mis-mos mecanismos indicados en el numeral 7 de las Dispo- siciones Específicas de esta Directiva; y a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPY-ME, dentro de los (10) días hábiles siguientes a dicha apro- bación; En uso de las facultades delegadas por Resolución Ministerial Nº 0907-2003-ED; y de conformidad con el De- creto Ley Nº 25762 - Ley Orgánica del Ministerio de Edu- cación, modificado por la Ley Nº 26510, y los DecretosSupremos Nºs. 012-2001-PCM y 013-2001-PCM y la Di- rectiva Nº 022-2001-CONSUCODE/PRE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar las exclusiones de los siguien- tes procesos de selección del Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones del Ministerio de Educación, correspondientes al Ejercicio Presupuestal 2003, de laUnidad Ejecutora 024: Sede Central y de la Unidad Eje- cutora 026: Programa de Educación Básica para Todos, según anexos 1 y 2, los cuales forman parte de la presen-te resolución. Artículo 2º.- Las exclusiones a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, deberán ser co-municadas al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, de acuer- do a los mecanismos indicados en el numeral 7 de lasDisposiciones Específicas de la Directiva Nº 022-2001- CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolución Nº 200- 2001-CONSUCODE/PRE, y a la Comisión de Promo-ción de la Pequeña y Microempresa - PROMPYME, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su aprobación.Regístrese, publíquese y comuníquese. ROBERTO CORNEJO KLÄSCHEN Secretario General 00777 JUSTICIA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79/G20/G4E/GBA /G32/G38/G31/G34/G39/G20/G2D/G20/G4C/G65/G79/G20/G71/G75/G65/G20/G69/G6E/G63/G6C/G75/G79/G65/G20/G6C/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G63/G69/GF3/G6E/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G73/G6F/G63/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G63/G69/G76/G69/G6C/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/GF3/G72/G67/G61/G6E/G6F/G73/G20/G64/G65/G63/G6F/G6E/G74/G72/G6F/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G6F/G64/G65/G72/G20/G4A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G79/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G2D /G72/G69/G6F/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F DECRETO SUPREMO Nº 001-2004-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28149, Ley que incluye la participación de la sociedad en los órganos de control del Poder Judicial y del Ministerio Público señala que el Poder Ejecutivo re-glamentará la misma; Que, la citada Ley establece una nueva composición de los órganos de control del Poder Judicial y el MinisterioPúblico por lo que corresponde al reglamento establecer la forma de elección de los representantes a que se refiere la Ley Nº 28149; Que, la modificación de los artículos 103º y 104º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judi- cial y del artículo 51º del Decreto Legislativo Nº 052, LeyOrgánica del Ministerio Público, no implican la modifica- ción de los procedimientos internos de los órganos de con- trol; Que, en consecuencia es necesario aprobar el Regla- mento de la Ley a que se refiere el primer considerando en lo que se refiere a la forma de elección de los representan-tes; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 inci- so 8) de la Constitución Política del Perú; SE DECRETA: Artículo 1º.- OBJETO El presente reglamento tiene por objeto establecer la forma en que serán elegidos los miembros de la Oficina deControl de la Magistratura y de la Fiscalía Suprema de Control Interno, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 28149. Cuando este reglamento haga referencia a la Ley, se entenderá que se refiere a la Ley Nº 28149. Artículo 2º.- DE LA ELECCIÓN DE LOS MIEMBROS DE LA OFICINA DE CONTROL DE LA MAGISTRATU- RA. 2.1 El Vocal Supremo cesante o jubilado será elegido por los demás miembros de la Oficina de Control de laMagistratura. Cada uno de los miembros de la Oficina de Control de la Magistratura, podrá proponer hasta dos can- didatos que reúnan los requisitos señalados en el artículo103º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, modificado por la Ley. Corresponderá al Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura efectuar la convocatoria y dirigir el procesode elección del vocal cesante o jubilado a que se refiere la Ley. En caso de empate la elección se decidirá mediante sorteo entre los candidatos empatados. 2.2 La Junta Nacional de Decanos de Colegios de Abogados llevará a cabo el proceso de elección delrepresentante de los Colegios de Abogados del país, para cuyo efecto realizará la convocatoria y el acto electoral correspondiente, comunicándole el resultado de la elecciónal Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura. 2.3 La Asamblea Nacional de Rectores es el órgano competente para determinar cuáles son las facultades dederecho de las cinco universidades públicas más antiguas