Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2004 (21/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 21 de enero de 2004

cional de Desarrollo y al Ministerio de Agricultura, respectivamente; y, En uso de la facultad conferida por la Novena Disposicion Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004; DECRETA: Articulo 1º.- Autorizacion de Transferencias de Partidas Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, hasta por la suma de CINCUENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS DIEZ MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 56 810 000,00), de acuerdo al siguiente detalle:
DE SECCION PRIMERA PLIEGO : GOBIERNO CENTRAL 039 : Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social 004 : Foncodes 12 : Recursos por Operaciones Oficiales de Credito Externo (En Nuevos Soles)

del articulo 5º de la Ley Nº 28128 - de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004. Articulo 3º. Codificaciones La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos comprendidos en la presente Transferencia de Partidas, solicitaran a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Actividades, Proyectos, Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Articulo 4º.- Notas de Modificacion Presupuestaria La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos instruye a las Unidades Ejecutoras bajo su ambito para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas.

48 060 000,00 48 060 000,00

Unidad Ejecutora Fuente de Financiamiento

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinte dias del mes de enero del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Economia y Finanzas 01180

TOTAL GOBIERNO CENTRAL

48 060 000,00 ============ 48 060 000,00 ============

SECCION MORDAZA PLIEGO

: INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS 441 : Gobierno Regional del departamento de MORDAZA 004 : Proyecto Especial Chinecas

8 750 000,00 8 750 000,00

Unidad Ejecutora Fuente de Financiamiento

09 : Recursos Directamente 450 000,00 Recaudados 15 : Fondo de Compensacion Regional 8 300 000,00 =========== TOTAL INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS 8 750 000,00 ============ TOTAL 56 810 000,00 ============

Aprueban Reglamento de la Ley Nº 27995, que establece procedimientos para asignar bienes dados de baja por entidades estatales, a favor de centros educativos de regiones de extrema pobreza
DECRETO SUPREMO Nº 013-2004-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO:

A SECCION PRIMERA PLIEGO Unidad Ejecutora Fuente de Financiamiento : GOBIERNO CENTRAL 313 : Instituto Nacional de Desarrollo 8 750 000,00 007 : Chinecas 8 750 000,00

09 : Recursos Directamente 450 000,00 Recaudados 15 : Fondo de Compensacion Regional 8 300 000,00

PLIEGO Unidad Ejecutora Fuente de Financiamiento

013 : Ministerio de Agricultura 002 : Pronamachcs 12 : Recursos por Operaciones Oficiales de Credito Externo TOTAL GOBIERNO CENTRAL TOTAL

48 060 000,00 48 060 000,00

48 060 000,00 ============ 48 060 000,00 ============ 56 810 000,00 ============

Que, mediante Ley Nº 27995, se establece procedimientos para asignar bienes dados de baja por las entidades estatales, a favor de los centros educativos de las regiones de extrema pobreza; Que, el desarrollo de la descentralizacion involucra el ejercicio de competencias y funciones sectoriales compartidas con los gobiernos regionales, siendo una de ellas la educacion en sus diferentes niveles; Que, es necesario dotar a los centros educativos de las zonas de extrema pobreza de aquellos bienes muebles que MORDAZA dados de baja y que puedan ser utiles para el sistema educativo; Que, el articulo 6º de la ley acotada establece que corresponde al Poder Ejecutivo aprobar el respectivo reglamento; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 8 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 27995; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto Apruebase el Reglamento de la Ley Nº 27995 que establece procedimientos para asignar bienes dados de baja por las entidades estatales, a favor de los centros educativos de las regiones de extrema pobreza, que consta de 2 (dos) Titulos y 4 (cuatro) articulos, el mismo que forma parte del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Educacion.

Articulo 2º.- Obligacion de desagregar las Transferencias de Partidas Los Pliegos Habilitadores y Habilitados comprendidos en el presente dispositivo legal aprueban mediante Resolucion del Titular del Pliego, la desagregacion funcional programatica de la Transferencia de Partidas dispuesta en el articulo precedente, dentro de los cinco (5) dias de la vigencia del presente dispositivo. MORDAZA de dicha Resolucion se remite dentro de los cinco (5) dias siguientes de ser aprobada a los organismos senalados en el Numeral 5.2

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