Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2004 (21/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, miercoles 21 de enero de 2004 DOCUMENTO Nº 003-2004/DNPP

NORMAS LEGALES
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"NOVENA DISPOSICION FINAL DE LA LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO PARA EL ANO FISCAL 2004 ­ LEY Nº 28128" Para efecto de la aplicacion de la Novena1 Disposicion Final de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004 ­ Ley Nº 28128, en el MORDAZA del articulos 68º y 71º 2 de las Directivas Nºs. 001 y 002-2004-EF/76.013 , se tomaran en cuenta las instrucciones siguientes: 1. Sobre el MORDAZA de absorcion de unidades ejecutoras El MORDAZA de absorcion a que hace referencia la Ley de Presupuesto debe realizarse como una fusion por absorcion. De acuerdo a lo expresado, una Unidad Ejecutora con un presupuesto mayor a seis millones y 00/100 Nuevos Soles, absorbe a una o mas Unidades Ejecutoras con un presupuesto menor al monto MORDAZA senalado, con la finalidad que se constituya en una sola Unidad Ejecutora. No procede la fusion por absorcion de dos o mas Unidades Ejecutoras, para los fines de constituir una nueva, cuando la fusion se realiza entre Unidades Ejecutoras que tienen un presupuesto igual o menor a seis millones y 00/ 100 Nuevos Soles. 2. Sobre los criterios adicionales al MORDAZA de absorcion La Direccion Nacional del Presupuesto Publico recomienda a los Pliegos Presupuestarios comprendidos dentro de este procedimiento de fusion por absorcion, que al momento de efectuar las fusiones consideren ­ adicionalmente a lo senalado por la Ley de Presupuesto- criterios tales como el factor geografico, los procesos internos y los sistemas de gestion para la provision de bienes y servicios, con el objeto que las fusiones no conlleven al deterioro en la provision de los servicios publicos que presta la entidad, en perjuicio de los objetivos institucionales del Pliego trazados para el presente ano fiscal. 3. Sobre las coordinaciones con la DNPP La Direccion Nacional del Presupuesto Publico solo mantiene relacion de coordinacion en el MORDAZA de la gestion presupuestaria del Estado, con el Pliego Presupuestario, tomando en cuenta lo dispuesto en los articulo 7º y 8º de la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado ­Ley Nº 27209 4 . En tal sentido, las Unidades Ejecutoras canalizan sus consultas y solicitudes dirigidas a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico solo a traves de la Oficina de Presupuesto y Planificacion o la que haga sus veces en el Pliego. 4. Sobre otros lineamientos financieros a cargo de la Direccion General del Tesoro Publico En el MORDAZA de las coordinaciones efectuadas con la Direccion General del Tesoro Publico -DGTP, los mecanismos financieros que resulten necesarios para la adecuada aplicacion de lo dispuesto en la Novena Disposicion Final de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004 ­Ley Nº 28128, seran establecidos por el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la DGTP. Direccion Nacional del Presupuesto Publico 9 de enero de 2004

Articulo 68º y Articulo 71º En el MORDAZA de lo dispuesto en la Novena Disposicion Final de la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, la Direccion Nacional del Presupuesto Publico emitira las instrucciones necesarias para una adecuada fusion de las Unidades Ejecutoras cuyos presupuestos son iguales o menores a seis millones de nuevos soles por toda fuente de financiamiento, con el objeto de lograr economias de escala. Aprobadas por la Resolucion Directoral Nº 047-2003-EF/76.01 Articulo 7.- Pliegos Presupuestarios Constituyen Pliegos Presupuestarios, las Entidades del Sector Publico, a las que se le aprueba una asignacion en el Presupuesto Anual, para el cumplimiento de las Actividades y/o Proyectos a su cargo, de acuerdo a los objetivos institucionales determinados para un Ano Fiscal. Igualmente constituyen Pliegos Presupuestarios las Municipalidades Provinciales y Distritales. (...) Articulo 8.- Responsabilidad del Titular del Pliego y de las Oficinas de Presupuesto 8.1 El Titular del Pliego es responsable de las Funciones, Programas, Subprogramas, Actividades y Proyectos a su cargo, que conllevan al logro de los objetivos nacionales e institucionales y, en lo especifico, al cumplimiento de las metas establecidas en los Presupuestos Institucionales.

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01134 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 006-2004-EF Mediante Oficio Nº 034-DE-2004-SCM/PR, la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 006-2004-EF, publicado en nuestra edicion del dia 20 de enero de 2004. 1. En el penultimo parrafo de la MORDAZA, DICE: "Asi mismo se establece que las subastas se haran a traves del Sistema de Negociacion de Datos Tecnicos S.A. (DATATEC), teniendo la Direccion Nacional de Endeudamiento Publico (...)", DEBE DECIR: "Asi mismo se establece que las subastas se haran a traves del Sistema de Negociacion de Datos Tecnicos S.A. (DATATEC), teniendo la Direccion General de Credito Publico (...)". 2. En el literal c) de la Seccion 2, DICE: "Unidad Responsable de la Emision y Colocacion La Unidad Responsable es el Ministerio de Economia y Finanzas (MEF) a traves de la Direccion Nacional de Endeudamiento Publico (DNEP).", DEBE DECIR: "Unidad Responsable de la Emision y Colocacion La Unidad Responsable es el Ministerio de Economia y Finanzas (MEF) a traves de la Direccion General de Credito Publico (DGCP)." 3. En el literal d) de la Seccion 2, DICE: "Agente Estructurador El Ministerio de Economia y Finanzas (MEF) a traves de la Direccion Nacional de Endeudamiento Publico (DNEP) (...).", DEBE DECIR: "Agente Estructurador

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Novena.- Dentro del primer trimestre del Ano Fiscal 2004, toda Unidad Ejecutora que cuente con un presupuesto igual o menor a SEIS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 6 000 000,00), por toda Fuente de Financiamiento, independientemente del nivel de Gobierno, debera ser absorbida por otra Unidad Ejecutora de los respectivos Pliegos Presupuestarios, a fin de lograr economias de escala en el MORDAZA de la racionalidad del gasto publico.

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