Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2004 (21/01/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 21 de enero de 2004

Articulo 3º.- El Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru, estara a cargo de asegurar las condiciones adecuadas para el cumplimiento de la mision encomendada, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 005-87-DE/SG de fecha 4 de diciembre de 1987. Articulo 4º.- El Ministro de Defensa, queda facultado para va r iar la fecha de inicio y ter mino del nombramiento, sin exceder el periodo total establecido. Articulo 5º.- El citado Oficial Superior, debera cumplir con sustentar lo senalado en el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002. Articulo 6º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a solicitar liberacion o exoneracion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 7º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 01127

Autorizan viaje de oficiales del Ejercito para participar en MORDAZA Internacional organizado por la Aviacion de la Fuerza Terrestre de Ecuador
RESOLUCION SUPREMA Nº 015-2004-DE/EP/DP-SDAPE-1-1/ MORDAZA, 19 de enero de 2004 Visto, la Hoja de Recomendacion Nº 226 SUB DIR EDUC/C-2.a.05.00 de Dic.2003, de la Direccion de Educacion y Doctrina del Ejercito. CONSIDERANDO: Que, la Vigesima MORDAZA Politica del Estado del Acuerdo Nacional promueve la participacion de las Fuerzas Armadas en la Defensa Regional, la Seguridad Hemisferica y las Misiones de Paz en el MORDAZA de la Organizacion de las Naciones Unidas; Que, el inciso (e) del articulo 4º de la Ley Nº 27860 Ley del Ministerio de Defensa, establece como una de sus funciones participar a traves de los organismos pertinentes, en las misiones de paz internacionales a que se comprometa el Estado Peruano de acuerdo a Ley; Que, entre los objetivos estrategicos generales y politicas del Sector Defensa, se encuentra la participacion en actividades de caracter regional, continental y/o mundial, en la perspectiva de integrar las Fuerzas Armadas Multinacionales de Paz o Seguridad; Que, el Sector Defensa en cumplimiento a lo dispuesto por el Supremo Gobierno respecto a las medidas de austeridad y racionalidad del gasto en el Sector Publico, viene reduciendo al minimo indispensable las autorizaciones de los viajes al exterior, considerandose aquellos que se enmarcan en el cumplimiento de compromisos internacionales, como el de capacitacion que no puede realizarse en el Peru; Que, los incisos a) y k) del Articulo 15º de la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, prioriza y determina las acciones necesarias que permitan el cumplimiento de los objetivos del pliego al menor costo posible asi como restringen al minimo indispensable los viajes fuera del MORDAZA en Comision de Servicios que irroguen gastos al Estado, asimismo, el Inciso 2.c del Articulo 14º de la citada Ley establece que no se encuentran comprendidos dentro de las disposiciones de austeridad los pagos de

remuneraciones, retribuciones, dietas o cualquier bonificacion, asignacion y beneficios en moneda extranjera o indexada a esta, al personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Fuerzas Armadas y Policia Nacional que cumple servicios en el extranjero; Que, con el Oficio Nº 0163/AMDL de MORDAZA 10 de Dic.3, el Sr. MORDAZA Agregado Militar a la Embajada del Peru en Ecuador, comunica al Comando del Ejercito que el Sr. Comandante General de la Fuerza Terrestre del Ecuador cursa una invitacion para que una delegacion de dos (2) Oficiales de la Aviacion del Ejercito del Peru, participen en el MORDAZA Inter nacional a desarrollarse del 16 al 23.Ene.2004, en la Republica del Ecuador, con el tema "La Aviacion del Ejercito en Apoyo al Desarrollo Nacional"; Que, mediante la Hoja de Recomendacion Nº 226 SUB DIR EDUC/C-2.a.05.00 de Dic 2003, se ha determinado que es conveniente para los intereses institucionales nombrar en Comision de Servicio en el Extranjero al TTE CRL INF FORNO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y al MY MG CALIZAYA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que participen en el MORDAZA Internacional organizado por la Aviacion de la Fuerza Terrestre de Ecuador del 16 al 23 de enero del 2004; por cuanto la experiencia a adquirirse redundara en beneficio del desarrollo del MORDAZA, dentro del ambito de competencia del Ejercito del Peru; Que, la Fuerza Terrestre del Ecuador sufragara los gastos adicionales que ocasione la delegacion peruana (transporte, tour, etc.); y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Articulos 14º y 15º de la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio al TTE CRL INF FORNO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y al MY MG CALIZAYA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que participen en el MORDAZA Internacional organizado por la Aviacion de la Fuerza Terrestre de Ecuador del 16 al 23 de enero del 2004. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue la presente resolucion seran sufragados por el Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru (Oficina de Economia del Ejercito), de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes: Lima-Quito-Lima US$ 538.00 x 2 Personas Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto US$ 28.24 x 2 Personas Viaticos US$ 200 x 8 dias x 2 Personas Articulo 3º.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y termino del nombramiento, sin exceder el periodo total establecido. Articulo 4º.- Los citados Oficiales Superiores, deberan cumplir con sustentar lo senalado en los Articulos 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 01126

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