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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G34/G34/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 24 de enero de 2004 rarios de US$ 14 280,00 (catorce mil doscientos ochen- ta y 00/100 dólares americanos), incluidos los impues-tos de ley, por la fuente de financiamiento recursosdirectamente recaudados del presupuesto de la SUNASSpara el año 2004. La asesoría abarca hasta la conclu-sión de los procesos judiciales a los que se refiere lapresente resolución y el monto a pagar se realizará enpartes y en las oportunidades previstas en el contrato. Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia de Administra- ción y Finanzas de la Superintendencia Nacional deServicios de Saneamiento que bajo responsabilidad re-mita copia de la presente resolución y del informe que lasustenta a la Contraloría General de la República dentrode los diez días calendario siguientes a la fecha de suaprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese.SERGIO SALINAS RIVAS Presidente del Consejo Directivo 01358 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G55/G4E/G41/G53/G53/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C /G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G32/G30/G30/G34 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 001-2004-SUNASS-GG Lima, 12 de enero de 2004 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado, aprobado por DecretoSupremo Nº 012-2001-PCM, las entidades de la Adminis-tración Pública deben elaborar un Plan Anual de Adqui-siciones y Contrataciones que contemple los bienes,servicios y obras que requerirán durante el ejercicio pre-supuestal 2004 y su correspondiente presupuesto; Que, asimismo establece que el referido plan debe ser aprobado por el Titular del Pliego o la máxima autori-dad administrativa de la Entidad; Que, mediante Resolución Nº 031-2003-SUNASS- CD, fue aprobado el Presupuesto Institucional de Aper-tura de Ingresos y Egresos correspondiente al año fiscal2004 de la Superintendencia Nacional de Servicios deSaneamiento; Que, el numeral 1) del artículo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCMestablece que el Titular del Pliego o la máxima autoridadadministrativa, según corresponda, deberá aprobar elPlan Anual de Adquisiciones y Contrataciones dentro delos treinta días naturales siguientes de aprobado el pre-supuesto institucional, en concordancia con el montoasignado conforme a las leyes presupuestales; Que, mediante Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/ PRE, aprobada por Resolución Nº 380-2003-CONSUCO-DE/PRE y publicada el 3 de enero de 2004 se regula elprocedimiento de elaboración y el contenido de los pla-nes anuales de adquisiciones y contrataciones de lasEntidades del Sector Público sujetas a la normativa so-bre adquisiciones y contrataciones del Estado; En uso de las facultades otorgadas por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Superintendencia Nacional deServicios de Saneamiento para el ejercicio fiscal 2004contenido en el anexo que forma parte integrante de lapresente resolución.Artículo 2º.- Ordenar a la Gerencia de Administra- ción y Finanzas remitir el Plan Anual de Adquisiciones yContrataciones de la Superintendencia Nacional de Ser-vicios de Saneamiento al Consejo Superior de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y ala Comisión de Promoción de la Pequeña y Microempre-sa - PROMPYME en un plazo no mayor a diez días hábi-les de su aprobación. Artículo 3º.- Poner a disposición del público en ge- neral el Plan Anual de Adquisiciones y Contratacio-nes de la Superintendencia Nacional de Servicios deSaneamiento - SUNASS en la sede institucional, sitoen Av. Bernardo Monteagudo Nº 210-216, Magdalenadel Mar. Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia de Relaciones Institucionales la publicación de la presente resoluciónen el Diario Oficial El Peruano y en la página web de laSuperintendencia Nacional de Servicios de Saneamien-to www.sunass.gob.pe, dentro de los diez días hábilessiguientes a su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS BONIFAZ FERNÁNDEZ Gerente General 01352 SUNAT /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G61/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G69/G72/G65/G63/G74/G61 /G73/G65/G6C/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G41/G44/G53/G20/G4E/GBA/G20/G30/G30/G30/G37/G2D/G32/G30/G30/G33/G2D/G53/G55/G4E/G41/G54/G2F/G32/G4D/G30/G30/G30/G30 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 11-2004/SUNAT Lima, 21 de enero de 2004 VISTO: El Informe Nº 0008-2003-CEP/2M0000 emitido por el Presidente del Comité Especial Permanente de la Inten-dencia Regional Piura, de fecha 20 de noviembre de2003, respecto de la Adjudicación Directa Selectiva ADSNº 0007-2003-SUNAT/2M0000; CONSIDERANDO: Que, con fechas 17 y 18 de noviembre de 2003 la SUNAT convocó a la Adjudicación Directa Selectiva ADSNº 0007-2003-SUNAT/2M0000, para la contratación del"Servicio de Saneamiento Técnico-Legal y Tasación deInmuebles de la Intendencia Regional Piura y Sedes Des-concentradas de su Jurisdicción"; Que, el Artículo 8º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aproba-do por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, estable-ce que las Adjudicaciones Directas no contenidas enel Plan Anual deberán ser aprobados por el Titulardel Pliego o la máxima autoridad administrativa de laentidad, según corresponda, para su inclusión en elmismo, lo cual debe informarse al CONSUCODE yPROMPYME; Que, de acuerdo a lo indicado en el mencionado In- forme, no se ha cumplido con la inclusión del citado pro-ceso de selección en el Plan Anual de Contrataciones yAdquisiciones de esta entidad; Que, el Artículo 26º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De-creto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que se po-drá declarar de oficio la nulidad del proceso de selec-ción por algunas de las causales establecidas en el Ar-tículo 57º de la Ley, debiéndose publicar dicha resolu-