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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G34/G34/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 24 de enero de 2004 ción en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días siguientes a su expedición; Que, el Artículo 57º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, estable-ce que se declararán nulos los actos administrativos ex-pedidos por las Entidades, entre otros, cuando contra-vengan las normas legales o prescindan de las normasesenciales del procedimiento o de la forma prescrita porla normatividad aplicable, debiendo expresar en la Re-solución que expida la etapa a la que se retrotraerá elproceso; Que, el Artículo 12º de la Ley Nº 27444 -Ley del Proce- dimiento Administrativo General, establece que la decla-ración de nulidad tendrá efecto declarativo y retroactivoa la fecha del acto; De conformidad con lo establecido en los Artículos 78º y 79º del Reglamento de Organización y Funcionesde la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM 1; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar NULA la Adjudicación Directa Selectiva ADS Nº 0007-2003-SUNAT/2M0000, debien-do retrotraerse a la etapa de elaboración de bases, y sus-penderse su continuación hasta que sea incluida en elPlan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la ins-titución. Artículo 2º.- Disponer que se publique la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de loscinco (5) días posteriores a su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese.NASSER SACA AGUILAR Intendente Nacional 1Intendencia Nacional de Administración, sito en Av. Garcilaso de la Vega Nº 1456, Cercado de Lima. 01440 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE LIMA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G63/G6F/G6E/G2D/G74/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6C/G75/G64 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 013-2004-PRES Huacho, 16 de enero del 2004 VISTOS; el Acuerdo de Consejo Regional Nº 001- 2004-CR/GRL, el Acuerdo de Directorio de Gerentes Nº07, la Resolución Ejecutiva Regional Nº 198-2003-PRES;y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 78º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que la defensa de losderechos e intereses del Estado a nivel de Gobierno Re-gional se ejerce judicialmente por el Procurador PúblicoRegional; Que, conforme al artículo 11º el Decreto Supremo Nº 002-2003-JUS, Reglamento de Representación y Defen-sa de los Derechos e Intereses del Estado a nivel deGobierno Regional, para que el Procurador Regional ini-cie proceso en nombre y representación del GobiernoRegional, deberá contar con la autorización por Resolu-ción Ejecutiva Regional, con acuerdo de Directorio deGerentes Regionales;Que, por la Resolución Ejecutiva de Vistos se desig- nó al Dr. JAVIER EDUARDO BARZOLA FARRO, Procura-dor Público del Gobierno Regional de Lima; Que, mediante el Acuerdo de Consejo Regional de Vistos se acordó iniciar acciones legales contra el Sr.Ministro de Salud por las razones expuestas en la referi-da declaración de voluntad institucional; Que, mediante Acuerdo de Directorio de Gerentes Re- gionales Nº 07 se determinó que el Presidente Regionalexpidiera la respectiva Resolución Ejecutiva Regionalque autorice al Procurador Público Regional a iniciar lasacciones legales contra el Sr. Ministro de Salud, Dr. Ál-varo Vidal Rivadeneyra, por la presunta comisión deldelito de Abuso de Autoridad en la modalidad de omi-sión, rehusamiento o demora de actos funcionales enagravio del Gobierno Regional de Lima, ilícito tipificadoen el artículo 377º del Código Penal, por negarse a cum-plir con el mandato legal contenido en la Directiva Nº001-CND-P-2003, aprobada mediante Resolución Pre-sidencial Nº 012-CND-P-2003 y modificada por Resolu-ción Presidencial Nº 025-CND-P-2003, que establecióque la responsabilidad para la selección de los Directo-res Regionales Sectoriales estará a cargo de la Comi-sión Regional de Concurso, constituida por el GerenteGeneral Regional, quien la presidirá y un representantedel Gobierno Central, designado por cada Titular delSector correspondiente; asimismo por negarse a cum-plir con el mandato judicial contenido en la sentencia co-rrespondiente a la causa Nº 769-2003/IJC que sobreAcción de Cumplimiento siguiera el Gobierno Regionalde Lima contra el Ministro de Salud, Dr. Álvaro Vidal Ri-vadeneyra, resolución que declarando fundada la deman-da ordenó al obligado cumpla con designar dentro delplazo de 10 días útiles a su representante para que con-forme la Comisión Regional del Concurso Público parala selección del Director Regional de Salud del Gobier-no Regional de Lima y habiendo transcurrido el plazootorgado al Sr. Ministro de Salud y no habiendo cumpli-do el obligado con el mandato judicial, corresponde ini-ciar las acciones penales por la presunta comisión deldelito antes señalado; Que, conforme lo dispone el artículo 99º de la Consti- tución Política del Estado, "Corresponde a la Comisión Permanente acusar ante el Congreso a ... los Ministros de Estado ... por infracción de la Constitución y por todo delito que cometan en el ejercicio de sus funciones y hasta cinco años después de que hayan cesado en és- tas"; en consecuencia es competencia de la Comisión de Constitución, Reglamento y AcusacionesConstitucionales del Congreso de la República acusarante el Congreso al infractor de las normas acotadas ypara los efectos del ante juicio, previo a su procesamien-to judicial, corresponde presentar la denuncia ante elCongreso de la República, para que la citada Comisiónprocese la denuncia constitucional por infracción penalpor la presunta comisión del delito previsto en el artículo377º del Código Penal, abuso de autoridad en la modali-dad de omisión, rehusamiento o demora de actosfuncionales en agravio del Gobierno Regional de Lima; Con la conformidad de la Gerencia General Regio- nal, de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presu-puesto y Acondicionamiento Territorial, de la GerenciaRegional de Infraestructura, de la Gerencia Regional deDesarrollo Económico, de la Gerencia Regional de Re-cursos Naturales, y Gestión de Medio Ambiente y de laGerencia Regional de Desarrollo Económico y con la vi-sación de la Subgerencia Regional de Asesoría Jurídicacon la intervención de la Subgerencia Regional de Ad-ministración del Gobierno Regional de Lima; En ejercicio de lo dispuesto por el inciso a) del artícu- lo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de GobiernosRegionales y en aplicación de lo establecido en el artículo11º del Decreto Supremo Nº 002-2003-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público Regional, Dr. JAVIER EDUARDO BARZOLA FARRO, ainiciar acciones legales, mediante la denuncia a interpo-nerse ante el Congreso de la República, contra el Sr.