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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ENERO DEL AÑO 2004 (28/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 30

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G36/G34/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 28 de enero de 2004 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del PROVÍAS NACIONAL, paraque en representación y defensa de los intereses del Esta- do, inicie y culmine las acciones legales que correspondan contra el señor ENRIQUE BERNAL BANCES, y los queresulten responsables por los hechos descritos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolu- ción Ministerial así como de los antecedentes del caso mencionado al Procurador Público a cargo de los asun- tos judiciales del PROVÍAS NACIONAL para los finespertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 01564 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 033-2004-MTC/02 Lima, 23 de enero de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Licitación Pública Internacional Nº 0001-2003-MTC/20 se seleccionó a la empresa CORPORACIÓN SAGITARIO S.A. para que se encar- gue de la ejecución de la obra: Rehabilitación de laCarretera Héroes de La Breña, Tramo IV: San Mateo - La Oroya, por el monto ascendente a S/. 80 241 278.48, incluido IGV; Que, con fecha 14 de julio de 2003, el Proyecto Espe- cial de Infraestructura de Transporte Nacional - PRO- VÍAS NACIONAL suscribió el Contrato de Ejecución deObra Nº 0278-2003-MTC/20 con la empresa CORPORACIÓN SAGITARIO S.A.; Que, con fecha 11 de setiembre de 2003 se notificó al Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL la Resolución Nº 01 expedida por el 41º Juzgado Civil de Lima, admitiendoa trámite la medida cautelar solicitada por BITUMEN S.A. y disponiendo se trabe embargo en forma de reten- ción hasta por la suma de $ 40,000.00 (cuarenta mil y00/100 dólares americanos) que tenga a su favor la eje- cutada CORPORACIÓN SAGITARIO S.A. como con- secuencia de los contratos celebrados con el Ministe-rio de Transportes y Comunicaciones por haber obteni- do la Buena Pro en la Licitación Pública Internacional Nº 0001-2003-MTC/20; Que, de acuerdo a lo señalado en el Informe Nº 035- 2003-MTC/20-GAL.DCR de la Gerencia de Asuntos Le- gales del Proyecto Especial de Infraestructura de Trans-porte Nacional - PROVÍAS NACIONAL, de ejecutarse la medida cautelar sobre el total de las valorizaciones no sólo se estaría disponiendo de fondos del Estadodestinados a la ejecución de una obra pública, sino que se estaría poniendo en riesgo la continuidad de los tra- bajos de la referida obra; Que, mediante Resolución Suprema Nº 081-2003- JUS se designó al Dr. Máximo Elías Herrera Bonilla como Procurador Público Ad Hoc para que asuma larepresentación y defensa de los derechos e intereses del Estado en los procesos judiciales iniciados y por iniciarse relacionados al Proyecto Especial de Infraes-tructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL; Que, asimismo mediante Resolución Suprema Nº 126-2003-JUS se ampliaron las facultades conferidasal Dr. Máximo Elías Herrera Bonilla para que en su ca- lidad de Procurador Público Ad Hoc, asuma la repre- sentación y defensa del Proyecto Especial deInfraestructura de Transpor te Nacional - PROVÍAS NA- CIONAL, en los procesos y procedimientos en que se ventilen sus derechos e intereses; Que, mediante Memorándum Nº 0190-2003-MTC/20- PAH el Procurador Público Ad Hoc del Proyecto Espe- cial de Infraestructura de Transporte Nacional - PRO-VÍAS NACIONAL considera que se debe expedir la Resolución Ministerial que lo autorice a iniciar y culmi- nar las acciones legales que se requieran a efecto depoder oponerse a la medida cautelar dispuesta por el mencionado órgano jurisdiccional; Que, en consecuencia teniendo el Ministerio de Trans- portes y Comunicaciones un legítimo interés para que nosea vea afectado el contrato celebrado con la referida em- presa y en salvaguarda de los intereses del Estado, resul- ta necesario autorizar al Procurador Público Ad Hoc a car-go de los asuntos judiciales del Proyecto Especial de Infra- estructura de Transporte Nacional -PROVÍAS NACIONAL para que inicie, impulse y culmine las acciones legales aque hubiere lugar; De conformidad con el Artículo 47º de la Constitución Política y los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667, Ley Nº27791 y Resoluciones Supremas Nºs. 081 y 126-2003-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público Ad Hoc a cargo de los asuntos judiciales del Proyecto Especial deInfraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIO- NAL para que en representación y defensa de los intere- ses del Estado inicie, impulse y culmine las acciones lega-les correspondientes para oponerse a la medida cautelar dispuesta por el 41º Juzgado Civil de Lima a fin de prote- ger la continuidad de los trabajos para la ejecución de laobra: Rehabilitación de la Carretera Héroes de La Breña, Tramo IV: San Mateo - La Oroya. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial, así como los antecedentes del caso mencio- nado, al Procurador Público, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 01565 /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G70/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G2D /G6E/G61/G20/G6E/G61/G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G69/G72/G72/G65/G67/G75/G2D /G6C/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G66/G6C/G75/G76/G69/G61/G6C/G20/G63/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65 /G63/G61/G72/G67/G61/G20/G67/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G2C/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/G72/GED/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G48/G6F/G79/G61/G41/G6D/G61/G7A/GF3/G6E/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 381-2003-MTC/13 Lima, 30 de diciembre de 2003 Vista la solicitud (Expediente Nº 2003-22237) presentada por don WALTER RUIZ MORENO, solici- tando Permiso de Operación para prestar servicio irre- gular de transporte fluvial comercial de carga general,en los ríos de la hoya amazónica en tráfico nacional o cabotaje. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC se aprobó el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial, enel cual se establecen las normas técnicas y legales a las cuales deberán sujetarse las personas naturales y jurídi- cas que prestan este servicio, a fin de alcanzar el ordena-miento empresarial, administrativo, operativo y de seguri- dad del transporte fluvial; Que, de acuerdo a la legislación vigente, corresponde a la Dirección General de Transporte Acuático expedir los Permisos de Operación a las personas naturales o jurídi- cas, que así lo soliciten; Que, don WALTER RUIZ MORENO ha cumplido con las condiciones y requisitos establecidos en el Reglamen- to de Transporte Fluvial Comercial vigente, para prestarservicio irregular de transporte fluvial comercial de carga general, en los ríos de la hoya amazónica en tráfico nacio- nal o cabotaje; Que, la Persona Natural de don WALTER RUIZ MORE- NO se encuentra debidamente inscrita en el Registro Úni- co de Contribuyentes (RUC) con el Nº 10082737745; Que, mediante Informe Nº 300-2003-MTC/13.02 de la Dirección de Marina Mercante y Transporte Multimodal, así como del Informe Nº 401-2003-MTC/13.al del Asesor Le-gal, se opina favorablemente sobre la solicitud de permiso