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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G36/G34/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 28 de enero de 2004 del Arancel Judicial a pagar se calculará en función del capital social inscrito en los Registros Públicos. Asimismo, en las medidas cautelares y anotaciones de demandas en este tipo de procesos, se procederá de igualmanera que el párrafo anterior. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Los Magistrados están obligados a dar es- tricto cumplimiento a lo dispuesto en la presente Reso- lución bajo responsabilidad. Segunda.- La devolución del pago de los valores de los Aranceles Judiciales se sujetará a lo dispuesto por las normas pertinentes que para el efecto se dicte. Tercera.- Los Aranceles Judiciales deben adquirir- se en las Agencias del Banco de La Nación, asumien- do el usuario la responsabilidad por la presentación de Aranceles Judiciales Falsificados, cuyo procedimientose sujeta a lo dispuesto en las normas pertinentes. Cuarta.- Manténganse la vigencia de los beneficios de exoneración del pago de Aranceles Judiciales paralas personas naturales que se encuentren en zonas geo- gráficas de extrema pobreza comprendidas en las Re- soluciones Administrativas Nºs. 1067-CME-PJ, 036-2002-CE-PJ, 051-2002-CE-PJ y 132-2003-CE-PJ, sin perjuicio de ampliar sus alcances conforme se deter- minen otras zonas con las características necesariaspara tales fines. Quinta.- Autorícese al Presidente del Consejo Eje- cutivo del Poder Judicial a actualizar los valores de losAranceles Judiciales aprobados de acuerdo al incre- mento del valor de la Unidad de Referencia Procesal (URP). Sexta.- Deróguese las disposiciones que se opongan a la presente resolución. Regístrese, publíquese, comuníquese, y cúmplase. SS.HUGO SIVINA HURTADO WÁLTER VÁSQUEZ VEJARANO ANDRÉS ECHEVARRÍA ADRIANZÉNJOSÉ DONAIRES CUBA EDGARDO AMEZ HERRERA 01668 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G72/G6F/G6C/G20/G64/G65/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G76/G61/G63/G61/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G64/G6F/G73 SALA PENAL PERMANENTE DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 001-2004-SPPCS Lima, 26 de enero del 2004 VISTO; el Oficio Nº 02-2004-P-SNT-PJ de fecha 20 de enero y Oficio S/N de fecha 23 de enero del 2004 remitidos por el Presidente de la Sala Nacional de Terrorismo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 02-2004- CE-PJ del 16 de enero del 2004 artículo segundo inciso 5) el Consejo Ejecutivo .faculta a esta Suprema Sala Penal determinar el rol de vacaciones de la Sala Nacional de Te-rrorismo y de los Juzgados Especializados en delito de Terrorismo; Que, en los oficios indicados, el Presidente de la Sala Nacional de Terrorismo, señala que el señor Vocal Carlos Manrique Suárez solicita gozar 23 días de va- caciones a partir del 26 de enero del año en curso co-rrespondiente al período vacacional pendiente del 2003,que la resolución administrativa Nº 02-2004-CE-PJ en el artículo sétimo indica que queda prohibido hacer uso de vacaciones en períodos diferentes que los señala- dos en el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica delPoder Judicial y en la resolución en mención; con excep- ción de los Presidentes de Cortes Superiores, quienes lo harán en períodos diferentes a los meses de febreroy marzo y en el artículo primero de la misma resolución señala dos períodos vacacionales de 30 días cada uno, no estableciéndose período vacacional en forma par-cial; Asimismo señala que los señores Vocales David Loli Bonilla y Mirtha Bendezu Gómez solicitan hacer usode sus vacaciones del 16 de febrero al 16 de marzo del año en curso, que la resolución administrativa en men- ción señala en el artículo primero que las vacacionesde los Magistrados se realizará en dos períodos de 30 días cada uno, siendo el primer período del 1 de febre- ro al 1 de marzo y el segundo período del 2 al 31 demarzo del año en curso, no estableciéndose otro perío- do vacacional; Que, el artículo 246º del Texto Único de la Ley Orgánica del Poder Judicial, dispone el período vacacio- nal de los Magistrados en dos etapas sucesivas de trein- ta días, en los meses de febrero y marzo de cada año; La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República en uso de las facultades conferi- das por la Resolución Administrativa Nº 02-2004-C E-PJ; y estando a lo acordado en sesión de la fecha; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer que las vacaciones de los Magistrados integrantes de la Sala Nacional de Terrorismose ejecute de acuerdo al rol siguiente: Del 1 de febrero al 1 de marzo del 2004Pablo Talavera Elguera. Ricardo Brousset Salas.Julian Jeri Cisneros. Enma Benavides Vargas. Jimena Cayo Rivera-Schreiber.Rosa Amaya Saldarriaga. Luis Carlos Arce Córdova. Del 2 de marzo al 31 de marzo del 2004 Hilda Piedra Rojas. José de Vinatea Vara Cadillo. Cayo Alberto Rivera Vásquez. Clotilde Cavero Nalvarte. Artículo Segundo.- Disponer que las vacaciones de los Magistrados Carlos Augusto Manrique Suárez, DavidLoli Bonilla, Mirtha Bendezú Gómez integrantes de la Sala Nacional de Terrorismo se ejecute del 1 de febrero al 1 de marzo del 2004. Artículo Tercero.- Disponer que las vacaciones de los Jueces Penales Especializados en delito de terrorismo se ejecute de acuerdo al rol siguiente: Del 1 de febrero al 1 de marzo del 2004 Miluska Cano López, Juez del Cuarto Juzgado de Te- rrorismo. José Ríos Olsson, Juez del Segundo Juzgado de Te- rrorismo. En este período el Primer Juzgado de Terrorismo aten- derá al despacho del Segundo Juzgado de Terrorismo. Del 2 de marzo al 31 de marzo del 2004 Walter Castillo Yataco, Juez del Tercer Juzgado de Te- rrorismo. En este período el Cuarto Juzgado de Terrorismo aten- derá al despacho del Tercer Juzgado de Terrorismo. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución al Presidente de la Corte Suprema, al Presidente del Conse-jo Ejecutivo del Poder Judicial, a la Fiscal de la Nación, al Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura, al Presi- dente de la Corte Superior de Justicia de Lima, al Presi-