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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ENERO DEL AÑO 2004 (28/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 18

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G36/G32/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 28 de enero de 2004 ración Jurada establecida para dar a conocer las cuentas donde se realicen operaciones exoneradas del Impuesto a las Transacciones Financieras por parte de la Unidad Eje- cutora a su cargo, independientemente de la fuente de fi-nanciamiento de las mismas, sea ante el Banco de la Na- ción u otras entidades del Sistema Financiero Nacional. Para mayor ilustración, se adjunta la reproducción del Anexo 2 del referido Decreto Supremo que contiene el for- mato de la mencionada Declaración Jurada. Aprovecho la oportunidad para expresarle las muestras de mi especial consideración. Atentamente,MARCELINO CÁRDENAS TORRES Director General del Tesoro Público ANEXO 2 DEL DECRETO SUPREMO Nº 190-2003-EF PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO (edición del 24.12.2003) MODELO DE DECLARACIÓN JURADA PARA ACREDITAR CUENTAS EN LAS QUE SE REALIZAN OPERACIONES EXONERADAS Ciudad y fecha Señores: ....................................... (1)Presente.- Por la presente y bajo mi exclusiva responsabilidad, declaro bajo juramento que la(s) cuenta(s) que detallo a continuación, abierta(s) en su Empresa, será(n) utilizada(s)para realizar operaciones exoneradas, según lo estableci- do en el Apéndice del Decreto Legislativo Nº 939. Nº Cuenta Tipo de Cuenta Moneda Supuesto Exonerado (2) (3) (4) (5) Por intermedio de la presente me comprometo a comu- nicarles cualquier modificación que pudiera presentarse sobre dicha situación, dentro de las cuarenta y ocho (48)horas de su ocurrencia. Por intermedio de la presente autorizo a su institución a entregar a la SUNAT, cuando ésta lo requiera, el original o copia del presente documento. Finalmente, declaro que los datos consignados en el presente documento son correctos y completos, y que esta declaración se ha confeccionado sin omitir o falsear datoalguno que deba contener, siendo fiel expresión de la ver- dad. Nombre, apellido y documento de identidad del repre- sentante legal. Nombre o razón social y Número de RUC del contri- buyente. (1) Nombre de la Empresa del Sistema Financiero. (2) Número de cuenta del contribuyente en la Empresa del Sistema Financiero. (3) Cuenta de ahorros, cuenta corriente, etc. (4) Soles, dólares, etc.(5) Inciso al que corresponda la exoneración de la cuenta del contribuyente, según lo establecido en el Apéndice del Decreto Legislativo Nº 939. 01666 EDUCACIÓN /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G6D/G69/G65/G6D/G62/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G45/G64/G75/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0023-2004-ED Lima, 27 de enero de 2004CONSIDERANDO: Que, mediante Carta Nº 1081-CNE-2003, el Presiden- te del Consejo Nacional de Educación, presenta al Despa-cho del Ministerio de Educación, una nómina de personas para efectos de designar nuevos Consejeros Titulares que cubran las vacantes existentes en el Consejo Nacional deEducación; Que, el Artículo 10º de la Resolución Ministerial Nº 494- 2002-ED, establece que en caso de vacancia de un cargode Consejero, el nuevo titular completa el término del man- dato correspondiente al Consejero reemplazado que, en el presente caso, se extenderá hasta fines del año 2007; Que, de conformidad con la Novena Disposición Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 28044, en tanto se dé la Ley a que se refiere el Artículo 81º de la citada ley,seguirá vigente el actual Consejo Nacional de Educación tal como está normado en el Decreto Supremo Nº 007- 2002-ED, modificado por el Decreto Supremo Nº 010-2002-ED, adecuándose su funcionamiento en lo que correspon- da a lo establecido en la Ley General de Educación; Que, es necesario designar a los nuevos miembros del Consejo Nacional de Educación que cubrirán las vacantes existentes; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25762 modificado por la Ley Nº 26510 y los Decretos Su- premos Nº 051-95-ED y Nº 002-96-ED; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha de la presente Resolución y hasta el fin del año 2007, a las si- guientes personas como miembros del Consejo Nacional de Educación: - Henry Day Sprinckmoller - Javier Iguiñiz Echevarría- Susana Stiglich Watson - Fernando Villarán de la Puente Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MALPICA FAUSTOR Ministro de Educación 01735 ENERGÍA Y MINAS /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C /G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G61/G20/G45/G63/G75/G61/G64/G6F/G72/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G72/G65/G75/G6E/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G73/G6D/G6F/G73/G20/G50/G6C/G61/G6E/G69/G66/G69/G63/G61/G2D/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G45/G6C/GE9/G63/G74/G72/G69/G63/G6F/G73/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G50/G61/GED/G2D /G73/G65/G73/G20/G41/G6E/G64/G69/G6E/G6F/G73/G20/G79/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G41/G4E/G52/G45/G4C RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 002-2004-EM Lima, 27 de enero de 2004Vistos, el Oficio Nº DE-04-0026 y las Comunicaciones SG-X/3.35/1584/2003 y SG-X/3.35/004/2004, de fechas 9de enero de 2004, 18 de diciembre de 2003 y 12 de enero de 2004, respectivamente, mediante los cuales se convo- ca a los representantes del Ministerio de Energía y Minaspara que participen en la Reunión de Trabajo de los Orga- nismos Planificadores Eléctricos Nacionales de los Paí- ses Andinos, así como en la III Reunión del Comité Andinode Organismos Normativos y Organismos Reguladores del Servicio de Electricidad - CANREL; CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Quito, Ecuador, los días 28 y 29 de enero de 2004, se realizará la Reunión de Trabajo de los Organismos Planificadores Eléctricos Nacionales de los Países Andinos y la III Reunión del Comité Andino de Or-ganismos Normativos y Organismos Reguladores del Ser- vicio de Electricidad - CANREL, respectivamente; Que, en la primera reunión se elaborará el proyecto de Resolución, a fin que el CANREL formalice la conformación del Grupo Técnico de los Organismos