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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G36/G36/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 28 de enero de 2004 - Contar con estudios profesionales universitarios con- cluidos que demuestren que la persona posee los conoci- mientos en materias de economía, banca, finanzas o ma- terias afines. - Contar con una trayectoria profesional apropiada para el cargo, entendiéndose por ella la experiencia en activida- des especializadas y/o directivas relacionadas con su pro-fesión, en los sistemas financiero y/o en empresas o insti- tuciones vinculadas con dicho sistema, nacionales o ex- tranjeras; la misma que no puede ser menor a tres (3) años. g. Ley Especial.- Decreto Supremo Nº 157-90-EF, que tiene rango de ley conferida por el artículo 425º del Decre-to Legislativo Nº 770 y señalado en el artículo 13º y la Quinta Disposición Final y Complementaria de la Ley Nº 26702, que conjuntamente con dicha norma, regula el funciona-miento de las CMAC. Para el caso de la CMCPL, su Ley Especial es la Ley Nº 10769 y sus modificatorias. h. Mayoría.- El grupo de regidores que formaron parte de la lista de candidatos del Alcalde electo. i. Minoría.- El grupo de regidores que formaron parte de las otras listas de candidatos. j. Nominación.- Es la segunda etapa del proceso de elec- ción de directores de una CMAC y consiste en el acto me- diante el cual, el Concejo Municipal en Pleno procede aformalizar / oficializar el nombramiento en el directorio de una CMAC del representante designado previamente. Di- cho acto se realiza a través de un Acuerdo de Concejo quequeda registrado en el Acta de Sesión de Concejo, debien- do hacer mención expresa del documento mediante el cual le ha sido comunicada la designación, con lo cual quedaexpedito para ejercer el cargo de director de una CMAC. k. La solvencia económica de los accionistas.- Está relacionada a la tenencia de un nivel patrimonial neto ysolidez financiera que permita a las personas proveer de fondos adicionales en caso fuera necesario o afrontar even- tuales responsabilidades de carácter pecuniario. Para ello,se toma en consideración los antecedentes de negocios financieros y no financieros, prestigio en el mercado, ori- gen del capital, condición financiera de todas las empre-sas de su propiedad, entre otros criterios. 2. PROCESO DE ELECCIÓN DE LOS DIRECTORES DE LA CMAC El proceso de elección de los directores consta de dos etapas: designación y nominación. Asimismo, es necesa- rio precisar que la representatividad de los designantes puede recaer en una persona que no necesariamente seaintegrante o miembro activo de ellas, bastando que goce de su confianza y que reúna las condiciones necesarias establecidas en la presente Resolución y que preferente-mente no tenga relación de dependencia respecto al resto de instituciones designantes. 3. ETAPAS DE LA ELECCIÓN DE DIRECTORES DE LAS CMAC 3.1 Designación.- Es la primera etapa del proceso de elección de los Miembros del Directorio de las CMAC . Pre- viamente a la designación de directores, los órganos res-ponsables de la designación, deberán verificar que los po- tenciales directores cumplan los requisitos de idoneidad moral y técnica en los términos señalados en el numeral 1del presente anexo, así como hayan presentado los docu- mentos y declaraciones juradas señaladas en los artículos 22º y 23º del presente reglamento. a. Designación de los directores representantes de la Mayoría En la designación de los representantes de la Mayoría, participan solamente los regidores de la Mayoría y el pro- ceso que da como resultado dicha designación, podrá serefectuado en el desarrollo de una sesión de Concejo, para lo cual el Alcalde facilitará el tiempo necesario, o en acto aparte. Dicha designación puede ser materia de un reglamento interno que establezca el Concejo, en los términos que éste señale y siempre y cuando se mantenga el principio de larepresentatividad. b. Designación del director representante de la Mi- noría. En la designación del representante de la Minoría, par- ticipan solamente los regidores de la Minoría y el procesoque da como producto dicha designación podrá ser efec- tuado en el desarrollo de una sesión de Concejo, para lo cual el Alcalde facilitará el tiempo necesario, o en acto apar- te. En caso la Minoría esté conformada por más de una agrupación civil o política, dando lugar a la existencia de varios candidatos para la nominación, y luego de produci-da la votación entre los miembros de la Minoría, no se lle- gara a un consenso para determinar la persona que final- mente los representará, la designación se definirá por sor-teo. No obstante, la Minoría podrá previamente y con el debido conocimiento del Pleno del Concejo Municipal, arri- bar a acuerdos o mecanismos formales para la designa-ción oportuna de su representante. c. Designación de los directores representantes de las instituciones Los representantes del Clero, la Cámara de Comercio y COFIDE o el Banco de la Nación o Banco Central deReserva del Perú (BCRP), son designados por cada una de estas instituciones, conforme a sus normas internas y/ o reglamento interno y por el órgano competente para ello. La comunicación oficial de dicha designación deberá ser remitida por el órgano autorizado de la institución acom- pañando copia certificada del documento que sustente di-cha designación. d. Designación del director representante de la Aso- ciación Conforme lo establece el literal c) del artículo 10º de la Ley Especial, el Directorio de las CMAC está integrado tam-bién por un representante de los pequeños comerciantes o productores de la Provincia o Distrito en la cual se ubica la Oficina Principal de la CMAC. Dado que a diferencia de los otros designantes, la Ley Especial no establece una entidad específica y única a la cual pueda atribuirse en forma exclusiva dicha facultad, esimprescindible que como acto previo a la comunicación de la designación al correspondiente Concejo Municipal, la asociación que quiera hacer uso de esta atribución, debaacreditar que ésta tiene una real representatividad de los “pequeños comerciantes o productores” y reconocimiento de instituciones u organismos rectores del sector. Para ello, deberá presentar al Concejo Municipal: - Copia certificada de escritura pública de constitución de la asociación, con las modificaciones de estatutos de la asociación, de ser el caso, debidamente inscrita en Regis-tros Públicos, que acredite que tiene a la fecha de su pre- tensión, al menos dos (02) años de existencia. - Copia simple de la ficha o partida registral de la aso- ciación. - Copia certificada de la designación de la Junta Direc- tiva y del representante legal, debidamente inscrita en Re-gistros Públicos. - Copia del documento probatorio de su inscripción en el RENAMYPES. - Copia simple del Comprobante de Información Regis- trada emitida por la SUNAT(RUC). - Copia certificada notarialmente del padrón de asocia- dos, indicando el Registro Único de Contribuyentes (RUC) de cada asociado. Además deberá indicarse expresamen- te sobre el número de miembros activos. - Copia simple del último Libro de Actas de la asocia- ción. - Copia del último autoavalúo o del contrato vigente que acredite el uso del inmueble para el desarrollo de las activi- dades de la asociación. - Copia de publicación en el Diario Oficial El Peruano respecto a su pretensión de constituirse en representante ante el Directorio de la correspondiente CMAC, invitando en un plazo máximo de 15 días de la citada publicación,para que de existir otras asociaciones representativas, lo hagan de conocimiento del correspondiente Concejo Mu- nicipal, en cuyo caso éstas deben presentar la misma do-cumentación detallada anteriormente. Efectuada la acreditación, la asociación se dirigirá al Concejo Municipal, mediante comunicación oficial, indican- do la persona designada para representarlos en el Directo- rio de la CMAC. Si se presentara más de una asociación, el Concejo, luego de verificar que éstas cumplen con el requisito de representatividad sobre la base de lo requerido preceden-