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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ENERO DEL AÑO 2004 (29/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 62

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G38/G30/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 29 de enero de 2004 proceso de integración, correspondiendo en la segunda etapa de este proceso, la integración del Registro Predial Urbano, el Registro de Propiedad Inmueble y Sección Es- pecial de Predios Rurales al Registro de Predios a cargode las Oficinas Registrales de la SUNARP, para lo cual mediante Resolución del Superintendente Nacional Nº 255- 2002-SUNARP/SN de fecha 21 de junio del 2002, se cons-tituyó la Comisión para el funcionamiento del Registro de Predios, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 13º de la Ley Nº 27755; Que, mediante Resolución del Superintendente Nacional Nº 304-2002-SUNARP/SN de fecha 31 de ju- lio del 2002 se constituyeron subcomisiones de apoyoa la Comisión Principal, en materia Normativa, Infor- mática, Catastro y de Plan Piloto, con la finalidad de que coadyuven a la puesta en marcha del Registro dePredios; actuando la Gerencia General de la SUNARP como Secretaría Técnica de coordinación entre las in- dicadas subcomisiones; Que, sobre la experiencia obtenida en la implantación del proyecto piloto del Registro de Predios en las Zonas Registrales V, XI y XII, la Secretaría Técnica ha reorien-tado el concepto de "Proyecto Piloto", haciéndolo exten- sivo en el tiempo a todas las zonas registrales del país, hasta el 14 de junio del 2004, plazo límite establecido en laLey Nº 27755, para la puesta en marcha del Registro de Predios; Que, de acuerdo al Informe Nº 003-2004-SUNARP- AGG/GG, la Secretaría Técnica a cargo del Gerente Ge- neral de la Sede Central de la SUNARP, considera que es oportuno dar inicio a las actividades del Proyecto Pilotopara el Registro de Predios en la Zona Registral Nº II - Sede Chiclayo, el cual debe iniciarse el día 3 de febrero de 2004; y en la Zona Registral Nº XIII - Sede Tacna, el cualdebe iniciarse el día 9 de febrero de 2004; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3º de la Ley Nº 27755 y en uso de las facultades previstas en elinciso w) del artículo 7º del Estatuto de la SUNARP, apro- bado por Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer el inicio del Proyecto Pilo- to del Registro de Predios, en la Zona Registral Nº II - Sede Chiclayo, a partir del 3 de febrero de 2004. Artículo Segundo.- Disponer el inicio del Proyecto Pi- loto del Registro de Predios, en la Zona Registral Nº XIII - Sede Tacna, a partir del 9 de febrero de 2004. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GAMARRA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Públicos 01686 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE LORETO /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G61/G63/G6F/G67/G65/G72/G73/G65/G20/G61/G20/G6C/G61 /G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G4E/GBA/G20/G30/G30/G39/G2D/G43/G52/G2F/G47/G52/G4C/G2C/G71/G75/G65/G20/G61/G70/G72/G6F/G62/GF3/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G53/G61/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G75/G2D /G64/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G53/G65/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G41/G67/G72/G61/G72/G69/G6F/G20/G79/G20/G50/G65/G73/G71/G75/G65/G2D /G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G72/G65/G67/G69/GF3/G6E DECRETO REGIONAL Nº 001-2004-GRL-P Iquitos, 12 de enero del 2004EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO VISTOS, el Oficio Nº 294-2003-GRL/GRR de fecha 15 de diciembre del 2003, remitido por la Gerencia Regionalde Recaudación del Gobierno Regional de Loreto referido a la vigencia de la Ordenanza Regional Nº 009-CR/GRL; y, CONSIDERANDO:Que mediante la Ordenanza Regional Nº 009-CR/GRL, publicada el 16 de junio del 2003, el Consejo Regional delGobierno Regional de Loreto aprobó el Programa Especial de Regularización y Saneamiento de las Deudas de los Sectores Agrario y Pesquero de la Región Loreto, orienta-do a otorgar facilidades de pago a las personas naturales y jurídicas de los Sectores Agrario y Pesquero, beneficiados con préstamos otorgados con recursos del Canon Petrole-ro; Que mediante Decreto Regional Nº 001-03-GRL/P, se aprobó el Reglamento de la indicada OrdenanzaRegional Nº 009-CR/GRL, el mismo que en su Capítulo VIII, Artículo 13º, establece como plazo máximo para acogerse a los beneficios de la Ordenanza el 31 de di-ciembre del 2003; Que resulta necesario modificar dicho Artículo 13º con el fin de lograr una mayor difusión de los beneficios de laOrdenanza y de esta forma viabilizar su mayor cobertura en toda la Región, permitiendo el acogimiento de un mayor número de prestatarios; De conformidad con el Art. 21º inciso d), Artículo 37º inciso b) y Art. 40º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, así como del Art. 12º inciso d) delReglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Loreto; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar el plazo de acogimiento a la Or- denanza Regional Nº 009-CR/GRL, hasta el 30 de junio del 2004. Artículo 2º.- Los productores agrarios y pesqueros que tengan créditos en situación de mora con el Gobierno Re- gional de Loreto, podrán acceder a nuevos créditos previa calificación, siempre que se acojan a la Ordenanza y cum-plan con las obligaciones pactadas en los plazos estipula- dos. Artículo 3º.- El presente Decreto Regional, será refren- dado por el Gerente General Regional, Gerente Regional de Recaudación, Gerente Regional de Desarrollo Econó- mico, Jefe Oficina Regional de Asesoría Jurídica y JefeRegional de Administración del Gobierno Regional de Lo- reto. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBINSON RIVADENEYRA REÁTEGUI Presidente 01744 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G69/G6C/G65/G67/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G69/G73/G74/G61/G73 /G61/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61/G64/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G64/GED/G61/G20/G32/G39/G20/G64/G65/G20/G65/G6E/G65/G72/G6F/G20/G64/G65/G32/G30/G30/G34 RESOLUCIÓN DIRECTORAL MUNICIPAL Nº 011-04-MML/DMTU Lima, 27 de enero de 2004 CONSIDERANDO:La Dirección Municipal de Transporte Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, como órgano eje- cutor de las disposiciones emitidas por el Concejo Me- tropolitano de Lima, ante el anunciado e ilegal paro detransportistas urbano e interurbano de Lima Metropoli- tana, al amparo de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades y la Ordenanza Nº 104 - OrdenanzaReglamentaria del Servicio de Transporte Urbano e