Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ENERO DEL AÑO 2004 (29/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 69

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G38/G31/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 29 de enero de 2004 que se determine la existencia de responsabilidad admi- nistrativa de ser el caso. 2. Exonerar a la Municipalidad de Santiago de Surco del proceso de selección correspondiente, para la contra-tación del suministro antes mencionado, disponiendo que la misma se lleve a cabo mediante adjudicación directa de menor cuantía. La contratación indicada será realizada por la Gerencia de Administración, hasta por la suma de doscientos dieci- nueve mil cuatrocientos cincuenta y 00/100 nuevos soles(S/. 219,450.00), con cargo a la fuente de financiamiento 09 Recursos Directamente Recaudados. 3. Disponer que a través de la Secretaría General se remita copia del presente Acuerdo a la Contraloría General de la República. 4. Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 01726 ACUERDO DE CONCEJO Nº 13-2004-ACSS Santiago de Surco, 23 de enero de 2004 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCOPOR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, a través del Informe Nº 013-2004-GM-MSS la Gerencia Municipal solicita que el pleno del Concejo aprue- be la declaración en situación de urgencia para la contrata- ción del servicio de telefonía móvil, adjuntando al efecto ladocumentación de índole técnica y legal que sustenta este requerimiento; Que, mediante Memorándum Nº 008-2004-SGSG-GA- GCAR-MSS de fecha 21.ENE.2004 la Subgerencia de Ser- vicios Generales solicita se declare en situación de urgen- cia la contratación del antes indicado servicio, por el perío-do comprendido entre el mes de enero y el mes de abril del 2004 y hasta por la suma de ciento cuatro mil cuatrocien- tos cincuenta y dos y 44/100 nuevos soles (S/. 104,452.44),para garantizar la continuidad del suministro de los mis- mos, hasta llevarse a cabo el concurso público correspon- diente para el año 2004; Que, con Memorándum Nº 041-2004-OPP-MSS del 21.ENE.2004 la Oficina de Planeamiento y Presupuesto señala que para el servicio de telefonía móvil celular seencuentra previsto en el Presupuesto de Gastos 2004, una asignación presupuestaria de S/. 414,051.00 con cargo a la fuente de financiamiento 09 Recursos DirectamenteRecaudados, por lo que el requerimiento se encuentra per- fectamente cubierto; Que, con Informe Nº 69-2004-OAJ-MSS de fecha 21.E- NE.2004 la Oficina de Asesoría Jurídica señala que la de- claración de situación de urgencia, constituye una forma mediante la cual el Concejo Municipal Distrital, en aplica-ción de la competencia prevista en los artículos 19º inciso c) y artículo 20º inciso c) de la Ley de Contrataciones, exo- nera a la entidad de convocar al proceso de selección quecorresponda con arreglo a dicho marco normativo, por exis- tir una situación que se enmarca dentro de los supuestos señalados en el artículo 21º de la misma norma; y que unavez adoptada la situación de urgencia se deberá proceder al estricto cumplimiento de las disposiciones establecidas en los artículos 105º, 108º numeral 2), 114º, 115º y 116ºdel TUO del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Su- premo Nº 013-2001-PCM, debiendo puntualizarse que elAcuerdo de Concejo debe ser publicado en el Diario Oficial El Peruano, remitiéndose copia del mismo con el informe técnico-legal correspondiente, a la Contraloría General dela República, dentro del plazo de diez (10) días calendario siguientes a la fecha de aprobación de la situación de ur- gencia, bajo responsabilidad del titular, pues al exonerarse la entidad de convocar al proceso que normalmente la ad-quisición exige, la misma se realiza bajo adjudicación de menor cuantía; que, finalmente, esta declaración no exime la responsabilidad de la entidad de convocar al proceso deselección de manera inmediata, para la adquisición del suministro de combustible para el resto del año 2004, por cuanto al estar aprobado el Presupuesto desde el26.NOV.2003, e incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, debe de ejecutarse en aplicación de los principios de Planificación y Programación; culmina opi-nando por la procedencia de la declaración; Que, conforme a lo mencionado por la Subgerencia de Logística, en su Informe Nº 113-2004-SGL-GA-GCAR-MSS, en el ejercicio 2004 ha sido la primera vez que se ha incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contratacio- nes de la entidad, el proceso de selección para la contrata-ción del servicio de telefonía móvil celular, siendo preciso que la situación de urgencia sea declarada por un lapso no menor a noventa (90) días y hasta por un importe ascen-dente a la suma de ciento cuatro mil cuatrocientos cincuenta y dos y 44/100 nuevos soles (S/. 104,452.44), en la medi- da en que la inmediata realización del concurso públicoque se tiene programado, recién podrá culminarse la pri- mera semana el mes de abril del 2004, siendo por tal impe- rioso garantizar el normal abastecimiento de un servicioevidentemente esencial para la marcha de la institución y la oportuna prestación de los servicios hacia el vecindario del distrito, dentro de un lapso prudencial; Que, estando a lo establecido en el inciso c) del artícu- lo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante De-creto Supremo Nº 012-2001-PCM, están exoneradas de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso, las adquisicionesy contrataciones que se realicen en situaciones de emer- gencia o de urgencia declaradas, por lo que deberá efec- tuarse la contratación de los mencionados servicios víaadjudicación de menor cuantía hasta el otorgamiento de Buena Pro, dado que la ausencia del suministro compro- mete en forma directa la continuidad operativa de toda lacorporación, puesto que al privarse de tan esenciales me- dios de comunicación interpersonal, puede perjudicarse la oportuna prestación de diversos servicios de carácter esen-cial a favor de los vecinos del distrito; Que, del mismo modo, el artículo 21º del antes referido cuerpo legal establece que la situación de urgencia consti-tuye la ausencia extraordinaria e imprevisible de determi- nado bien o servicio que compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o delas operaciones productivas que la entidad tiene a su car- go, siendo que dicha situación faculta a realizar a la enti- dad la adquisición o contratación de los bienes, servicios uobras sólo por el tiempo o cantidad necesarios, según sea el caso, por el término suficiente para llevar a cabo el pro- ceso de selección que corresponda; Que, evaluando con detenimiento la solicitud de declara- ción de urgencia planteada, sopesando la exacta natura- leza de los servicios de cuya contratación se trata y lospormenores que se generarían ante su repentina inte- rrupción y desabastecimiento, este Concejo debe estimar que, contándose con la disponibilidad presupuestal corres-pondiente, existe la verificación concurrente de los supues- tos fácticos a que se contraen las normas glosadas en los numerales 19º inciso c) y 20º inciso c) del Texto Único Or-denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, por lo que es procedente la declaración de la pre-sente situación de urgencia; Contando con los Dictámenes favorables Nºs. 007-2004- CGM/MSS y 006-2004-CAJ/MSS de las Comisiones deGestión Municipal y de Asuntos Jurídicos respectivamen- te; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 9º numerales 8) y 35), 39º primer párrafo y 41º de la Ley Or- gánica de Municipalidades Nº 27972; con dispensa del trá- mite de lectura y aprobación del acta; por Unanimidad apro-bó el siguiente: ACUERDO 1. Declarar en situación de urgencia, la contratación de los servicios de telefonía móvil celular, por un lapso no