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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ENERO DEL AÑO 2004 (29/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 51

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G37/G39/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 29 de enero de 2004 CONSUCODE/PRE, contando con las visaciones de la Secretaría General, Gerencia de Administración y Fi- nanzas, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y de la Gerencia Legal; y en uso de las facultades conferi-das por el Reglamento de Organización y Funciones del Jurado Nacional de Elecciones aprobado por Reso- lución Nº 658-2002-JNE; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones del Jurado Nacional de Eleccio- nes, para el Ejercicio Fiscal 2004, el mismo que forma par-te integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Disponer que el Plan Anual de Ad- quisiciones y Contrataciones del Jurado Nacional de Elec-ciones para el Ejercicio Fiscal 2004, se remita al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Comisión de Promoción de la Peque-ña y Microempresa - PROMPYME, debiendo estar a dis- posición de los interesados en la Oficina de Abasteci- miento de este organismo electoral, sito en Nicolás de Pié-rola Nº 1080 - 2º Piso - Lima, y, en la Página Web del Jura- do Nacional de Elecciones ( www.jne.gob.pe), al precio de costo de reproducción (S/. 0.20) establecido en el TextoÚnico de Procedimientos Administrativos del Jurado Na- cional de Elecciones - TUPA, aprobado por Resolución Nº 044-2002-JNE. Artículo Tercero.- Encargar como órganos responsa- bles de los Procesos de Selección incluidos en el Plan Anual, a los Comités Especiales que se designen para cadacaso. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Adminis- tración y Finanzas, la publicación de la presente Resolu-ción en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión. Regístrese y comuníquese. MANUEL SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA Presidente del Jurado Nacional de Elecciones 01691 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G61/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G2D/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G66/G65/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 597-2003-JEF/RENIEC Lima, 9 de diciembre de 2003 Visto el Memorándum Nº 337-2001/OHC/DCP/GO, los Informes Nºs. 319, 333, 334, 322, 323-2000/0HC/DCP/GO y el Informe Nº 809 -2003-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 17 de noviembredel 2003. CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacio- nal de Identificación y Estado Civil, en su labor de fis-calización, ha detectado que los ciudadanos PATRICIA TERESA VILLANUEVA RODRÍGUEZ DE QUINTANI- LLA, SANTIAGO JESÚS HUAMÁN ARTEAGA, ENRI-QUE LUIS CUEVA BLANCO, CESAR DOMINGO MON- ROY ESPEJO, Y ORIETTA CECILIA ARBE DUFFY, en atención al Principio de Veracidad para el procedimien-to, dado la simplificación administrativa, en cada caso, han procedido a efectuar una inscripción con nombres y datos que correspondían a personas distintas, logran-do de este modo hacer insertar en instrumento público declaraciones falsas sobre hechos que deben probar- se con el documento mismo, conducentes a suplantarla identidad de los ciudadanos Nancy Teresa Villanueva Rodríguez, Máximo Huamán Arteaga, Pedro JavierCueva Blanco, Sergio García Sakurada y Mirtha Vanesa Arbe Duffy, motivando que la Gerencia de Operaciones procediera a la exclusión de las inscripciones ilegales por contener datos falsos; Que, la conducta realizada por los ciudadanos mencionados, constituye indicio razonable de la comi- sión de presunto delito contra la fe pública, en lasmodalidades de falsedad ideológica y genérica, previs- to y sancionado en los artículos 428º y 438º del Código Penal vigente; Que, en atención al considerando precedente resul- ta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intere- ses del Estado y del Registro Nacional de Identifica-ción y Estado Civil contra PATRICIA TERESA VILLA- NUEVA RODRÍGUEZ DE QUINTANILLA, SANTIAGO JESÚS HUAMÁN ARTEAGA, ENRIQUE LUIS CUEVABLANCO, CESAR DOMINGO MONROY ESPEJO, Y ORIETTA CECILIA ARBE DUFFY; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Registro Nacionalde Identificación y Estado Civil, para que en nombre y representación de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra PATRI-CIA TERESA VILLANUEVA RODRÍGUEZ DE QUINTA- NILLA, SANTIAGO JESÚS HUAMÁN ARTEAGA, EN- RIQUE LUIS CUEVA BLANCO, CESAR DOMINGOMONROY ESPEJO, Y ORIETTA CECILIA ARBE DU- FFY, por presunto delito contra la fe pública, en las modalidades de falsedad ideológica y genérica, en agra-vio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Públi- co encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacio- nal de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 01779 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 598-2003-JEF/RENIEC Lima, 9 de diciembre de 2003 Visto, el Oficio Nº 3515-2003-GO/RENIEC, el Informe Nº 1546-2003-GO-DIEC/RENIEC y el Informe Nº 823-2003- GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídi- ca, de fecha 25 de noviembre del 2003. CONSIDERANDO: Que, la Subgerencia de Registros del Estado Civil, antes Jefatura de la Oficina de Registros Civiles e Iden- tificación de Menores, hace de conocimiento a la Jefatu- ra Regional Lima, de graves irregularidades existentesen las actas de registro de hechos vitales obrantes en la Oficina de Registros Civiles de la Municipalidad Metropolitana de Lima, por lo que la mencionada jefa-tura nombra una comisión a fin de realizar una visita inspectiva a los archivos de la citada Oficina, los que mediante Informe Nº 007-2003, señalan que existe untotal de 55 actas que habrían sufrido alteraciones de diversa índole, incluso mecánicas, presuntamente prac- ticadas por personal de la oficina registral; Que, la Jefatura de la Oficina de Registros de Esta- do Civil de la Municipalidad de Lima, señala en diver- sos oficios que el ex Jefe del Área Administrativa de laOficina de Registros Civiles, el señor MIGUEL ANGEL UCHUYA OLAECHEA, ha procedido a efectuar anota- ciones marginales de rectificaciones administrativas, lascuales se han realizado sin contar con el procedimiento administrativo registral correspondiente, por lo que ha-