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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G38/G30/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 29 de enero de 2004 MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G34 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 004-2004-A-MDC Cieneguilla, 14 de enero de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA CONSIDERANDO: Que, el artículo 7º del D.S. Nº 012-2001-PCM que aprueba el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que cada entidad del Sector Público elaborará un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones que prevea los Bienes,Servicios y Obras que se requerirán durante el Ejercicio Presu- puestal y el monto del presupuesto requerido; Que, mediante Resolución Nº 380-2003-CONSUCODE/ PRE, de fecha 29 de diciembre de 2003, el Consejo Supe- rior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CON- SUCODE aprueba la Directiva Nº 005-2003-CONSUCO-DE/PRE, que regula el procedimiento de elaboración y el contenido de los Planes Anuales de Adquisiciones y Con- trataciones de las Entidades del Sector Público; Que, conforme a lo dispuesto por la norma menciona- da, la Unidad de Logística de la Municipalidad de Ciene- guilla ha elaborado el Plan Anual de Adquisiciones y Con-trataciones de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla co- rrespondiente al año 2004; Que, conforme lo estipula el punto VI - 3. de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE, es necesario aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Munici- palidad Distrital de Cieneguilla, correspondiente al año 2004; Con el Visto Bueno de la Gerencia Municipal y en uso de las atribuciones conferidas al Alcalde por la Ley Orgáni- ca de Municipalidades - Ley Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla correspondiente al año 2004. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución y su publicación en el Diario Oficial El Peruano, a la Gerencia Municipal, Subgerencia de Desa-rrollo Urbano y Unidad de Logística. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MANUEL SCHWARTZ R. Alcalde 01801 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 037-2004 Mediante Oficio Nº 013-2004-MDLM-SG, la Municipa- lidad Distrital de La Molina solicita se publique Fe de Erra- tas de la Resolución de Alcaldía Nº 037-2004, publicadaen nuestra edición del día 25 de enero de 2004. En lo que correspondería al Segundo Artículo:DICE: "... Artículo Primero.- ..." DEBE DECIR:"... Artículo Segundo.- ..." 01725MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO-CHOSICA /G49/G6E/G63/G6C/G75/G79/G65/G6E/G20/G6E/G75/G65/G76/G6F/G73/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G67/G6F /G64/G65/G20/G64/G65/G75/G64/G61/G73/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G79/G20/G6E/G6F/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G63/G6F/G6E/G73/G69/G64/G65/G72/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G34/G35/G2D/G43/G44/G4C/G2D/G43/G48 ORDENANZA Nº 047-CDL-CH Chosica, 21 de enero del 2004 POR CUANTO:El Concejo Distrital de Lurigancho - Chosica, en Se- sión Ordinaria de la fecha; y, VISTO: El Dictamen Nº 003-04/CEPPI-MDLCH de la Comisión Permanente de Regidores de Economía, Planificación, Pre- supuesto e Informática sobre la inclusión de nuevos Bene-ficios para el pago de deudas tributarias y no tributarias considerados en la Ordenanza Nº 045-CDL-CH de fecha 2 de diciembre del 2003. CONSIDERANDO: Que, puesto a consideración del Concejo el Dictamen de vistos así como el Informe sustentatorio Nº 008-04/G- MDLCH de la Gerencia de Rentas, se expresó que a raízde los beneficios otorgados por la Ordenanza Nº 045-CDL- CH de fecha 2 de diciembre del 2003 se ha podido obser- var una gran acogida de parte de los contribuyentes deesta Comuna; a efectos de continuar brindando la posibili- dad de regularizar sus obligaciones tributarias y no tributa- rias con la Municipalidad Distrital de Lurigancho - Chosicaa quienes hayan estado imposibilitados económicamente y por otros aspectos a gozar de tales beneficios en ese sentido, por ello es que se ha explicado al Concejo la nece-sidad de ampliar, incluir y modificar nuevos beneficios para el pago de deudas tributarias y no tributarias consideradas en la Ordenanza Nº 045-CDL-CH, por haberse identificadoun significativo número de contribuyentes que podrían aco- gerse a este conjunto de beneficios, teniendo como fecha límite el 16 de febrero del 2004, con posibilidad de ser am-pliado mediante Decreto de Alcaldía; Que, en ese sentido, estando a lo establecido por los artículos 191º y 192º, incisos 2) y 3) de la ConstituciónPolítica del Perú, concordantes con las normas III y IV del Título Preliminar y el artículo 41º del Código Tributario, la Ley Nº 27333 y la Ley Nº 27157; y en uso de las facultadesconferidas por la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalida- des, con la dispensa del trámite de aprobación del Acta, el Concejo aprobó por unanimidad la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE INCLUYE NUEVOS BENEFICIOS PARA EL PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS CONSIDERADAS EN LA ORDENANZA Nº 045-CDL-CH Artículo Primero.- Amplíese, inclúyase y modifíquese los Beneficios otorgados mediante la Ordenanza Nº 045-CDL-CH, su fecha 2 de diciembre del 2003, los siguientes Beneficios: A. Los propietarios o poseedores de los predios que hasta el 31 de diciembre no hayan regularizado su situa- ción tributaria, cuyos predios estén destinados a casa - habitación, siempre que no estén considerados en el artí-culo 3º de la Ordenanza Nº 045-CDL-CH, efectuarán un pago único al contado equivalente al 10% de la Multa Tribu- taria a efectos de regularizar su inscripción tributaria. B. Inclúyase en el artículo 5º de la Ordenanza Nº 045- CDL-CH las deudas generadas hasta el 31 de diciembre del año 2003 por concepto del servicio de agua, las cualespodrán ser canceladas sin intereses. C. Agréguese en el artículo 10º de la Ordenanza Nº 045-CDL-CH, que para los casos que el deudor tributariono pueda cumplir con el pago de la cuota inicial respectiva,